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Boletín Nº 229 del miércoles 29 de noviembre de 2023

AYUNTAMIENTOS

DE LANGREO

Anuncio. Extracto de la Resolución de 3 de noviembre de 2023, del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Langreo, por la que se convocan subvenciones al deporte adaptado o inclusivo.

BDNS (Identif.): 728736.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/728736).

Primero.—Beneficiarios:

Podrán concurrir a estas subvenciones aquellos clubs o entidades de todas las disciplinas deportivas excepto las pertenecientes a las de carreras de montaña y las referentes a cualquier otro ámbito que no sea deporte inclusivo o adaptado, ya que éstas disponen de subvenciones independientes para las mismas.

Segundo.—Objeto:

La subvención tiene por finalidad regular la concesión de subvenciones y ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a personas jurídicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, que otorgue el Área de Deportes en su ámbito competencial para el desarrollo de actividades y programas de interés general relativos a la práctica deportiva para el concejo de Langreo. Dichas ayudas y subvenciones se regirán por las presentes bases reguladoras y por las disposiciones que se determinen en cada convocatoria específica.

Tercero.—Bases reguladoras:

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la ordenanza reguladora del régimen general de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Langreo, publicada en el BOPA n.º 254 de 2 de noviembre 2016.

Cuarto.—Cuantía de la ayuda:

La partida presupuestaria a la que se imputa la subvención es la siguiente 34100/48916. La cuantía total máxima de la misma es de 1.500 € y su RC es 220230034522.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como anexo de la convocatoria. Se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles desde el día hábil siguiente al de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Sexto.—Otros datos:

Deberán acompañarse a la solicitud los documentos que constan en las bases reguladoras de la presente convocatoria de subvenciones:

El Ayuntamiento de Langreo y/o el Área de Deportes, podrá requerir la aportación de otra documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos para participar o complementaria de la información facilitada por los solicitantes para una mejor valoración de los proyectos.

En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso del derecho a no presentarlos, aportando una declaración en la que se deje constancia de que los datos recogidos en los documentos que obran en poder del Ayuntamiento en los últimos cinco años se mantienen vigentes, sin variación alguna e indicando asimismo la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o emitidos.

Langreo, a 3 de noviembre de 2023.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2023-10580.