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Boletín Nº 208 del lunes 30 de octubre de 2023

AUTORIDADES Y PERSONAL

CONSEJERÍA DE SALUD

Resolución de 17 de octubre de 2023, de la Consejería de Salud, por la que se convoca para su provisión, por el sistema de libre designación, el puesto de Secretario/a de Despacho de la Consejería de Salud.

Examinado el expediente para la provisión por el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Secretario/a de Despacho de la Consejería de Salud.

Antecedente de hecho

Encontrándose vacante un puesto de Secretario/a de Despacho de la Consejería de Salud (código GEPER 2652), configurado en la vigente relación de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración del Principado de Asturias, en los términos que se detallan en el anexo, y resultando necesario proceder a su inmediata provisión,

Fundamentos de derecho

Primero.—El artículo 65 de la Ley 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público señala la libre designación con convocatoria pública como sistema de provisión de puestos de secretaría de alto cargo, atribuyendo el artículo 16 de la citada Ley 2/2023 a los Consejeros la competencia para la provisión, previa convocatoria pública, de los puestos de trabajo de libre designación.

Segundo.—Los artículos 3 y 21 del Decreto del Principado de Asturias 22/1993, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, Promoción Profesional y Promoción Interna de los Funcionarios del Principado de Asturias, son de aplicación supletoria.

A la vista de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que resultan de aplicación, por la presente,

RESUELVO

Primero.—Convocar para su provisión por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo de Secretario/a de Despacho de la Consejería de Salud, cuya configuración y funciones se describen en el anexo de la presente Resolución, de acuerdo con lo previsto en la vigente relación de puestos de trabajo.

Segundo.—Aprobar las siguientes reglas que han de regir la convocatoria, complementarias a lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público, y en el Decreto del Principado de Asturias 22/1993, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, Promoción Profesional y Promoción Interna de los Funcionarios del Principado de Asturias:

1.º Podrán formular solicitudes quienes se hallen vinculados, como funcionarios de carrera o personal estatutario fijo, a la Administración del Principado de Asturias, así como funcionarios de otras administraciones con garantía de permanencia en esta Administración y pertenezcan a los Grupos de adscripción del puesto de trabajo de que se trata.

2.º. Las instancias se dirigirán a la Ilma. Sra. Consejera de Salud, y habrán de presentarse en el Registro de la citada Consejería o en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo de los veinte días hábiles siguientes al de la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de la presente resolución, haciendo constar en la misma los datos personales del solicitante, la plaza de la que sean titulares en la Administración del Principado de Asturias, destino actual del solicitante y el puesto al que opta.

3.º A la instancia, los interesados/as deberán adjuntar certificación acreditativa de su pertenencia a la Administración del Principado de Asturias o, en su caso, Administración correspondiente, y plaza de la que sean titulares, así como el currículum vítae, en el que se harán constar cuantos méritos consideren oportunos a los fines de la convocatoria, y en particular, el título o títulos académicos que posean, los puestos de trabajo que hayan desempeñado con anterioridad, tanto en la Administración del Principado, como en otras Administraciones Públicas, y, en su caso, en empresas privadas, y los demás estudios o cursos de formación y perfeccionamiento realizados, con especial atención a los relacionados con el puesto a desempeñar.

Los méritos que se aleguen deberán ser justificados documentalmente para su toma en consideración.

Tercero.—En lo no previsto por la presente convocatoria se estará a lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público, en el Decreto 22/1993, de 29 de abril, y demás normas de aplicación.

Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en los términos que prevé el artículo 8.2 a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, todo ello sin perjuicio de la posibilidad de la previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los/as interesados/as puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Oviedo, 17 de octubre de 2023.—La Consejera de Salud, María Concepción Saavedra Rielo.—Cód. 2023-09451.

Anexo

Denominación del puesto: Secretario/a de Despacho Consejería de Salud (CG 2652)

Nivel complemento de destino: 18.

Complemento específico: C.

Tipo puesto: Singularizado.

Forma de provisión: Libre designación.

Adscripción: A1 (Administración del Principado de Asturias y funcionarios de carrera de otras AAPP con garantía de permanencia).

Cuerpo/Escala: EE01 (Personal funcionario de carrera de los Cuerpos Generales o personal estatutario fijo de las Categorías Generales de la Función Administrativa).

Grupos: C1/C2.

Concejo de destino: ES/33/044 (Oviedo).

Funciones: Realizar tareas de secretaría y asistencia al órgano administrativo en el ejercicio de sus funciones.