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Boletín Nº 124 del jueves 29 de junio de 2023

AYUNTAMIENTOS

DE CANGAS DE ONÍS

Anuncio. Modificación del Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2023.

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Con fecha 22 de junio de 2023 se ha dictado la siguiente resolución n.º 1150/2023:

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al objeto de mejorar la eficacia del otorgamiento de subvenciones, establece la necesidad de elaborar un plan estratégico de subvenciones que introduzca una conexión entre los objetivos y efectos que se pretenden obtener, con los costes previsibles y sus fuentes de financiación, al objeto de adecuar las necesidades públicas a cubrir a través de las subvenciones, con las previsiones de recursos disponibles, con carácter previo a su nacimiento.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, introdujo una obligación novedosa para los órganos de las Administraciones Públicas y cualesquiera entes públicos responsables de la gestión de subvenciones: elaborar un plan estratégico de subvenciones, en el que deben concretarse los objetivos y efectos pretendidos con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, sujetándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

El plan deberá confeccionarse con carácter previo a cualquier propuesta de otorgamiento de subvenciones y las propuestas que se planteen deberán estar recogidas en el Plan Estratégico de subvenciones municipales.

Uno de los principios que rige la Ley es el de transparencia que, junto con la variedad de instrumentos que se articulan en la Ley, redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional. En este sentido, una mayor información acerca de las subvenciones hará posible eliminar las distorsiones e interferencias que pudieran afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento. Para mejorar la eficacia, se prevé en la legislación que se proceda a elaborar un Plan Estratégico de Subvenciones, de carácter anual y con carácter previo al establecimiento de las subvenciones.

Por todo ello, el Ayuntamiento de Cangas de Onís aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2020-2023, estructurado en un único anexo, ya que sólo están previstas líneas de subvención nominativas.

El Plan ha sido aprobado por resolución de Alcaldía n.º 1011, de fecha 21 de agosto de 2020, y publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 175, de fecha 9 de septiembre de 2020.

Mediante resolución de Alcaldía n.º 1121, de fecha 28 de junio de 2021 (BOPA n.º 131, de fecha 8 de julio de 2021) se modifica el Plan Estratégico de subvenciones para el período 2020-2023 y se rectifica por resolución de Alcaldía n.º 1931, de fecha 2 de noviembre de 2021 (BOPA n.º 215, de fecha 9 de noviembre de 2021), para su adaptación a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Dado su carácter programático, una vez efectuadas las tareas de seguimiento y evaluación previstos en cada uno de los programas en que se desarrolla, si se pusieran de manifiesto la ineficacia o la desviación de alguno de ellos con respecto a los objetivos previstos, ese programa deberá ser modificado o en su defecto eliminado. Igualmente deberá ser modificado, en atención a circunstancias sociales, humanitarias, económicas o de interés público que haga necesario introducir nuevas líneas y programas de subvención. La modificación deberá hacerse por medio de las modificaciones presupuestarias necesarias.

Se hace necesario modificar el Plan Estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Cangas de Onís, correspondiente al período 2020-2023, ya que es necesario adaptar las subvenciones a las actuaciones y objetivos a realizar por los beneficiarios.

Que las modificaciones propuestas, han sido incluidas en el presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Cangas de Onís correspondiente al año 2022, aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria de 30 de mayo de 2022 y prorrogado para el año 2023.

Modificaciones del Plan Estratégico:

— La subvención del Club de Atletismo de Cangas de Onís, para la realización de la Media Maratón Ruta de la Reconquista, con un importe de 4.000 € pasa a tener un importe de 7.000 €.

— La subvención de Cangas de Onís Motor Club para la realización del Rallye de Cangas de Onís, con un importe de 5.000,00 €, pasa a tener un importe de 7.000,00 €.

— La subvención Amigos Radio Cangas, con un importe de 2.000 €, se suprime.

— La subvención del Club de Atletismo de Cangas de Onís, para la realización de la San Silvestre, con un importe de 600 €, se suprime.

El anexo al Plan Estratégico, una vez tenidas en cuenta las modificaciones, es el siguiente:

Anexo

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El órgano competente para la modificación del Plan Estratégico de subvenciones es el Alcalde, dado que se trata de un instrumento de planificación estratégica de la actividad subvencinal o de fomento, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 21.1 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Visto el informe favorable de fiscalización, emitido por los Servicios Económicos Municipales.

Visto lo anterior y en virtud de las competencias y en virtud de cuantas atribuciones me confiere la legislación vigente, la Alcaldía-Presidencia,

RESUELVO

Primero.—Aprobar la modificación del Plan Estratégico de subvenciones para el período 2020/2023 del Ayuntamiento de Cangas de Onís, de conformidad con el anexo incorporado en la presente propuesta de resolución.

Segundo.—Ordenar la publicación de la modificación del Plan Estratégico en el BOPA y en la página web municipal.

Tercero.—Dar traslado a los servicios económicos, así como al Departamento de Subvenciones.

Cuarto.—Incluir el presente decreto en el Libro Oficial de Resoluciones.

Quinto.—Dar cuenta al Pleno de la Corporación de la Resolución en la primera sesión ordinaria que se celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

De todo lo cual, la Secretaria General Municipal toma razón, a los efectos de su incorporación al Libro de Resoluciones en aras de garantizar su integridad y autenticidad en los términos dispuestos en el artículo 3.2 del Real Decreto 128/2018.

En Cangas de Onís, a 23 de junio de 2023.—El Alcalde.—Cód. 2023-05652.