AYUNTAMIENTOS
DE AVILÉS
Anuncio. Extracto de la Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Concejalía Delegada de Formación, Empleo y Vivienda, por la que se convocan ayudas a la contratación de personas desempleadas de Avilés.
BDNS (Identif.): 694922.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/694922).
Primera.—Beneficiarios
Podrán adquirir la condición de beneficiarias las empresas, trabajadoras y trabajadores autónomos y entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
Segunda.—Objeto
Serán objeto de subvención las contrataciones realizadas en el mercado ordinario a personas empadronadas en el municipio de Avilés durante los 12 meses anteriores y que durante el mes anterior a la fecha de alta, carecieran de ocupación laboral. Las contrataciones deberán celebrarse entre el 1 de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023 con una duración mínima de seis meses y deberán suponer incremento en la plantilla de la empresa respecto a los cuatro meses previos.
Tercera.—Bases reguladoras
La presente convocatoria y las cláusulas que la regulan se publicarán en el tablón de edictos municipal accesible desde la sede electrónica del Ayuntamiento de Avilés.
Cuarta.—Cuantía
La cuantía máxima a conceder a cada beneficiario no podrá superar el coste salarial de un único trabajador por empresa correspondiente a dos meses (salario bruto, cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa y prorrata de pagas extras) con los siguientes topes mensuales para cada categoría profesional. El importe de la subvención se corresponde con contratos formalizados a jornada laboral completa.
Grupo cotización | Categorías | Cuantía máxima |
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1 | Ingenierías, Licenciaturas, Máster Universitario | 3000 |
2 | Ingenierías técnicas, Ayudantes titulados, Grados | 2500 |
3, 4 y 5 | Ayudantes no titulados, Administrativos | 2000 |
6 y 7 | Subalternos, Auxiliares administrativos | 1500 |
8 y 9 | Oficialías | 1250 |
10 | Peonaje | 1000 |
Quinta.—Plazo
Las solicitudes, y las justificaciones del cumplimiento de los requisitos una vez finalizado el período subvencionado (seis meses), deberán presentarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Avilés.
1. Plazo para la solicitud de la ayuda: desde el día siguiente a la publicación en BOPA y hasta el 14 de octubre de 2023.
2. Plazo para la justificación de la ayuda: 60 días naturales siguientes a la finalización de los seis meses de contratación subvencionados.
Sexta.—Criterios de valoración
Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva, con el límite del crédito disponible en la convocatoria, de manera que si dicho crédito no permitiera la concesión de subvenciones por los importes máximos previstos en la misma, se establece como criterio de prelación las puntuaciones obtenidas de la evaluación de acuerdo con criterios objetivos que se establecen a continuación:
1. Tamaño de la empresa:
— Más de 50 trabajadores: 10 puntos.
— Entre 10 y 50 trabajadores: 20 puntos.
— Menos de 10 trabajadores: 30 puntos.
2. Jornada laboral:
— Parcial: 10 puntos.
— Completa: 40 puntos.
3. Colectivo:
— Mayores de 55 años: 10 puntos.
— Desempleo de larga duración: 20 puntos.
— Itinerario de orientación laboral con el Ayuntamiento de Avilés: 30 puntos.
Avilés, a 10 de mayo de 2023.—El Concejal Delegado de Formación, Empleo y Vivienda.—Cód. 2023-04265.