AYUNTAMIENTOS
DE GIJÓN
Anuncio. Extracto del Acuerdo de 10 de mayo de 2023, de la Junta Rectora de la Fundación Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para entidades sin ánimo de lucro durante el año 2023.
BDNS (Identif.): 694323.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/694323).
Primero.—Beneficiarios.
Asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro del concejo de Gijón/Xixón con personalidad jurídica propia.
Segundo.—Objeto de la convocatoria.
La concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos y actividades de carácter social y de interés general en el municipio de Gijón/Xixón durante el año 2023, en los términos señalados en el anexo específico correspondiente a cada una de las distintas líneas de subvenciones que se convocan:
Línea 1: “Subvenciones para asociaciones sociales y sociosanitarias, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro de carácter social y sociosanitario” y
Línea 2: “Subvenciones para asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro de personas mayores, para el desarrollo de proyectos dirigidos al colectivo de personas mayores”.
Tercero.—Bases reguladoras.
Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 40, de 28 de febrero de 2023).
Cuarto.—Cuantía.
La cuantía máxima de la convocatoria para el año 2023, es de 255.000,00 €, de los cuales 200.000,00 € se encuentran destinados a la línea 1: “Subvenciones para asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro de carácter social y sociosanitario” y 55.000,00 € a la línea 2: “Subvenciones para asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro de personas mayores para el desarrollo de proyectos dirigidos al colectivo de personas mayores”. La subvención consistirá en una ayuda económica para financiar los gastos del proyecto seleccionado, que en ningún caso superará los 9.000,00 € para la línea 1 y los 3.500,00 € para la línea 2, sin que pueda solicitarse un mayor importe. No obstante, si una vez concedidas las subvenciones de la línea 2 de la presente convocatoria, restase parte de la consignación presupuestaria aprobada para dicha línea 2, se podrá aumentar en dicha parte sobrante de la línea 2, el crédito aprobado para la línea 1 de subvenciones, previa la correspondiente modificación presupuestaria.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (artículo 30 de la LPACAP). La solicitud, conforme al modelo anexo I, y el resto de la documentación según los modelos adjuntos a la presente convocatoria, deberán presentarse, de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la LPACAP y en el anexo específico 3: Relaciones por medios electrónicos, electrónicamente, a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Gijón/Xixón:
(www.gijon.es/registroelectronico).
Gijón, 10 de mayo de 2023.—La Junta Rectora de la Fundación Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.—Cód. 2023-04186.