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Boletín Nº 94 del jueves 18 de mayo de 2023

OTRAS DISPOSICIONES

UNIVERSIDAD DE OVIEDO

Convenio de colaboración entre la Universidad de Oviedo y el Ayuntamiento de Valdés para el desarrollo de un proyecto de innovación docente e investigación científica en el Bosque Jardín de la Fonte Baxa.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO Y EL AYUNTAMIENTO DE VALDÉS PARA EL DESARROLLO DE UN PROYECTO DE INNOVACIÓN DOCENTE E INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA EN EL BOSQUE JARDÍN DE LA FONTE BAXA

Reunidos

De una parte, el Sr. D. Ignacio Villaverde Menéndez, Rector Magnífico de la Universidad de Oviedo en virtud del Decreto 10/2021, de 6 de febrero, de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad del Principado de Asturias, por el que se dispone su nombramiento, y con las atribuciones que le confiere el artículo 60, l de los Estatutos de la Universidad de Oviedo, aprobados por Decreto 12/2010, de 3 de febrero, del Principado de Asturias.

Y de otra, el Sr. D. Óscar Pérez Suárez, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Valdés, en virtud de las facultades de representación que le confiere el artículo 21.1.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Intervienen como tales y en la representación que ostentan, reconociéndose la capacidad legal necesaria para suscribir el presente Convenio.

Exponen

I.—Que la Universidad de Oviedo es una institución de derecho público, con personalidad y capacidad jurídica plenas y patrimonio propio, que asume y desarrolla sus funciones como servicio público de la educación superior y la investigación científica y técnica en régimen de autonomía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.10 de la Constitución.

Que el Ayuntamiento de Valdés es consciente de la importancia de promover actividades educativas y de investigación científica en colaboración con la institución de educación superior antedicha que reviertan en el desarrollo social, cultural y económico de Valdés y de Asturias.

II.—Que es de interés para ambas partes suscribir el presente convenio, que tiene como objeto establecer un marco de cooperación eficaz que permita impulsar nuevas líneas de colaboración conjuntas en proyectos educativos y proyectos de investigación e innovación destinados a trasladar a la sociedad la necesidad del rigor en la ciencia como motor de avance en un contexto de cambio medio-ambiental global.

En consecuencia, habiéndose cumplido los trámites preceptivos, ambas partes acuerdan celebrar el presente Convenio de Colaboración que se regirá por las siguientes cláusulas:

Cláusulas

Primera.—Objeto del Convenio

El objeto de este Convenio es crear e impulsar un “laboratorio vivo” de Ecología y Ciencias Medio-Ambientales en el Bosque Jardín de la Fonte Baxa, concebido como una estación experimental de campo, donde se promoverán y organizarán actividades educativas y de ciencia ciudadana.

Segunda.—Finalidad

La finalidad de esta iniciativa es poner a disposición de docentes, alumnos y sociedad en general un microcosmos de ecosistemas donde se puedan realizar estudios de evaluación de la biodiversidad, los mecanismos que la generan y los servicios ecosistémicos que proporciona a la sociedad. A través del contacto directo con los sistemas naturales y de la aplicación del método científico reflejado en los diseños experimentales y la toma y el análisis de datos empíricos, se pretende mejorar la calidad e innovación de la docencia práctica de las ciencias naturales a distintos niveles educativos (Educación Primaria, Secundaria, Bachillerato y Universidad) y acercar la investigación científica de la naturaleza a la sociedad local y a los visitantes del espacio mediante acciones de ciencia ciudadana.

Tercera.—Compromisos que asumirán las partes con detalle del régimen de financiación en su caso

El Ayuntamiento de Valdés, como gestor público del Bosque Jardín de la Fonte Baxa donde se construirá la estación experimental, se compromete a:

a) Ceder el uso de la parcela donde se desarrollarán las actividades anteriormente descritas.

b) Apoyar al equipo de la Universidad de Oviedo en las tareas de ejecución de los diseños experimentales.

c) Realizar tareas de mantenimiento de la parcela en el entorno de los experimentos.

d) Promover interacciones entre distintos niveles educativos y acciones de ciencia ciudadana entre los visitantes del espacio.

La Universidad de Oviedo por su parte se compromete a:

a) Prestar recursos humanos para desarrollar conceptualmente la estación experimental, así como para afrontar las tareas de ejecución, adaptación y mantenimiento de los diseños experimentales.

b) Realizar un seguimiento periódico de los experimentos.

c) Facilitar el uso de material de prácticas específico.

d) Plantear actividades educativas y de ciencia ciudadana para desarrollar en el espacio a través de acciones de distintas estrategias didácticas, tales como acciones de aprendizaje – servicio.

El Convenio no lleva asociado un régimen específico de financiación.

Cuarta.—Comisión de Seguimiento

Para el seguimiento del Convenio y la resolución de posibles controversias se establece una comisión paritaria, compuesta por 2 representantes de cada una de las partes concertantes: el Vicerrector de Investigación o persona en quien delegue (que actuará como Presidente), un Profesor/a permanente de la Universidad de Oviedo (investigador/a principal de la propuesta), el Alcalde de Valdés o persona en quien delegue y un representante del Ayuntamiento de Valdés nombrado por el Pleno del Ayuntamiento.

Quinta.—Plazo de vigencia, prórrogas y formas de extinción

1.—El presente convenio tendrá una vigencia no superior a 4 años y entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, para general conocimiento.

En cualquier momento antes de la finalización de su plazo de vigencia, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta 4 años adicionales o su extinción.

2.—El convenio se resolverá, además de, por la finalización del período estipulado para su vigencia, por acuerdo unánime de las partes, incumplimiento de cualquiera de las partes o por denuncia de alguna de ellas, que deberá ser comunicada con un preaviso de tres meses. En el caso de resolución anticipada, las acciones ya iniciadas deberán continuar hasta su total finalización.

Sexta.—Carácter administrativo

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, considerándose excluido del ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley 9/2017, de 8 noviembre.

Las controversias sobre la interpretación y ejecución del mismo que no puedan ser resueltas por la comisión de seguimiento, se sustanciarán ante la Jurisdicción contencioso administrativa.

Y en prueba de conformidad, ambas partes lo firman

Por la Universidad de Oviedo,

Por el Ayuntamiento de Valdés,

Fdo. D. Ignacio Villaverde Menéndez

D. Oscar Perez Suárez

Oviedo, 10 de abril de 2023.—El Rector de la Universidad de Oviedo.—El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valdés.—Cód. 2023-04054.