AYUNTAMIENTOS
DE GIJÓN
Anuncio. Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno de 28 de marzo de 2023 del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, por el que se aprueba la convocatoria y bases específicas de las ayudas “Ampliación de mercados 2023”.
BDNS (Identif.): 684557.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/684557).
Beneficiarios/as
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas, con domicilio social, domicilio fiscal y centro de trabajo ubicado en el municipio de Gijón/Xixón.
Finalidad:
La finalidad de estas bases específicas es incentivar la realización de actuaciones, por parte de empresas del municipio de Gijón, tendentes a la apertura de nuevos mercados o a la mejora de la comercialización de sus productos o servicios, participando como expositores con stand propio o como visitantes, en ferias comerciales, congresos y otros encuentros/eventos especializados que tengan carácter internacional y que contribuyan a la apertura de nuevos mercados, dar a conocer los productos y/o servicios de estas empresas del municipio de Gijón, con especial atención a aquellas enmarcadas dentro de cualquiera de los siguientes proyectos estratégicos: Ecosistema Milla del Conocimiento, Gijón Creativo, Gijón Sostenible y Gijón Azul, así como la modernización de los siguientes sectores: Industria, Comercio, Construcción, Agropecuario, Transporte y Turismo.
Se considerará que la repercusión de la feria tiene carácter internacional si se trata de ferias que se celebren fuera del territorio español o si se celebran en España, tienen reconocido oficialmente su carácter internacional por estar incluidas en el Calendario Oficial de Ferias Comerciales Internacionales que la Secretaría de Estado de Comercio publica cada año (BOE n.º 312, de 29 de diciembre de 2022), sin perjuicio de otras ferias, que no estando comprendidas en el listado oficial, así lo determine la propia Promoción Empresarial y Turística de Gijón, S. A., por su inequívoco carácter internacional, ya sea mediante la participación de expositores internacionales, visitantes procedentes de distintos países, patrocinadores a nivel internacional, y que así quede reflejado en la memoria descriptiva de la ayuda. Asimismo, tendrán carácter internacional las ferias incluidas en la lista de la Coordinadora de Artes Escénicas del Estado Español (https://www.cofae.net/es/ferias.html).
Bases reguladoras:
Acuerdo de Junta de Gobierno de 28 de marzo de 2023 del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.
Convocatoria y bases específicas “Ampliación de Mercados 2023”.
Requisitos de los beneficiarios/as:
Los beneficiarios de la ayuda deberán cumplir los siguientes requisitos:
— Plantilla media anual inferior o igual a 50 empleados.
— Volumen de negocios anual inferior o igual a 2 millones de euros.
— Antigüedad de la empresa inferior o igual a 10 años.
El requisito de antigüedad de la empresa inferior o igual a 10 años no será exigible para aquellas empresas que estén enmarcadas dentro de los siguientes proyectos estratégicos: Ecosistema Milla del Conocimiento-Margarita Salas, Gijón Creativo, Gijón Sostenible y Gijón Azul.
Tampoco será exigible este requisito de antigüedad para las empresas que tengan una plantilla media anual inferior o igual a 50 trabajadores/as y un volumen de negocios anual inferior o igual a 2 millones de euros, cuya actividad se enmarque en la modernización de los siguientes sectores: Industria, Comercio, Construcción, Agropecuario, Transporte y Turismo.
Ámbito temporal.
Las ferias comerciales, congresos u otros encuentros/eventos especializados de carácter internacional para los que se solicite la ayuda al amparo de la presente convocatoria deberán haber sido desarrollados entre el 1 de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023.
Plazo de presentación de las solicitudes.
Se establecen dos plazos de presentación de las solicitudes, de la forma siguiente:
Primer plazo de solicitud:
20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases especificas reguladoras en el BOPA, para aquellas ferias, congresos o eventos/encuentros especializados de carácter internacional desarrollados entre el 1 de octubre de 2022 y el 31 de marzo de 2023.
Segundo plazo de solicitud:
Del 2 al 23 de octubre de 2023, para aquellas ferias, congresos o eventos/encuentros especializados de carácter internacional desarrollados entre el 1 de abril de 2023 y el 30 de septiembre de 2023.
Baremo y cuantía de las subvenciones.
Los proyectos presentados deberán alcanzar una puntuación mínima de 50 puntos para acceder a la ayuda, en función de los criterios de valoración establecidos en las bases específicas.
Las subvenciones concedidas con arreglo a las bases específicas, no superarán la cuantía máxima de 6.000,00 €/Convocatoria:
— La cuantía máxima de la ayuda ascenderá a 2.000,00 € por cada beneficiario que participe en la feria, congreso o evento/encuentro especializado como expositor con stand propio, para todos aquellos proyectos que obtengan la puntuación mínima requerida y cuyo presupuesto por feria, congreso o evento/encuentro especializado sea como mínimo igual o superior a dicho importe. En el caso de que la actividad del beneficiario, además, se encuentre enmarcada en cualquiera de los proyectos estratégicos y/o modernización de sectores este importe ascenderá a 3.000,00 €.
— La cuantía máxima de la ayuda ascenderá a 750,00 € por cada beneficiario que asista a la feria, congreso o evento/encuentro especializado en calidad de visitante, para todos aquellos proyectos que obtengan la puntuación mínima requerida y cuyo presupuesto por feria, congreso o encuentro/evento sea como mínimo igual o superior a dicho importe, e independientemente de que pertenezca a alguno de los proyectos/sectores estratégicos.
Solicitud y documentación a aportar.
La solicitud de la ayuda se formulará conforme al modelo oficial de solicitud y se acompañará de los documentos especificados en el mismo. Los modelos y anexos están disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento de Gijón/Xixón. Se acompañará de los siguientes anexos:
Anexo I. Datos del proyecto.
Anexo II. Presupuesto.
Gijón, 28 de marzo de 2023.—La Concejalía Secretaria de la Junta de Gobierno Local.—Cód. 2023-02615.