OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LLINGÜÍSTICA Y TURISMO
Extracto de la Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se aprueba la convocatoria de la 29.ª edición del premio «Xuan M.ª Acebal» de poesía en lengua asturiana.
BDNS (Identif.): 680669.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/680669).
Primero.—Beneficiarios:
Podrá presentarse a este premio cualquier persona, sin distinción de nacionalidad, siempre que no haya resultado ganadora en la anterior edición.
Segundo.—Objeto:
Concesión del premio a un poemario escrito en lengua asturiana de tema y estructura libres que tenga una extensión mínima de quinientos versos, sea inédito y no haya sido premiado en otros concursos.
Tercero.—Bases reguladoras:
Resolución de 5 de marzo de 2009, de la Consejería de Cultura y Turismo (BOPA de 27 de marzo de 2009), por la que se aprueban las bases reguladoras del premio “Xuan M.ª Acebal” de poesía en lengua asturiana, modificada por Resolución de 23 de julio de 2015, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte (BOPA de 30 de julio de 2015).
Cuarto.—Importe:
6.000,00 euros.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:
Treinta días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Sexto.—Otros datos de interés:
Las obras se presentarán en dos sobres cerrados en cuyo anverso se escribirá el nombre del premio y se hará constar el título de la obra y el seudónimo de quien ostente la autoría de la obra.
El sobre A contendrá datos e identificación del autor/a (fotocopia del DNI, dirección, teléfono, correo electrónico, breve currículum) y declaración responsable relativa a los siguientes extremos: hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social; no ser deudor/a de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles, subvenciones solicitadas, así como las concedidas con la misma finalidad y si se ha procedido a la justificación de subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad por la Comunidad Autónoma, así como a no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a, previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
En el sobre B se incluirá el original en formato digital y cinco copias del texto en formato papel:
— La Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo se reserva el derecho de publicar en exclusiva la primera edición de la obra premiada, dando por retribuidos con el premio los derechos de autor de esta primera edición.
— En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) puede consultarse el formulario con código de trámite SITE PREM0011T02, en el que se encontrará el texto íntegro de la resolución e información complementaria.
En Oviedo/Uviéu, a 7 de marzo de 2023.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Turismo.—Berta Piñán Suárez.—Cód. 2023-02025.