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Boletín Nº 38 del viernes 24 de febrero de 2023

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

Resolución de 8 de febrero de 2023, de la Consejería de Educación, por la que se nombra el órgano técnico de valoración previsto en la Resolución de 16 de diciembre de 2020, de la Consejería de Educación, por la que se convoca procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de Catedráticos a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Antecedentes de hecho

Primero.—De conformidad con las bases de la Resolución de 16 de diciembre de 2020, de la Consejería de Educación, por la que se convoca procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de Catedráticos a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOPA de 29-XII-2020), se dictó la Resolución de 15 de febrero de 2021, de la Consejería de Educación, por la que se nombra el órgano técnico de valoración previsto en la mencionada Resolución de 16 de diciembre de 2020 (BOPA de 5-III-2021).

Segundo.—Los cambios producidos en la Consejería de Educación con motivo de concurso de traslados y otras circunstancias, hicieron necesario modificar la composición del órgano técnico nombrado por la Resolución de 16 de diciembre de 2021. Esta modificación se realizó mediante la Resolución de 22 de diciembre de 2021 (BOPA de 24-I-2022).

Tercero.—Debido a nuevos cambios producidos en la Consejería de Educación, motivados por ceses, nombramientos y jubilaciones, es necesario actualizar los componentes del repetido órgano técnico de valoración previsto en la resolución de convocatoria.

Fundamentos de derecho

Es competente para la resolución del presente expediente la persona titular de la Consejería de Educación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma y en el Decreto 82/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Educación, así como en el artículo 21.4 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo de Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.

En base a todo lo anteriormente expuesto,

RESUELVO

Primero.—Aprobar la composición del órgano técnico de valoración previsto en la Resolución de 16 de diciembre de 2020, de la Consejería de Educación, por la que se convoca procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de Catedráticos a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOPA de 29-XII-2020), del modo que se indica a continuación.

Presidente

Laura Santos Helguera, Jefa de Servicio

Vocales

Lucía López Menéndez, Inspectora de Educación

Manuel García Escobar, Inspector de Educación

José Manuel Zamora Santiago, Catedrático de Enseñanza Secundaria

Nieves González-Anleo Álvarez, Catedrática de Enseñanza Secundaria

María del Carmen Rodríguez Díez, Adjunta a Sección

Cristina Gallego Alonso, Auxiliar Administrativa

Secretaria

Paloma Fernández Rodríguez, Jefa de Sección

Segundo.—A los efectos de garantizar la objetividad y la imparcialidad en el funcionamiento del órgano técnico de valoración previsto en la Resolución de 16 de diciembre de 2020, así como la eficacia del proceso de selección, se concede un plazo de diez días hábiles, desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, para que las personas interesadas puedan alegar las causas de abstención y/o recusación previstas en el artículo 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector público.

Tercero.—La comisión de valoración tendrá su sede en la Consejería de Educación, sita en la plaza de España, 5, 33007, Oviedo.

Cuarto.—La comisión de valoración iniciará sus actividades para la valoración de los méritos aportados por los participantes a partir del 20 de febrero de 2023.

Quinto.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el portal educativo www.educastur.es y en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga la persona recurrente su domicilio o esté la sede del órgano autor del acto originario impugnado, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el titular de la Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Oviedo, a 8 de febrero de 2023.—La Consejera de Educación, Lydia Espina López.—Cód. 2023-01205.