AYUNTAMIENTOS
DE LANGREO
Anuncio. Extracto de la convocatoria de subvenciones 2022 a asociaciones de madres y padres. Programa Madrugadores.
BDNS (Identif.): 668386.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/668386).
Primero.—Beneficiarios
Podrán concurrir a esta convocatoria de subvenciones todas las Asociaciones de Madres y Padres (AMPAS) de los centros educativos del municipio de Langreo (Asturias).
Segundo.—Objeto
La presente convocatoria de subvención tiene por objeto conceder ayudas económicas a las Asociaciones de Madres y Padres (AMPAS) de los centros educativos del municipio de Langreo, para la puesta en marcha de programas y servicios de conciliación de la vida personal, laboral y familiar durante el período comprendido entre el 12 de septiembre y el 23 de junio del curso escolar 2022-2023.
Tercero.—Bases Reguladoras
Las bases reguladoras específicas de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza Reguladora del Régimen de Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Langreo, publicada en el BOPA n.º 254, de 2 de noviembre de 2016.
Cuarto.—Cuantía de la ayuda
Retención de crédito por importe de 25.000,00 €, con número 220220047095, en el que se señala que la ejecución de las referidas subvenciones podrá aplicarse a la partida 231.40-48902 del vigente presupuesto del Ayuntamiento de Langreo.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como anexo de la convocatoria. Se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Langreo y se presentarán en el Registro del Ayuntamiento o por cualquier otro de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente hábil a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPA.
Sexto.—Otros datos
A la solicitud deberán acompañarse los documentos siguientes:
— Fotocopia del NIF
— Documentos que acrediten la personalidad de la entidad solicitante y, en su caso, la representación de quien firme la solicitud (copia de la Escritura de constitución o modificación, copia del acta fundacional y Estatutos, copia del DNI, CIF de la entidad etc.).
— Declaración responsable de que no concurre ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
— Programa detallado de la actividad a realizar y para la cual se solicita la subvención.
— Presupuesto total debidamente desglosado en el que figure el coste de la actividad propuesta y las fuentes de financiación. Para la adquisición de material deberá aportarse presupuesto detallado de las empresas suministradoras.
— Certificado expedido por la Secretaría de la AMPA, acreditativa del Acuerdo adoptado para la presentación de la solicitud de subvención.
— Fichero de acreedores.
— Declaración de otras subvenciones o ayudadas solicitadas o concedidas para la financiación del programa o actividad o en su caso declaración negativa de no percibirlas.
En el supuesto de que los documentos exigidos ya obren en poder del Ayuntamiento, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde su presentación, la asociación podrá hacer uso de su derecho a no presentarlos, aportando una declaración en la que se deje constancia de que los datos recogidos en los documentos que obran en poder del Ayuntamiento en los últimos cinco años, se mantienen vigentes sin variación alguna indicando asimismo la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o emitidos.
Langreo, a 15 de diciembre de 2022.—La Alcaldesa.—Cód. 2023-00012.