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Boletín Nº 5 del martes 10 de enero de 2023

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y COHESIÓN TERRITORIAL

Extracto de la Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se aprueba, por gasto anticipado, la convocatoria plurianual 2023 de ayudas de los Grupos de Acción Local para el desarrollo de las operaciones previstas en sus Estrategias de Desarrollo Rural Participativo (FEADER, PDR 2014-2020 Principado de Asturias), dirigida a empresas privadas y particulares.

BDNS (Identif.): 668551.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/668551).

Primero.—Beneficiarios.

Con carácter general tendrá la consideración de beneficiario de la ayuda, la persona física o jurídica destinataria de los fondos públicos que haya de realizar la actividad o proyecto que fundamentó su otorgamiento o que se encuentra en la situación que legitima su concesión, y que cumpla los requisitos establecidos para cada una de las medidas y submedidas en la bases reguladoras rectoras de esta convocatoria.

En particular podrán ser beneficiarios de ayuda las personas, físicas o jurídicas, que cumplan lo establecido en la base quinta de las bases reguladoras, condicionado a las limitaciones de admisibilidad establecidas para las diferentes medidas en los correspondientes anexos de la convocatoria para cada Grupo de Acción Local.

Segundo.—Objeto.

El objeto de la presente convocatoria es regular las condiciones para la concesión en régimen de concurrencia competitiva durante el ejercicio de 2023, de las ayudas previstas en la Resolución de 19 de febrero de 2020 de la Consejería de Desarrollo Rural, Agroganadería y Pesca, por la que se aprueba el texto consolidado de las bases reguladoras de las ayudas recogidas en la Submedida M19.2 del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 (BOPA de 28 de febrero de 2020).

Las referidas ayudas están dirigidas a la financiación de operaciones llevadas a cabo por personas de carácter privado y desarrolladas en el ámbito de actuación, como colaboradores de la administración del Principado de Asturias, de los Grupos de Acción Local. Estas operaciones deben adecuarse a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo (EDLP), elaboradas por los Grupos de Acción Local y seleccionadas por Resolución de 5 de mayo de 2016 de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales.

Las medidas objeto de esta convocatoria son las incluidas en la categoría de Submedidas productivas descrita en el apartado 1 de la base cuarta y previstas en bases octava, novena, décima y undécima de las bases reguladoras. Son las siguientes:

— Ayudas a las inversiones en explotaciones agrícolas (Submedida M04.1).

— Ayudas a industrias agrarias (Submedida M04.2).

— Ayuda para el establecimiento de sistemas agroforestales (Submedida M08.2).

— Ayudas a la puesta en marcha de actividades no agrícolas en las zonas rurales (Submedida M06.2).

— Ayudas a las inversiones a la creación y desarrollo de actividades no agrícolas (Submedida M06.4).

Tercero.—Bases Reguladoras.

Las presentes ayudas públicas se regirán por lo dispuesto en la Resolución de 19 de febrero de 2020 de la Consejería de Desarrollo Rural, Agroganadería y Pesca, se aprueba el texto consolidado de las bases reguladoras de las ayudas recogidas en la Submedida M19.2 del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 (BOPA de 28 de febrero de 2020).

Cuarto.—Cuantía.

Para la concesión de las referidas ayudas se establecen los siguientes créditos presupuestarios, con carácter estimativo, distribuidos por Grupos de Acción Local:

Importes convocatoria

Grupo de acción local

Importe

GRUPO LOCAL DE ACCIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS MUNICIPIOS DEL ALTO NALÓN

1.006.300,00

ASOCIACIÓN CENTRO DE DESARROLLO ALTO NARCEA MUNIELLOS

1.215.100,00

ASOCIACIÓN GRUPO DE DESARROLLO RURAL DEL BAJO NALÓN

1.094.750,00

ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRADO DEL CENTRO DE ASTURIAS PERIURBANO (ADICAP)

651.050,00

GRUPO DE ACCIÓN LOCAL PARA EL DESARROLLO DE LA COMARCA DEL CAMÍN REAL DE LA MESA,

1.468.850,00

ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL INTEGRAL DE LA COMARCA DE LA SIDRA

1.142.600,00

ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL DE LA MONTAÑA CENTRAL DE ASTURIAS

1.497.850,00

ASOCIACIÓN CENTRO DE DESARROLLO NAVIA-PORCÍA

1.808.150,00

ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL INTEGRAL DEL ORIENTE DE ASTURIAS

1.860.350,00

CENTRO PARA EL DESARROLLO DE LA COMARCA DE OSCOS-EO

854.050,00

CENTRO PARA EL DESARROLLO DEL VALLE DEL ESE-ENTRECABOS

1.900.950,00

TOTAL

14.500.000,00

La ayuda se financiará en un 80% con cargo al Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural (FEADER), en un 14% con cargo al Principado de Asturias, y en un 6% con cargo a la Administración General del Estado.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.

Los interesados en la obtención de estas subvenciones deberán presentar su solicitud conforme al modelo establecido en el anexo V de las bases reguladoras rectoras de la presente convocatoria, a partir de la publicación en el BOPA del extracto de la presente convocatoria hasta 15 de febrero de 2023, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexto.—Otros Datos.

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0345T02 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto integro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud, solicitud de pago y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.

Principado de Asturias, a 30 de diciembre de 2022.—El Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial, Alejandro Jesús Calvo Rodríguez.—Cód. 2023-00006.