AUTORIDADES Y PERSONAL
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO
INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 'ADOLFO POSADA' (IAAP)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, por la que se aprueban las bases específicas del proceso selectivo para la provisión, por el turno de promoción interna, de 1 plaza de la categoría Profesor/a Instrumentista Principal (Contrabajo) de la Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias (OSPA), correspondiente a la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por el procedimiento de concurso-oposición (artículo 2.1 de la Ley 20/2021).
Por Acuerdo de 27 de mayo de 2022, del Consejo de Gobierno, se aprueba la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOPA 31/05/2022).
Por Resolución de 24 de noviembre de 2022 del Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos de personal funcionario y de personal laboral derivados de derivados del artículo 2.1 (concurso-oposición) de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobados en la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal (BOPA de 25/11/2022), en adelante, Resolución por la que se aprueban las bases generales.
En su virtud y de conformidad con la competencia atribuida en la Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, de segunda modificación de la Resolución de 3 de julio de 2020, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería así como la firma de resoluciones y actos administrativos (BOPA de 20/09/2021),
RESUELVO
Primero.—Aprobar las bases específicas de la convocatoria del proceso selectivo para la provisión de 1 plaza de la categoría Profesor/a Instrumentista Principal (Contrabajo) de la Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias (OSPA), correspondiente a la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por el procedimiento de concurso-oposición (art. 2.1 de la Ley 20/2021).
Segundo.—Abrir un plazo de presentación de solicitudes de 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
El modo de presentación de solicitudes se regula en la base quinta de la Resolución por la que se aprueban las bases generales.
BASES ESPECÍFICAS.
Primera.—Distribución de plazas.
1.1 La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de 1 plaza de la categoría de Profesor/a Instrumentista Principal (Contrabajo) de la OSPA, Grupo A, en turno de promoción interna, en régimen de personal laboral fijo.
Segunda.—Requisitos de participación.
2.1 Los aspirantes deberán poseer la condición de trabajador o trabajadora integrado en el vigente Convenio Colectivo de la OSPA, como personal laboral fijo y en activo, o en situación de reserva de puesto del ámbito del Convenio, con la categoría de Profesor/a Instrumentista en alguna de las secciones a las que se encuentran adscritas las plazas convocadas, y que reúna los requisitos exigidos y cuente con un mínimo de dos años de antigüedad en el puesto de trabajo, de conformidad con lo establecido en el mencionado convenio.
Tercera.—Estructura de la fase de oposición.
3.1 La fase de oposición estará integrada por una única prueba que tendrá carácter obligatorio y eliminatorio.
3.2 Los aspirantes deberán tocar con cuerdas de orquesta todo el programa (conciertos, extractos y solos).
3.3 La prueba consistirá en la lectura de pasajes de solo y pasajes de orquesta, a petición del tribunal, de entre la lista que se indica en el programa anexo I.
El Tribunal podrá dar por finalizada la interpretación de cualquiera de las partes o de alguno de sus fragmentos, cuando estime que cuenta con suficientes elementos de juicio para establecer la calificación del aspirante. De igual forma, en todas las partes, el Tribunal podrá solicitar al aspirante la interpretación a primera vista de un fragmento musical que se entregará en el momento, cuando lo considere necesario para establecer la puntuación de las mismas.
En caso de necesitar acompañamiento musical, cada aspirante podrá traer su propio pianista si así lo desea, o solicitar pianista acompañante, para lo cual deberá presentar junto con la solicitud las partituras de acompañamiento.
Todos los aspirantes deberán ir provistos del instrumento necesario para la realización de la prueba, quedando la Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias eximida de toda responsabilidad con respecto al mismo.
El instrumento con el que se incorporarán a la orquesta será el mismo utilizado en las pruebas u otro de calidad superior.
El Tribunal velará y pondrá los medios adecuados para que en el desarrollo de la prueba quede garantizado el anonimato de los aspirantes.
3.4 Esta prueba se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario para superar la prueba obtener la mitad de la puntuación máxima posible.
A efectos de calificación de la prueba el tribunal valorará la interpretación de las obras realizada por cada aspirante, debiendo determinar, con carácter previo al inicio de la prueba, y dejando constancia en acta, los criterios de corrección para la valoración de la interpretación.
Las puntuaciones de los aspirantes en la prueba se obtendrán por la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal calificador. Cuando entre las puntuaciones extremas resultare una diferencia superior al 30% de la máxima puntuación posible, se excluirán una calificación parcial máxima y otra mínima, aplicándose la media de las restantes. Para estas pruebas, deberá constar en el expediente del Tribunal, la puntuación otorgada por cada miembro del Tribunal a cada aspirante por cada obra y pasaje ejecutado.
Cuarta.—Fase de concurso. Méritos específicos
Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso, en la que tan sólo participarán aquellos aspirantes que hubieran superado la fase anterior.
4.1. Méritos a valorar.
De conformidad con el artículo 51 del Convenio Colectivo de la OSPA, se valorarán los siguientes méritos, con referencia a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de la Resolución por la que se aprueban las bases generales:
A) Por antigüedad en la categoría desde la que concursa, hasta un máximo de 15 puntos, a razón de 1,5 puntos por cada año completo de servicios prestados.
B) Por estar en posesión de títulos o haber realizado actividades formativas, concertísticas, camerísticas, etc. hasta 35 puntos, distribuidos de la siguiente forma:
B.1) Por estar en posesión del título de grado superior o equivalente del instrumento objeto de la convocatoria:
7 puntos.
B.2) Hasta 14 puntos, por haber realizado o impartido actividades formativas, tales como: cursos de formación o perfeccionamiento, seminarios, mesas redondas o congresos, referentes a la especialidad o trabajo específico, cuando dichas actividades fueran desarrolladas bien por administraciones públicas u organismos públicos, por otros organismos que impartan acciones formativas con reconocimiento oficial, o acogidos a Planes de Formación Contínua para empleados públicos, a razón de 0,04 puntos por cada hora.
B.3) Por haber desarrollado actividad profesional en orquestas privadas, grupos de música antigua o de cámara, hasta un máximo de 14 puntos, a razón de 1,2 puntos por cada año completo de servicios prestados.
4.2 Los datos referentes a la antigüedad en la categoría desde la que se concursa, los solicitará el IAAP de oficio, a petición del Tribunal Calificador, a la Gerencia de la OSPA.
En el caso de la formación impartida por el IAAP, no será preciso aportar la documentación, debiendo el Tribunal recabar, en su momento, dicha información de oficio.
Los documentos acreditativos de los demás cursos de formación y, en su caso, demás méritos que se aleguen para la fase de concurso se aportarán en original o fotocopia compulsada o adverada, en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la última nota de la fase de oposición, acompañados de escrito dirigido al Tribunal de la convocatoria que se trata y de los datos personales de la persona interesada (existirá un modelo disponible en www.asturias.es/iaap apartado selección).
Sin perjuicio de su revisión de oficio, contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOPA, o bien demanda, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación, ante los Juzgados del Orden Social de conformidad con el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos.
En Oviedo, a 22 de diciembre de 2022.—El Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático.—P. D., la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada” (Resolución de 13/09/2021-BOPA 20/09/2021).—Cód. 2022-10672.
Bases específicas del proceso selectivo para la provisión, por el turno de promoción interna, de 1 plaza de la categoría Profesor Instrumentista Principal, Grupo A, en turno de promoción interna, en régimen de personal laboral fijo de la Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias (OEP Estabilización 2022)
Anexo I
Contrabajo – pasajes a solo y orquestales
Ed. Schott: Orchester Probespiel für Kontrabass/Test pieces for orchestral auditions
Solos:
— Verdi, Rigoletto, Acto I, n.º 3, Duetto, página 61 del Probespiel.
— Stravinsky, Pulcinella-Suite, Vivo, página 60 del Probespiel.
— Mahler, Sinfonía n.º 1 en re mayor: Feierlich und gemessen, página 58 del Probespiel.
Pasajes orquesta:
— Bach, Concierto para violín n.º 2, 2.º movimiento
— Beethoven, Sinfonía n.º 5 en do menor, op.67, 3er movimiento (páginas 12 y 13 del Probespiel).
— Mozart, Sinfonía n.º 40 en sol menor, KV 550, 1er y 4.º movimientos (páginas 22, 23 y 24 del Probespiel).
— Brahms, Sinfonía n.º 2 en re mayor, op.73, 4.º movimiento, página 15 del Probespiel.
— Strauss, don Juan, Allegro molto con brio. Páginas 36 y 37 del Probespiel.
— Smetana, La novia vendida, Obertura – Vivacissimo. Página 34 del Probespiel.
— Schubert, Sinfonía n.º 8 en do mayor, D. 944, IV. Allegro vivace. Páginas 32 y 33 del Probespiel.