AUTORIDADES Y PERSONAL
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO
Resolución de 2 de septiembre de 2022, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, por la que se dispone la contratación laboral de carácter fijo para la cobertura de 15 plazas de Titulado/a de Grado Medio (Terapeuta Ocupacional) del turno de acceso libre ordinario.
Expte.: S. A. P./S. P. L.
Vista la propuesta formulada por el Tribunal Calificador que juzgó el concurso-oposición, convocado por esta Administración Autonómica por Resolución de 21 de diciembre de 2018 (BOPA del 8/I/2019), para la provisión de 15 plazas de Titulado/a de Grado Medio (Terapeuta Ocupacional) correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de los años 2017 y 2018, en turnos de promoción interna ordinario y de acceso libre ordinario y, en régimen de personal laboral fijo, teniendo en cuenta los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.—A tenor de lo dispuesto en las bases de la citada convocatoria, conforme a la Resolución de fecha 16 de marzo de 2021 de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada” de acumular a las once plazas del turno de acceso libre las cuatro plazas del turno de promoción interna que han quedado desiertas por ausencia de solicitudes, las quince aspirantes aprobadas han presentado la documentación exigida en la base duodécima de dicha convocatoria en orden a su propuesta de contratación de carácter fijo.
Segundo.—Se ha cumplimentado el anterior trámite por las opositoras, así como formalizada la elección de los destinos ofertados por esta Administración concurriendo los requisitos exigidos.
Fundamentos de derecho
Primero.—En materia objeto del presente expediente viene determinada la competencia en el Estatuto de Autonomía para Asturias, la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, la Ley 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración del Principado de Asturias, la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y el Decreto 33/2020, de 2 de julio (BOPA del 3/VII/2020), por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático.
Segundo.—Conforme establece el art. 15 de la Ley 3/85, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Administración del Principado de Asturias, corresponde a esta Consejería el nombramiento de personal laboral.
Tercero.—De conformidad con lo establecido en el artículo 43.8 del V Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración del Principado de Asturias, firmado el día 5 de julio de 2005, la Administración una vez resuelto el procedimiento selectivo se compromete a publicar, con la mayor brevedad posible, la adjudicación de los destinos.
Cuarto.—El artículo 6 apartado 1 de la Ley del Principado de Asturias 8/2018, de 14 de septiembre, obliga a hacer público en el Portal de Transparencia (artículo 11) “los procesos de selección del personal y provisión de puestos de trabajo. En especial, se publicarán las actas de los órganos selectivos y las resoluciones que pongan fin a los procesos correspondientes.”
A tal efecto, se ha de dar traslado de esta Resolución a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, a fin de que a través su Servicio competente en materia de transparencia, se disponga lo necesario para la publicación de esta Resolución en el Portal de Transparencia de la Administración del Principado de Asturias, tal y como dispone el artículo 18.2 b) de la citada Ley 8/2018.
En base a lo expuesto, por la presente
RESUELVO
Primero.—Concertar contrato de trabajo de carácter fijo con las trabajadoras que figuran en el anexo que acompaña a esta Resolución y adjudicar los destinos, que tendrán el carácter de definitivos, en los Concejos y Consejerías que se citan en los mismos.
Segundo.—Una vez publicada la adjudicación de destinos, la Administración procederá en un plazo máximo de 7 días a la firma de los contratos, según establece el artículo 43.8 del V Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración del Principado de Asturias.
Tercero.—Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia y en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, ante la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, también a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Oviedo, 2 de septiembre de 2022.—El Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático.—Por delegación en Resolución de 03/07/2020; BOPA de 06/07/2020, el Director General de Función Pública.—Cód. 2022-07054.
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