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Boletín Nº 180 del lunes 19 de septiembre de 2022

AYUNTAMIENTOS

DE ILLAS

Anuncio. Extracto de la convocatoria de ayudas económicas en pago único a familias en dificultades económicas con menores a cargo.

BDNS (Identif.): 647793.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/647793) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Illas.

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de la ayuda económica que se concede por medio de esta convocatoria la familia o unidad de convivencia con hijos menores a cargo, siempre que exista una convivencia efectiva y los progenitores no hayan sido privados o suspendidos de la patria potestad, cuando se confirme que la unidad familiar se encuentra en situación de privación material severa. La renta anual de la unidad familiar quedará limitada en función de la composición de la unidad familiar.

Objeto:

La finalidad de la ayuda es procurar que las necesidades básicas del menor estén cubiertas, cuando la causa determinante del riesgo para su desarrollo integral proceda de situaciones de carencia o insuficiencia de recursos económicos en su medio familiar.

Cuantía:

El importe total destinado a la presente convocatoria es de 700,00 euros, siendo una el número de familias que podrán beneficiarse de estas Ayudas. Excepcionalmente, y en el caso de que no sea posible asignar la cantidad de 700,00 euros a cada familia, el Ayuntamiento podrá efectuar un prorrateo de la misma, respetando siempre la prioridad a que se ha hecho referencia. La financiación de dicha prestación corresponde a la Administración General del Estado en un 72,68% y a la Administración del Principado de Asturias en el 27,32% restante.

Plazo de presentación de solicitudes:

10 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del presente extracto en tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Documentación a presentar:

Fotocopia del DNI/NIE del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar.

Volante de empadronamiento en el que consten todas las personas que convivan en el domicilio.

Fotocopia del Libro de Familia, si existiera.

Documentación que acredite los ingresos económicos de todos los miembros de la unidad familiar, correspondientes a los últimos seis meses, expedidos por las empresas y los organismos competentes:

En caso de trabajar por cuenta ajena se aportará fotocopia de las nóminas incluidas las pagas extras y liquidaciones por fin de contrato, si proceden.

En caso de trabajar por cuenta propia se aportará fotocopia de las declaraciones trimestrales.

En caso de encontrarse en situación de desempleo en la fecha de presentación de la solicitud, certificado del Inem relativo a la percepción o no de prestaciones y en caso positivo, señalar cuantía y período de concesión.

En caso de percibir pensiones de alimentos o compensatorias, copia de la sentencia o convenio regulador en el que se establezca la obligación de pago de la/s misma/s. En situaciones de impago de aportaciones económicas establecidas en sentencia de separación o de guarda y custodia y alimentos, copia de la solicitud de ejecución de la sentencia presentada ante el juzgado o justificante de inicio de las actuaciones.

En caso de percibir pensiones por jubilación, incapacidad, viudedad, etc., certificado expedido por los organismos competentes en el que indique la cantidad que percibe.

En caso de percibir otro tipo de ayuda pública de renta básica (Salario Social, RAI, etc.), justificante de las últimas seis mensualidades percibidas.

En caso de contar con ingresos que no se puedan acreditar, declaración responsable de ingresos donde se indiquen los ingresos (o la ausencia de los mismos).

Ficha de Acreedor: datos de la cuenta bancaria, cuyo titular sea el solicitante, en la que desea le sea ingresada la posible ayuda debidamente cumplimentada y firmada.

Para la valoración de la solicitud, podrá requerirse a los interesados la aportación de documentación complementaria. Dicha documentación deberá circunscribirse al ámbito de materias contenido en la anterior relación.

Illas, a 9 de septiembre de 2022.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2022-06955.