OTRAS DISPOSICIONES
UNIVERSIDAD DE OVIEDO
Adenda al convenio marco de colaboración entre la Universidad de Oviedo y el Ayuntamiento de Ribadedeva para el desarrollo de actividades culturales del curso 2022/2023.
En Oviedo, a 1 de septiembre de 2022.
Reunidos
De una parte, D. Ángel Ignacio Villaverde Menéndez, en su calidad de Rector Magnífico de la Universidad de Oviedo, en virtud del Decreto 10/2021, de 19 de febrero, de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad del Principado de Asturias, por el que se dispone su nombramiento, y con las atribuciones que le confiere la letra l) del artículo 60 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo aprobados por el Decreto 12/2010, de 3 de febrero, del Principado de Asturias (BOPA 11-2-2010).
Y de otra, D. Jesús Bordás Vargas, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ribadedeva, cargo para el que fue elegido en la sesión constitutiva del Pleno, celebrada el día 15 de junio de 2019 y en virtud de las facultades de representación que le confiere el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.
En representación de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las facultades que cada uno tiene conferidas, las partes se reconocen recíprocamente en la calidad con que cada uno interviene, la capacidad legal para el otorgamiento de la presente adenda y, a tal efecto,
Exponen
Primero.—Que con fecha 14 de junio de 2019 fue firmado un Convenio Marco de Colaboración entre la Universidad de Oviedo y el Ayuntamiento de Ribadedeva, que tiene por objeto establecer un marco adecuado de cooperación que favorezca y agilice las acciones de colaboración que las instituciones firmantes concreten en el futuro mediante la formalización de acciones específicas.
Segundo.—Que las instituciones firmantes de dicho acuerdo marco podrán colaborar, haciendo uso de acuerdos específicos en cada caso, en todas aquellas materias que estimen conveniente de acuerdo con la legislación vigente, considerando prioritarias entre otras líneas de actuación, la organización de congresos, simposios, coloquios o reuniones de carácter formativo y cultural, como los talleres literarios de la Casa de Cultura de Colombres y el Ciclo de Conferencias del Archivo de Indianos.
ACUERDAN
Suscribir la presente adenda al Convenio Marco de Colaboración entre la Universidad de Oviedo y el Ayuntamiento de Ribadedeva, para la realización de las actividades que se van a desarrollar en el curso 2022/2023.
Cláusulas
I.—Objeto.
Primero.—La presente Adenda tiene por finalidad la colaboración entre el Ayuntamiento de Ribadedeva y la Universidad de Oviedo, durante el curso 2022/2023 para la celebración de “Las Conferencias del Archivo de Indianos” y el “Taller literario de la Casa de Cultura de Colombres”.
Segundo.—La programación de las actividades se concreta en un total de once conferencias en el Archivo de Indianos, a realizar en los meses de septiembre de 2022 a julio de 2023, cuyas fechas, participantes y títulos se concretarán con la debida antelación a la realización de las mismas y dos talleres literarios distribuidos en los dos semestres del curso académico, en la Casa de Cultura de Colombres.
II.—Obligaciones de las partes.
Para la financiación de las actividades descritas, la Universidad de Oviedo se compromete a asignar una dotación máxima de cuatro mil quinientos ochenta y tres euros (4.583,00 €), con cargo al presupuesto de gastos del Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Proyección Cultural, en las aplicaciones presupuestarias, del ejercicio 2022 o las correspondientes al ejercicio 2023, por los conceptos e importes que a continuación se detallan:
— Para el pago por impartición de conferencias o talleres por personal ajeno a la Universidad de Oviedo, más el desplazamiento de dos de ellos, un importe de dos mil trescientos cinco euros (2.305,00 €), con cargo a la aplicación 19.02 423F 226.06. Imputándose 1.000,00 € al ejercicio 2022 y 1.305,00 € al ejercicio 2023.
— Para el pago a los conferenciantes pertenecientes a la Universidad de Oviedo, mil ciento veintiocho euros (1.128,00 €) con cargo a la aplicación 19.02 423F 231. Imputándose 376,00 € al ejercicio 2022 y 752,00 € al ejercicio 2023.
— Para los gastos de desplazamiento, Oviedo-Colombres-Oviedo, de la profesora Dña. Virginia Gil Amate, como colaboradora en la organización de los eventos, y de los conferenciantes de la Universidad de Oviedo, un importe de ochocientos noventa euros (890,00 €), con cargo a la aplicación 19.02 423F 230. Imputándose 315,00 € al ejercicio 2022 y 575,00 € al ejercicio 2023.
— Para los gastos de publicidad de las actividades, ciento diecisiete euros (117,00 €) para la impresión de carteles, con cargo a la aplicación 19.02 423F 226.02, imputándose 42,00 € al ejercicio 2022 y 75,00 € al ejercicio 2023 y ciento cuarenta y tres (143,00 €) para la distribución de los mismos, con cargo a la aplicación 19.02 423F 223, imputándose 52,00 € al ejercicio 2022 y 91,00 € al ejercicio 2023.
El Ayuntamiento de Ribadedeva financiará con cargo a su presupuesto, el alojamiento (hasta dos noches), la manutención y el desplazamiento desde España (ida y vuelta) del participante en la conferencia que se impartirá con motivo de las fiestas de Ribadedeva.
El Ayuntamiento de Ribadedeva se hará cargo y financiará de las cuestiones organizativas, la instalación de los equipos técnicos, grabación y edición de las conferencias y las comidas de conferenciantes, acompañantes y coordinadora de la actividad.
III.—Comisión de seguimiento.
Será la misma comisión paritaria establecida en el Convenio Marco, compuesta por tres representantes de cada una de las partes concertantes, la encargada del seguimiento de esta adenda, así como de resolver las posibles controversias.
IV.—Vigencia y causas de resolución.
La presenta adenda entrará en vigor el día de su firma y tendrá una duración de un año.
Se resolverá por la finalización del período estipulado, por incumplimiento de cualquiera de las partes o por denuncia de alguna de ellas, que deberá ser comunicada con un preaviso de tres meses.
En caso de resolución anticipada se han de finalizar todas las tareas y compromisos revistos en el momento de la denuncia o modificación de la presente adenda, aunque alternativamente las partes pueden pactar también su anulación o modificación.
Cuando el incumplimiento de esta adenda sea por fuerza mayor, las partes están facultadas para resolverlo sin que puedan reclamar recíprocamente cantidad alguna en concepto de modificación.
V.—Naturaleza Jurídica.
La presente adenda posee tiene naturaleza administrativa, considerándose excluida del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, siendo el régimen jurídico aplicable al mismo el establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La presente Adenda se regirá, en lo no dispuesto en ella, por las condiciones estipuladas en el Convenio Marco de Colaboración suscrito el 14 de junio de 2019.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del mismo que no puedan ser resueltas por la comisión de seguimiento, se sustanciarán ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa del Principado de Asturias.
Y en prueba de conformidad, ambas partes lo firman por duplicado en la fecha y lugar indicados en el encabezamiento.
Ver boletin en PDF para consultar la tabla
Oviedo, a 1 de septiembre de 2022.—El Rector.—Cód. 2022-06951.