OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO Y PROMOCIÓN ECONÓMICA
Extracto de la Resolución de 19 de julio de 2022, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se modifica la Resolución de 29 de julio de 2021, por la que se procede a la apertura del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de subvenciones correspondientes a los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en el Principado de Asturias.
BDNS (Identif.): 577784.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/577784).
Primero.—Se modifica el apartado 3 del resuelvo cuarto de la Resolución de 29 de julio de 2021, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se procede a la apertura del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de subvenciones correspondientes a los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en el Principado de Asturias (Extractos publicados en BOPA n.º 149 de 3 de agosto de 2021 y rectificación de errores en BOPA n.º 153 de 9 de agosto de 2021), que queda redactado como sigue:
3. Además de lo establecido en el apartado 1, para que las actuaciones resulten subvencionables se debe cumplir:
— En la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, una de las dos condiciones:
• si la adquisición la hace un destinatario último con residencia fiscal en España, que la compra se realice en un concesionario o punto de venta situado en el territorio del Principado de Asturias;
• si la adquisición la hace un destinatario último con residencia fiscal en el Principado de Asturias, que la compra se realice en un concesionario o punto de venta situado en territorio nacional.
— En la implantación de infraestructura de recarga: que la infraestructura de recarga esté ubicada en el Principado de Asturias.
Segundo.—Se establece un régimen para la adecuación de las solicitudes ya presentadas a la convocatoria que puedan verse afectadas por esta modificación.
Oviedo, a 19 de julio de 2022.—El Consejero de Ciencia, Innovación y Universidad (por suplencia del Consejero de Industria, Empleo y Promoción Económica. Decreto 8/2022, de 11 de julio, del Presidente del Principado, BOPA de 13 de julio).—Cód. 2022-06025.