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Boletín Nº 149 del miércoles 03 de agosto de 2022

AYUNTAMIENTOS

DE COAÑA

Anuncio. Rectificación de error material detectado en el expediente URB/2016/10 sobre aprobación definitiva del estudio de detalle para finca en Ortiguera, acuerdo de Pleno de fecha 4 de julio de 2016 (BOPA de 9 de septiembre de 2016).

Reunido el Pleno en Sesión Ordinaria el día 21 de julio de 2022 y por unanimidad de los señores Concejales presentes se adopta el siguiente acuerdo en su punto cuarto:

4.º CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL EN EXPEDIENTE URB/2016/10 SOBRE APROBACIÓN DEFINITIVA Y CORRECCIÓN DE ERRORES DEL ESTUDIO DE DETALLE PARA FINCA EN ORTIGUERA POR ACUERDO DE PLENO DE FECHA 4 DE JULIO DE 2016 (BOPA N.º 120 DEL 9 DE SEPTIEMBRE DE 2016)

Vistos los documentos obrantes en el citado expediente sobre la aprobación definitiva del Estudio de Detalle promovido por Andrés Monteserín Díaz y redactado por el equipo Álvarez Arango Arquitectos, S. L. P., para el desarrollo de una parcelación urbanística en finca de su propiedad sita en La Nueva Rasa de Ortiguera y publicado en BOPA n.º 81 de 8 de abril de 2016 y en el diario La Nueva España el día 5 del mismo mes.

Visto documento enviado por Jesús M. Álvarez Arango, Carmelo Álvarez-Arango Rodríguez, Manuel Álvarez-Arango Rodríguez, como redactores del Estudio de Detalle para Finca en Ortiguera B: O. Nueva Rasa 101, Coaña (Asturias) con n.º de Registro de entrada 1209 y fecha de 9 de mayo de 2022 en el que se adjunta plano de ordenación con la edificabilidad de cada parcela resultante y que sustituye a la obrante en el Ayuntamiento de Coaña.

Visto el Informe Técnico URB16I0035 del citado expediente en Fase de aprobación definitiva y corrección de errores que hace constar entre otros lo siguiente:

“… Condiciones urbanísticas: De acuerdo a lo señalado en el documento presentado según R. E. 1209 de 09/05/2022 se detecta error material en el documento de Aprobación definitiva de estudio de detalle recogido en los antecedentes en lo referido a la edificabilidad de las parcelas resultantes del mismo (puesto que se partía de una edificabilidad de 1.284 m² y número de viviendas 8 para la finca de origen, frente a una edificabilidad de 963 m² y número de viviendas 6 que le corresponden de acuerdo a NNSS). A la vista de lo cual debe corregirse el citado error material de acuerdo a lo siguiente:

Deberán sustituirse los siguientes cuadros recogidos en el estudio de detalle:

Donde dice:

Datos urbanísticos actuales:

Tipología edificatoria

N.º máximo de viviendas

Superficie construida

Unifamiliar agrupada

8

1.284 m²

Datos urbanísticos tras el estudio de detalle:

Tipología edificatoria

N.º máximo de viviendas

Superficie construida

Unifamiliar aislada

5

1.284 m²

La superficie y edificabilidad de cada parcela se reflejan en el siguiente cuadro:

Sup. bruta

Edificabilidad

Parcela n.º 1

404,66 m²

283,54 m²

Parcela n.º 2

370,34 m²

259,49 m²

Parcela n.º 3

478,88 m²

335,55 m²

Parcela n.º 4

332,69 m²

233,19 m²

Parcela n.º 5

245,81 m²

172,23 m²

Total

1.832,38 m²

1.284 m²

Debe decir:

Datos urbanísticos actuales:

Tipología edificatoria

N.º máximo de viviendas

Superficie construida

Unifamiliar agrupada

6

963 m²

Tipología edificatoria

N.º máximo de viviendas

Superficie construida

Unifamiliar aislada

5

963 m²

La superficie y edificabilidad de cada parcela se reflejan en el siguiente cuadro:

Sup. bruta

Edificabilidad

Parcela n.º 1

404,66 m²

212,67 m²

Parcela n.º 2

370,34 m²

194,63 m²

Parcela n.º 3

478,88 m²

251,67 m²

Parcela n.º 4

332,69 m²

174,84 m²

Parcela n.º 5

245,81 m²

129,18 m²

Total

1.832,38 m²

963 m²

Asimismo deberá sustituirse el Plano n.º 03 del documento de Aprobación definitiva de estudio de detalle por el Plano denominado Plano n.º A-01 presentado según R. E. 1209 de 09/05/2022 y que recoge las superficies y edificabilidades corregidas de acuerdo a lo antes señalado.

Es lo que informo según mi leal saber y entender a los efectos oportunos…”

Ante lo cual se adopta por unanimidad (9) de los señores Concejales presentes el siguiente

ACUERDO

Primero.—Aprobar la corrección de errores detectada en la Aprobación definitiva del estudio de detalle para finca en Ortiguera por acuerdo de Pleno de fecha 4 de julio de 2016 (BOPA n.º 120, del 9 de septiembre de 2016).

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el Tablón de anuncios y sede electrónica del Ayuntamiento así como en el Boletín Oficial del Principado de Asturias durante un mes contado desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo en BOPA para que los interesados puedan examinarlo y presentar alegaciones. En caso de no presentarse dichas alegaciones se entenderá definitivamente aprobado.

Tercero.—Notificar el presente acuerdo, finalizado el nuevo plazo de alegaciones, a los promotores del estudio y al Registro de planeamiento y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias para su conocimiento así como al Registro Municipal para su depósito e inscripción, junto con certificación del presente acuerdo de corrección de errores.

En Coaña, a 22 de julio de 2022.—La Alcaldesa.—Cód. 2022-05895.