OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA
Resolución de 20 de julio de 2022, de la Consejería de Presidencia, por la que se clasifica el puesto de Tesorería del Ayuntamiento de Nava como puesto reservado a Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
Analizada la documentación que obra en el expediente de referencia, tramitado al amparo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
Examinada la solicitud remitida por el Ayuntamiento de Nava, registro ENT 20220506766 de fecha 15 de junio de 2022, en orden a la clasificación del puesto de trabajo de Tesorería reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, resulta:
1.—Que, el Ayuntamiento de Nava traslada certificado de Secretaría del acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de fecha 09/06/2022, en el que después mencionar la normativa referida al régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, termina solicitando la creación y clasificación del puesto de Tesorería del Ayuntamiento de Nava de clase 2.ª para ser cubierta por funcionario con habilitación de carácter nacional, así como que al amparo de los dispuesto en el artículo 14.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 marzo, por el que se establece el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, tramitar dentro del expediente si procede la agrupación con otros municipios del Principado de Asturias para el sostenimiento en común del citado puesto.
2.—Que ese Servicio con fecha 01/07/2022 —SAL20220225000— a la vista de la petición y de lo remitido por el Ayuntamiento de Nava, solicitó la remisión de documentación que consideró necesaria para seguir con la tramitación del expediente, así como que en el caso de estar interesado en agruparse con otra Entidad Local a efectos del sostenimiento en común del puesto, remita acuerdo adoptado por la entidades locales interesadas en agruparse.
3.—Que ha tenido entrada en el Registro del Principado de Asturias el día 15 de julio de 2022-ENT20220590561, documentación enviada por el Ayuntamiento de Nava conteniendo certificación de secretaría del acuerdo del Pleno de fecha 22/02/2022 en el que se aprueba definitivamente la Relación de Puestos de Trabajo de dicho Ayuntamiento. En el anexo I de dicha Relación consta el puesto de Tesorero reservado a funcionarios grupo A1 y nivel 30, junto con certificado emitido por el Interventor que acredita que existe crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2022 para atender a las obligaciones derivada de la cobertura del puesto de Tesorería por un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional. La aprobación de la relación de puestos de trabajo ha sido publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 8 de abril de 2022.
4.—Por último, acompaña también oficio firmado por el Alcalde, en relación con la petición de agruparse con otra entidad local a efectos de sostener en común el puesto de Tesorería, que dice: “Considerando que en la actualidad y por el momento, no se considera adecuado proceder a dicha agrupación con otros municipios y teniendo en cuenta la necesidad y urgencia de su creación y cobertura, para el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes.”
Fundamentos de derecho
Vistos la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local modificada por Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional y demás normativa de general aplicación.
Considerando.—Que el artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, califica la función de tesorería como función pública necesaria en todas las Corporaciones locales cuya responsabilidad administrativa está reservada a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y, en su apartado cuarto, establece que el Gobierno, mediante real decreto, regulará las especialidades de la creación, clasificación y supresión de puestos reservados a los citados funcionarios.
Considerando.—Que el artículo 14 del Real Decreto 128/2018 de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, dispone que en las Corporaciones Locales cuya Secretaría esté clasificada en primera o segunda clase, existirá un puesto de trabajo denominado Tesorería, al que corresponderá la responsabilidad administrativa de las funciones enumeradas en el artículo 5 del citado Real Decreto.
Considerando.—Que el Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, atribuye a la Consejería de Presidencia, en su artículo tercero apartado i), las competencias en materia de Administración Local, entre las que se encuentran las relativas a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
Considerando.—Que la competencia para resolver, en virtud de la Resolución de 30 de julio de 2020, ha sido delegada por la Consejera de Presidencia en el Director General de Administración Local.
En atención a lo anteriormente expuesto
RESUELVO
Primero.—Clasificar, a propuesta del Ayuntamiento de Nava, el puesto de trabajo de Tesorería como puesto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Este puesto estará reservado a funcionarios pertenecientes a la subescala de Intervención-Tesorería.
Segundo.—El sistema de provisión del puesto, que tiene asignado nivel 30 de complemento de destino, será mediante concurso de méritos.
Tercero.—Disponer la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Cuarto.—Dar cuenta de esta Resolución y de su publicación a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Presidencia o, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Oviedo, 20 de julio de 2022.—El Director General de Administración Local (P. D. Resolución 30 de julio de 2020. BOPA n.º 160, de 18-VIII-2020).—Cód. 2022-05851.