AYUNTAMIENTOS
DE VILLAVICIOSA
Anuncio. Nombramiento de dos Auxiliares de Clínica en régimen de personal laboral de la Residencia Nuestra Señora del Portal de Villaviciosa.
Nombramiento de dos Auxiliares de Clínica en régimen de personal laboral de la Residencia Nuestra Señora del Portal de Villaviciosa, correspondientes a la Oferta de Empleo de 2018 (Bases BOPA n.º 149 de 03/08/2020, Convocatoria BOE n.º 263 de fecha 05/10/2020).
En virtud de Resolución de la Concejalía Delegada de Personal, adoptada el día 10 de junio de 2022, se acordó nombrar a María Teresa Miguélez Pérez y a Susana Valle Llosa Auxiliares de Clínica en régimen de personal laboral, plazas incluidas en la Oferta de Empleo del año 2018, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 17 de diciembre de 2018.
Conforme a lo establecido en la base novena de la convocatoria se requiere a María Teresa Miguélez Pérez y a Susana Valle Llosa para firmar el contrato laboral dentro del plazo de un mes desde la presente publicación.
Régimen de recursos
Contra la Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 e) de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de dicha publicación, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.
En Villaviciosa, a 18 de julio de 2022.—La Concejala Delegada de Personal.—Cód. 2022-05813.