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Boletín Nº 147 del lunes 01 de agosto de 2022

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Resolución de 13 de julio de 2022, de la Consejería de Presidencia, por la que se dispone la ejecución de la sentencia 291/2022 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

Vista la sentencia 291/2022 dictada en fecha 1 de abril de 2022 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la Asociación La Quintana, procedimiento ordinario 87/2021, frente a la Resolución de 23 de noviembre de 2020 por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto frente a la Resolución de 30 de octubre de 2020 que acuerda denegar la solicitud de prórroga del plazo de ejecución del contrato de gestión de servicio público de explotación del albergue Juvenil “Juventudes” de Llanes.

Considerando que la referida sentencia ha adquirido firmeza, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias,

RESUELVO

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

“En atención a todo lo expuesto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha decidido: Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador D. Gustavo Martínez Méndez en nombre y representación de Asociación La Quintana contra la Resolución de la Consejería de Presidencia del Principado de Asturias de 23 de noviembre de 2020, declarando dicha resolución ajustada a derecho, con imposición de las costas procesales a la demandante”.

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

En Oviedo, 13 de julio de 2022.—La Consejera de Presidencia, Rita Camblor Rodríguez.—Cód. 2022-05812.