CONSORCIOS
CONSORCIO DE AGUAS DE ASTURIAS (CADASA)
Anuncio. Aprobación definitiva del primer expediente de modificación de las bases de ejecución del Presupuesto de 2022, en relación a los niveles de vinculación jurídica de los créditos relativos a encomiendas de gestión.
Anuncio
La Junta de Gobierno del Consorcio para el Abastecimiento de Agua y Saneamiento en el Principado de Asturias, en su sesión ordinaria celebrada el día 30 de mayo de 2022, acordó la aprobación inicial del expediente de la modificación de las bases de ejecución del Presupuesto de 2022, en relación a los niveles de vinculación jurídica de los créditos relativos a encomiendas de gestión
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 177.2 y 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se publicó en el BOPA n.º 115, de 16 de junio de 2022, se publicó anuncio que también fue expuesto de el tablón digital y físico del consorcio por espacio de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, sin que se haya presentado alegación ni reclamación alguna, según consta en certificado de Secretaria de 8 de julio de 2022, por lo que se eleva a definitivo el acuerdo con el contenido:
1.—En cuanto a la clasificación económica:
a) El Capítulo, para los créditos integrados en los capítulos: “1.—Gastos de personal”; “2.—Gastos en bienes corrientes y servicios”; “3.—Gastos financieros” y “9.—Pasivos financieros”.
b) El Artículo, para los créditos integrados en el capítulo “4.—Transferencias corrientes”.
c) El Concepto, para los créditos integrados en el capítulo “8.—Activos financieros”.
d) El Subconcepto, para los créditos integrados en el capítulo “6.—Inversiones reales”.
2.—En cuanto a la clasificación por programas y con carácter general a nivel de grupo de programas.
3.—Excepciones para las cuales el nivel de vinculación jurídica de los créditos estará definido a nivel de subconcepto:
— Subvenciones nominativas.
— Los créditos incorporados procedentes de ejercicios anteriores.
— Los créditos extraordinarios.
— Las aplicaciones financiadas con ingresos afectados. A excepción de aquellas que formen parte de un único proyecto de gasto o encomienda, que vincularán dentro del proyecto de gasto o encomienda de conformidad con los criterios establecidos en el punto 1.
Oviedo, 12 de julio de 2022.—El Gerente.—Cód. 2022-05568.