OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE HACIENDA
ENTE PÚBLICO DE SERVICIOS TRIBUTARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Resolución de 4 de julio de 2022, de la Consejería de Hacienda, por la que se dispone la ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el procedimiento ordinario 735/2019. Expte. REA 161/2018.
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha dictado sentencia de fecha 8 de junio de 2021, en el recurso contencioso-administrativo n.º 735/2019 interpuesto contra la Resolución de la Consejera de Hacienda y Sector Público de fecha 28 de junio de 2019, por la que se desestima la reclamación económico administrativa número 2018-0161, interpuesta contra la Resolución que desestima el recurso de reposición interpuesto contra los requerimientos de pago realizados al recurrente por las deudas contraídas por la mercantil Cerámica del Principado, S. L., y ello en el seno del procedimiento de recaudación ejecutiva n.º 2014EXP33009450.
La referida sentencia ha adquirido firmeza y en orden a su ejecución han de seguirse los trámites establecidos en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias.
En consecuencia,
RESUELVO
Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la Sentencia de referencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
“En atención a todo lo expuesto, la Sección Primera de Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ha decidido: Estimar muy parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador Sr. Alonso Ayllón, en nombre y representación de D. Felipe Martínez Rodríguez, frente a la Resolución de la Consejera de Hacienda y Sector Público de fecha 28 de junio de 2019, por la que se desestima la reclamación económico administrativa número 2018-0161, interpuesta contra la Resolución que desestima el recurso de reposición interpuesto contra los requerimientos de pago realizados al recurrente por las deudas contraídas por la mercantil Cerámica del Principado, S. L., y ello en el seno del procedimiento de recaudación ejecutiva n.º 2014EXP33009450.
Por ende se anula dicha resolución, únicamente en el sentido de reducir el principal adeudado por el fiador, aquí recurrente, en la cantidad que el Principado de Asturias ha percibido de la enajenación, en seno concurso de la mercantil Cerámica del Principado, S. L., por la venta de las fincas registrales n.º 45.330 y 45.331 del Registro de la Propiedad de Belmonte de Miranda.
No procede imponer las costas a la parte actora.”
Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Oviedo, 4 de julio de 2022.—La Consejera de Hacienda, Ana Cárcaba García.—Cód. 2022-05544.