AUTORIDADES Y PERSONAL
CONSEJERÍA DE SALUD
SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)
Resolución de 6 de julio de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se nombra personal estatutario fijo y se adjudican plazas a los aspirantes aprobados en el proceso selectivo para la provisión mediante el sistema de concurso-oposición de 13 plazas de la categoría de Planchador/a del Servicio de Salud del Principado de Asturias, convocado por Resolución de 5 de junio de 2019 (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 14 de junio de 2019).
Vista la propuesta formulada por el Tribunal Calificador que juzgó el proceso selectivo para la provisión mediante el sistema de concurso-oposición de 13 plazas de la categoría de Planchador/a del Servicio de Salud del Principado de Asturias, en el turno de acceso libre reservado a personas con discapacidad intelectual, convocado por Resolución de 5 de junio de 2019, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.—Por Resolución de 5 de junio de 2019 de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias (BOPA de 14 de Junio de 2019), se convocó concurso-oposición para el acceso a 13 plazas de personal estatutario fijo de la categoría de Planchador/a del Servicio de Salud del Principado de Asturias en el turno de acceso libre reservado a personas con discapacidad intelectual.
Segundo.—De conformidad con la base décima de la convocatoria, el Tribunal Calificador elevó a la Dirección de Profesionales propuesta de nombramiento como personal estatutario fijo de la categoría de Planchador/a, a los aspirantes que superaron dicho proceso selectivo.
Por Resoluciones de 14 de octubre de 2021 y 31 de mayo de 2022, la Dirección de Profesionales del Servicio de Salud del Principado de Asturias hace pública la relación de plazas a adjudicar en el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de la categoría de Planchador/a en el turno de acceso libre reservado a personas con discapacidad intelectual, y se fija la fecha y el procedimiento a seguir para la elección de plazas por los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.
A tenor de lo dispuesto en la citada base, los adjudicatarios propuestos han presentado la documentación exigida en la misma, en orden a su nombramiento como personal estatutario fijo.
Tercero.—Finalizado el proceso selectivo, los adjudicatarios propuestos eligieron destino en actos públicos celebrados los días 10 de noviembre de 2021 y 15 de Junio de 2022, de acuerdo con lo previsto en las resoluciones de la Dirección de Profesionales del Servicio de Salud del Principado de Asturias de 14 de octubre de 2021 (BOPA 28 octubre de 2021) y 31 de mayo de 2022 (BOPA 10 de junio de 2022).
Fundamentos de derecho
Primero.—Conforme establece el artículo 128 de la Ley 7/2019, de 29 de marzo, de Salud, corresponde a la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, nombrar al personal estatutario del SESPA.
Segundo.—Según lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, para adquirir la condición de personal estatutario fijo es preciso tomar posesión en el plazo determinado en la convocatoria. La base undécima de la Resolución de 5 de Junio de 2019, señala que el plazo de toma de posesión es de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Tercero.—Conforme al artículo 32 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, y al artículo 31 del Decreto 68/1989, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Selección e Ingreso de Personal de la Administración del Principado de Asturias, procede disponer la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias del nombramiento como personal estatutario fijo de los aspirantes propuestos así como la adjudicación de plazas a los mismos.
En atención a los anteriores antecedentes y fundamentos,
RESUELVO
Primero.—Nombrar personal estatutario fijo en la categoría de Planchador/a del Servicio de Salud del Principado de Asturias, al aspirante que habiendo superado el proceso selectivo, ha obtenido plaza en el proceso de asignación celebrado el día 15 de Junio de 2022, citado en los antecedentes de hecho segundo y tercero, adjudicándole, conforme a su elección, la plaza que se detalla en el anexo de esta resolución.
Segundo.—El adjudicatario, de conformidad con lo establecido en la base undécima de la convocatoria y en el artículo 6 del Decreto 50/2019, de 21 de junio, por el que se regulan los plazos posesorios en los procedimientos de movilidad voluntaria, de selección de personal y de libre designación para la provisión de puestos directivos en el SESPA, deberá tomar posesión de la plaza adjudicada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. La falta de incorporación en el plazo referido, cuando sea imputable al interesado y no responda a causas justificadas, producirá el decaimiento de los derechos derivados de su participación en el concurso-oposición, quedando sin efecto su nombramiento.
La toma de posesión se efectuará en la Gerencia del Área Sanitaria a la que esté adscrita la plaza adjudicada.
Tercero.—En aplicación de lo establecido en el articulo 66.1.a) de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, los nombrados en virtud de la presente Resolución que ya ostentaran plaza en propiedad en alguna otra categoría de personal estatutario, podrán optar, en el momento de tomar posesión de la nueva plaza, por pasar a la situación de excedencia por prestar servicios en el sector público en una de ellas. A falta de opción expresa, se entenderá que se solicita la excedencia en la categoría de origen.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejería de Salud, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al que tenga lugar su publicación, todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo, de Salud, en el art. 27.2 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oviedo, a 6 de julio de 2022.—La Directora Gerente.—Cód. 2022-05503.
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