AYUNTAMIENTOS
DE LLANES
Anuncio. Rectificación de error material advertido en las bases reguladoras y convocatoria del proceso selectivo para la elaboración mediante el sistema de concurso-oposición de una bolsa de empleo en la categoría de Auxiliar de Turismo del Ayuntamiento de Llanes en régimen de personal laboral temporal.
Por resolución del Alcalde-Presidente del Excelentísimo Ayuntamiento de Llanes, de fecha 9 de junio de 2022, y de conformidad con el artículo 21.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, se aprobaron las bases reguladoras que han de regir la convocatoria del proceso selectivo para la elaboración mediante el sistema de concurso-oposición de una Bolsa de Empleo en la categoría de Auxiliar de Turismo del Ayuntamiento de Llanes en régimen de personal laboral temporal; ordenando la publicación de las mismas en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), así como en el Tablón de Edictos Físico y Digital del Ayuntamiento de Llanes; en aras a garantizar la mayor difusión posible de las mismas, a los efectos de lo previsto en los artículos 10.2 y 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 91.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Las citadas bases reguladoras y convocatoria del proceso selectivo para la elaboración mediante el sistema de concurso-oposición de una bolsa de empleo en la categoría de Auxiliar de Turismo del Ayuntamiento de Llanes en régimen de personal laboral temporal han sido publicadas en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) núm. 115, de 16 de junio de 2022.
Advertido error material en las bases reguladoras y convocatoria referidas “at supra”, por resolución del Alcalde Presidente del Excelentísimo Ayuntamiento de Llanes, de fecha 17 de junio de 2022, se procede a efectuar la oportuna corrección:
Base octava, Apartado B, a) Experiencia profesional:
Donde dice:
“— Servicios prestados en el Sector Privado en puestos de igual categoría al ofertado, 0,1 puntos por mes completo de servicios efectivamente prestados, hasta un máximo de 0,25 puntos. Los restos o fracciones no se computarán.”
Debe decir:
“— Servicios prestados en el Sector Privado en puestos de igual categoría al ofertado, 0,1 puntos por año completo de servicios efectivamente prestados, hasta un máximo de 0,25 puntos. Los restos o fracciones no se computarán.”
Lo que se hace público para general conocimiento.
Llanes, a 17 de junio de 2022.—El Alcalde.—Cód. 2022-04775.