Buscar en el BOPA :

Consultar una disposición

Boletín Nº 120 del jueves 23 de junio de 2022

AUTORIDADES Y PERSONAL

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Resolución de 9 de junio de 2022, de la Consejería de Presidencia, por la que se dispone la publicación para la provisión del puesto de Vicesecretaría-Titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local y al Concejal o Concejala-Secretario/a de la misma del Ayuntamiento de Gijón como de libre designación.

Analizada la documentación que obra en el expediente de referencia, tramitado al amparo del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Examinada la documentación remitida por el Ayuntamiento de Gijón, mediante notificación de la Concejala Secretaria de la Junta de Gobierno Local, registro de entrada en la Administración del Principado de Asturias n.º ENT20220468503 de 1 de junio de 2022, con relación a la convocatoria de provisión del puesto de trabajo del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local y al Concejal o Concejala Secretario/a de la misma, reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional, resulta:

1. Que con fecha 28 de marzo de 2022 se ha publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 60, la Resolución de 16 de marzo de 2022, de la Consejería de Presidencia, por la que se modifica la denominación del puesto de Secretario/a Letrado/a de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Gijón reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter pertenecientes a la subescala de Secretaría categoría superior y forma de provisión de libre designación.

2. Que el de conformidad con la propuesta efectuada por el Ayuntamiento de Gijón el puesto de apoyo a la Junta de Gobierno Local, pasa a denominarse: “Vicesecretaría-Titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local y al Concejal o Concejala-Secretario/a de la misma”, tal y como fue aprobado por Resolución de la Consejería de Presidencia de fecha 16 de marzo de 2022 a la que se hace referencia mas arriba.

3. La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Gijón, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de mayo de 2022, visto que el puesto de trabajo correspondiente al Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local y al Concejal o Concejala Secretario/a de la misma, se encuentra vacante, dispone la provisión del puesto de trabajo de Vicesecretaría —Titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local y al Concejal o Concejala— Secretario/a de la misma, mediante el sistema de libre designación, reservado a funcionarios pertenecientes a la subescala de Secretaría, categoría superior y aprueba las bases que han de regir la convocatoria para la provisión del mencionado puesto.

Fundamentos de derecho

Vistos la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno; la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local modificada por Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Considerando que el artículo 92 bis, apartado 6, párrafo cuarto, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, dispone que, excepcionalmente, los puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional podrán cubrirse por el sistema de libre designación, en los municipios incluidos en el ámbito subjetivo definido en los artículos 111 y 135 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como las Diputaciones Provinciales, Áreas Metropolitanas, Cabildos y Consejos Insulares, y las ciudades con estatuto de autonomía de Ceuta y Melilla, entre funcionarios de la subescala y categoría correspondiente

Considerando que el artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, relativo a los trámites especiales del procedimiento de libre designación de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, dispone que: “La convocatoria, que se realizará en el plazo máximo de tres meses, desde que el puesto de trabajo se hubiera clasificado a libre designación o hubiese resultado vacante, corresponde al Presidente de la Corporación, quien la remitirá al órgano competente de la Comunidad Autónoma para su publicación en el diario oficial correspondiente y remisión al Ministerio de Hacienda y Función Pública, en el plazo máximo de diez días, con referencia precisa del número y fecha del diario en el que ha sido publicada. El Ministerio de Hacienda y Función Pública, dispondrá la publicación, del extracto de dichas convocatorias, en el Boletín Oficial del Estado.”

Considerando que el Decreto 13/2019 de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, atribuye a la Consejería de Presidencia, en su artículo tercero apartado i), las competencias en materia de Administración Local, entre las que se encuentran las relativas a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Considerando que la Resolución de 30 de julio de 2020, de la Consejería de Presidencia, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en diversos órganos de la Consejería, delega en quién sea titular de la Dirección General de Administración Local, atribuciones en materia de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

En virtud de lo anterior,

RESUELVO

Primero.—Disponer la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, la convocatoria aprobada por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Gijón, para la provisión del puesto de trabajo de Vicesecretaría-Titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local y al Concejal o Concejala-Secretario/a de la misma, de la subescala de Secretaría, categoría superior, Clase Primera, reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional, configurado en la Relación de Puestos de Trabajo con asignación nivel 30 de complemento de destino y forma de provisión libre designación, según Resolución de Convocatoria y Bases que se acompañan como anexo a esta Resolución.

Segundo.—Dar cuenta de esta Resolución y de su publicación a la Dirección General de Función Pública del Ministerio Hacienda y Función Pública.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Consejería de Presidencia del Principado de Asturias o, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Oviedo, 9 de junio de 2022.—El Director General de Administración Local (P. D. Resolución de 30 de julio de 2020, BOPA n.º 160, de 18-VIII-2020).—Cód. 2022-04555.

Anexo I

BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA

Primera.—Objeto de la convocatoria

Constituye el objeto de esta convocatoria la provisión, por el sistema de libre designación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 46 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, del siguiente puesto de trabajo reservado a funcionarios de la Administración local con habilitación nacional:

— Corporación: Ayuntamiento de Gijón

— Denominación y clase del puesto: Vicesecretaría titular de Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local y al Concejal o Concejala – Secretario/a de la misma, clase primera.

— Denominación del puesto en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Gijón: Vicesecretaría titular de Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local y al Concejal o Concejala – Secretario/a de la misma, con código RPT 10200005.

— Nivel del complemento de destino: 30.

— Complemento específico anual: 33.534,20 euros.

— Requisitos para su desempeño conforme a la Relación de Puestos de Trabajo: subescala Secretaría, categoría superior.

— Sistema de provisión: libre designación.

Segunda.—Requisitos.

Será requisito indispensable para concurrir a la convocatoria ser funcionario/a de la Administración local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la subescala de Secretaría y categoría superior.

Tercera.—Remisión de la convocatoria

La convocatoria le será remitida al órgano competente de la Administración del Principado de Asturias, la Dirección General de Administración Local, para su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y remisión a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Política Territorial y Función Pública para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, conforme al artículo 45 del Real decreto 128/2018.

Cuarta.—Presentación de instancias.

Las instancias para participar en esta convocatoria se dirigirán conforme al modelo que figura en el anexo II a la Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de Gijón y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Gijón o en las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, durante el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

La instancia irá acompañada de la siguiente documentación:

— Copia del DNI.

— Número de registro personal.

— Situación administrativa en la que se encuentre la persona solicitante, así como su destino.

— Currículo. En este currículo constarán los títulos académicos, los años de servicio, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios, trabajos y cursos impartidos y recibidos, así como aquellos otros méritos que estime oportuno alegar. Al currículo deberán acompañarse los documentos justificativos de los méritos que se aleguen, mediante certificaciones o fotocopias compulsadas, pues no serán valorados aquellos que no queden debidamente acreditados, en todos sus aspectos, dentro del plazo de presentación de instancias.

Quinta.—Resolución

Concluido el plazo, la Presidenta de la Corporación procederá, en su caso, tras la constatación de los requisitos exigidos en la convocatoria y a la vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados, a dictar la resolución correspondiente en el plazo de un mes, y le dará cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de aquella al órgano competente de la Comunidad Autónoma, a la Dirección General de Administración Local del Principado de Asturias, y al Ministerio de Política Territorial y Función Pública para la publicación en el Boletín Oficial del Estado. El puesto será adjudicado entre los/as candidatos/as que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria.

Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato/a elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos para participar en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. En todo caso, deberá quedar acreditado en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

Sexta.—Toma de posesión

Los plazos para la toma de posesión serán los mismos que los establecidos para los funcionarios con habilitación nacional nombrados en virtud del procedimiento de concurso.

Séptima.—Recursos

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en la forma y plazos previstos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. O bien se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su recepción, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, también con carácter potestativo, el requerimiento previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el supuesto de que la impugnación se efectúe por una Administración Pública, en el plazo de dos meses desde la publicación.

Ver imagen asociada a la disposición