AYUNTAMIENTOS
DE CASTRILLÓN
Anuncio. Extracto del Acuerdo de 2 de junio de 2022, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Castrillón, por el que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a organizaciones no gubernamentales para la realización de proyectos de cooperación internacional de desarrollo y solidaridad. Año 2022.
BDNS (Identif.): 632265.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/632265).
Primero.—Beneficiarios.
Asociaciones no gubernamentales que lleven a cabo la realización de proyectos de cooperación internacional de desarrollo y solidaridad.
Segundo.—Objeto de la subvención.
Concesión de subvenciones a asociaciones de cooperación internacional para la realización y ejecución de programas de desarrollo y cooperación en países subdesarrollados o en vías de desarrollo durante el año 2022, que estén destinados a:
— Apoyar los proyectos de desarrollo que éstas llevan a cabo para mejorar las condiciones de vida de los pueblos a través de la movilización de los propios recursos.
— Fomentar el desarrollo sostenible e integral de la zona destinada a la ayuda.
— Impulsar la participación personal de los beneficiarios en el diseño y desarrollo de los proyectos como garantía y viabilidad futura de los mismos.
Tercero.—Bases reguladoras.
Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Castrillón y sus Organismos Autónomos y Entidades dependientes, publicada en el BOPA de 20 de febrero de 2006.
Cuarto.—Cuantía.
La cuantía global de la convocatoria asciende a treinta mil euros (30.000 €).
Quinto.—Criterios de concesión.
La subvención se otorgará atendiendo a los siguientes criterios:
1. No se señalan áreas geográficas prioritarias, supeditándose este punto al objetivo fundamental de la cooperación internacional, el cual es combatir las situaciones de pobreza o subdesarrollo.
2. Serán considerados prioritarios los proyectos que, fomentando la autoorganización y la participación de los beneficiarios, estén dirigidos a:
— Los sectores de población que se encuentran en condiciones objetivas más desfavorables, como las mujeres, la infancia, la juventud, las poblaciones indígenas y los refugiados y/o desplazados en aquellos países: Puntuación de 0 a 10.
— El desarrollo de recursos humanos en los ámbitos de la educación básica, la formación, la salud, la alimentación, el empleo y la vivienda: Puntuación de 0 a 9.
— El impulso de infraestructuras básicas en estos mismos ámbitos: Puntuación de 0 a 8.
— La promoción y consolidación de los derechos humanos: Puntuación de 0 a 7.
— El fomento de recursos energéticos, evitando el deterioro del medio ambiente y promoviendo un desarrollo sostenible: Puntuación de 0 a 6.
— Respeto a la identidad cultural: Puntuación de 0 a 5.
— Potenciar organizaciones populares: Puntuación de 0 a 4.
— Defensa y promoción de los hermanamientos: Puntuación de 0 a 3.
3. Criterios de valoración de los proyectos:
— Definición de la actuación (puntuación de 0 a 10).
— Protagonismo (puntuación de 0 a 7).
— Viabilidad (puntuación de 0 a 7).
— Control y verificación (puntuación de 0 a 7).
— Integración (puntuación de 0 a 5).
— Experiencia de la ONGD solicitante y contraparte local (puntuación de 0 a 5).
— Continuidad del proyecto subvencionado en convocatorias anteriores y que hayan demostrado su idoneidad y pertinencia (puntuación de 0 a 2).
4. Implantación y presencia social de la ONG en el concejo:
a) Desarrollo de actuaciones específicas en el municipio de Castrillón en el ejercicio anterior (puntuación de 0 a 20).
b) Formar parte activa del Consejo de Cooperación y Solidaridad Municipal (puntuación de 0 a 10).
5. Adjudicación de los fondos: Una vez obtenida la puntuación total de los proyectos presentados se adjudicará la subvención aplicando proporcionalidad a la puntuación obtenida, a la cantidad a repartir y a la subvención solicitada por la ONG.
6. Sólo serán subvencionables aquellos proyectos que alcancen un mínimo de un 30% de la puntuación total aplicable. Atendiendo a la disponibilidad presupuestaria, podrán priorizarse y subvencionarse los proyectos que alcancen la mayor puntuación, pudiendo denegarse a los restantes, aunque cumplan los requisitos exigidos.
Sexto.—Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días contados a partir de la publicación del anuncio de la presente convocatoria.
En Piedrasblancas, 6 de junio de 2022.—La Alcaldesa-Presidenta.—Cód. 2022-04458.