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Boletín Nº 115 del jueves 16 de junio de 2022

AYUNTAMIENTOS

DE CARREÑO

Anuncio. Aprobación del expediente para la contratación del suministro de energía eléctrica para el Ayuntamiento de Carreño. Expte. 751/2022.

En la sesión ordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de Carreño el día 26 de mayo de 2022, se adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar el expediente para la contratación de Suministro de energía eléctrica para Ayuntamiento de Carreño (expte. 751/2022); así como los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas y sus anexos. El procedimiento de tramitación será abierto urgente, sujeto a regularización armonizada (SARA), en aplicación del art. 156.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público dado que el valor estimado del mismo asciende a 4.087.461,74 €, y el órgano competente para aprobar y adjudicar el contrato el Pleno Municipal.

Segundo.—Autorizar el gasto correspondiente que comporta el presente contrato, con cargo a la aplicación presupuestaria 920.221.00 “Energía Eléctrica” del vigente presupuesto.

Tercero.—Anunciar la licitación pública en el Perfil del contratante en la Plataforma de Contratación del Sector Público y Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).

Cuarto.—Delegar en la Alcaldía, de conformidad con lo previsto en el artículo 61.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, las competencias prevista en dicha ley para el órgano de contratación en relación con el contrato “Suministro de energía eléctrica para Ayuntamiento de Carreño” (expte. 751/2022).

Quinto.—Delegar en la Alcaldía la disposición de los gastos derivados de las contratación contemplada en el punto anterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 22.4. de la LBRL, habilitaciones reconocidas en el artículo 185.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Sexto.—Los presentes acuerdos surtirán efectos desde el día siguiente a la adopción de los mismos, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias

Igualmente, en relación con la delegación de competencias, se publicará la presente resolución en el Perfil de Contratante de acuerdo con lo previsto el artículo 63.2 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Séptimo.—Para la modificación o revocación de las delegaciones efectuadas será preciso adoptar las formalidades que se han seguido en la tramitación de la presente delegación

Octavo.—Dar traslado del presente acuerdo a la Intervención Municipal, a la OTM y al Servicio de Contratación.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos, significándole que frente al presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativa y alternativamente los siguientes recursos:

a) Recurso administrativo de reposición, ante el órgano autor del acto, en el plazo de un mes.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Gijón en el plazo de dos meses. Los plazos señalados se computarán de fecha a fecha a partir del día siguiente al de esta notificación.

Si se optase por la opción A), esta Administración deberá notificarle la resolución en el plazo de un mes, en caso contrario, su recurso se entenderá desestimado, pudiendo entonces interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que por turno corresponda en el plazo de seis meses computados de fecha a fecha a partir del día siguiente a aquél en el que se produzca el cumplimiento del plazo mensual señalado.

En su caso, podrá interponer cualquier otro recurso o acción que considere conveniente para la mejor defensa de sus derechos.

Todo ello de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE 2/10/2015) y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE 14/7/98).

En Candás, a 6 de junio de 2022.—La Alcaldesa.—Cód. 2022-04391.