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Boletín Nº 83 del martes 03 de mayo de 2022

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LLINGÜÍSTICA Y TURISMO

Resolución de 13 de abril de 2022, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se dispone la ejecución de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario 173/2021, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, Sala de lo Contencioso-Administrativo.

Vista la sentencia dictada en fecha 26 de enero de 2022, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, recaída en el procedimiento ordinario: 173/2021, interpuesto por Oviedo Club de Baloncesto, frente a la Resolución de la Consejería de Cultura, Política Lingüística y Turismo de 30 de diciembre de 2020, por la que se deniega la concesión de la ayuda al recurrente de “ayudas urgentes a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, comunidades de bienes y sociedades civiles y pymes pertenecientes al sector deportivo del Principado de Asturias cuya actividad no se haya podido desarrollar como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 (Comisión de Valoración n.º 1).

Considerando que dicha sentencia ha adquirido firmeza y, en orden a su ejecución, han de observarse los trámites establecidos en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias, por la presente,

RESUELVO

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia cuyo tenor literal es el siguiente:

“En atención a todo lo expuesto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ha decidido: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Ernesto Golzanvo Rodríguez, Procurador de los Tribunales y de Oviedo Club de Baloncesto, contra la Resolución de la Consejería de Cultura, Política Lingüística y Turismo, de 30 diciembre de 2020, debemos declarar y declaramos conforme a derecho la resolución administrativa impugnada, que por tal razón, confirmamos. Sin imposición de las costas devengadas en la instancia”.

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 13 de abril de 2022.—La Consejera de Cultura, Política Lingüística y Turismo.—P. D., Resolución de 10/10/2019 (BOPA de 18 de octubre), la Secretaria General Técnica.—Cód. 2022-02883.