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Boletín Nº 250 del jueves 30 de diciembre de 2021

AYUNTAMIENTOS

DE SIERO

Anuncio. Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal n.º 22, reguladora de la tasa por prestación de servicios por el Patronato Deportivo Municipal y uso de instalaciones deportivas municipales.

Anuncio

No habiéndose producido reclamaciones en el período de exposición pública de la modificación de la Ordenanza Fiscal n.º 22, reguladora de la “Tasa por prestación de servicios por el Patronato Deportivo Municipal y Uso de instalaciones deportivas municipales” aprobada provisionalmente por el Pleno Municipal en sesión ordinaria celebrada el 28 de octubre de 2021, esta se considera definitivamente aprobada y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.4 del R.D legislativo 2/2004, se expone el texto de las modificaciones:

22. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR EL PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL Y USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES

I.—Se modifica el artículo 5.A.1, el cual queda con la siguiente redacción:

“5.A.1.—Tarifas generales:

— Cuota trimestral de abono:

Titular

Resto de miembros abono familiar

Adultos

Menores 14 y mayores 65

24,00 €

53,00 €

38,00 €

Se aplicarán automáticamente las modificaciones en las cuotas determinadas por la variación en la edad del sujeto pasivo.

La condición de abonado dará derecho a la utilización de las instalaciones referidas en el artículo dos, así como la asistencia a las distintas actividades dirigidas que se desarrollen en éstas en los términos recogidos en la presente ordenanza, salvo en los supuestos previstos en el artículo 5.A.2. b) y c), en los que se aplicarán las tarifas adicionales correspondientes.

Para poder formalizar el alta, será requisito indispensable carecer de deuda como usuario del Patronato Deportivo Municipal por cualesquiera conceptos.

— Expedición de carné adicional: 5,00 €”.

II.—Se modifica el artículo 5.A.2.a), el cual queda con la siguiente redacción:

“5.A.2.—Tarifas específicas:

a) No abonados:

— Piscinas:

Climatizadas

Exteriores

Adultos

Entrada

3,50 €

3,00 €

Bono 20 unidades

60,10 €

54,50 €

Menores de 14 y mayores de 65

Entrada

2,00 €

1,70 €

Bono 20 unidades

30,00 €

26,40 €

— Gerontogimnasia: 15 €/mes

— Otras prestaciones individuales:

Entrada

Bono 20 Uds.

Sauna, gimnasio y galería tiro con arco

3,50 €

50,80 €

Rocódromo

2,80 €

31,70 €

Ducha vestuario

2,20 €

Los bonos tendrán una vigencia de un año desde su expedición”.

III.—Se modifica el artículo 5.B, el cual queda con la siguiente redacción:

“Artículo 5.B.—Uso de instalaciones:

La reserva de uso se halla supeditada a que el solicitante se encuentre al corriente de sus obligaciones económicas con el Patronato.

Con carácter general, en las utilizaciones ocasionales de canchas en las que no exista la posibilidad de adquirir bonos para varios usos, no se permiten pagos de reservas diferidos más allá de una semana desde la fecha de la solicitud, siempre y cuando no se produzca un cambio de tarifa entre ambos momentos.

Se establecen los siguientes precios por hora, sin perjuicio del cobro de los períodos inferiores con un mínimo de quince minutos, para la utilización exclusiva de las instalaciones que se señalan:

1. Canchas polideportivas:

Horario laboral

Fuera horario

General

Con conserje

Sin grada

Cancha completa

33,00 €

36,30 €

Media cancha

16,50 €

18,20 €

Con grada

Cancha completa

91,30 €

101,20 €

Media cancha

45,70 €

50,60 €

Sin conserje

Cancha completa

18,60 €

Media cancha

9,30 €

Partidos oficiales

Sin grada

Con grada

12,00

2. Salas polivalentes y tatamis: 11,10 €

3. Campos de fútbol:

Cancha

Completa

138,70 €

Media

69,30 €

Grada

34,80 €

Iluminación

11,70 €

Estarán exentos del abono de esta tasa los equipos que firmen con la administración convenio para el uso de las instalaciones. Dichos equipos quedarán obligados al cumplimiento de lo establecido en el convenio sobre los costes de uso de las mismas.

4. Piscinas:

Exterior

77,30 €

Climatizada

Calle

31,10 €

Vaso

Pequeño

46,20 €

Grande

85,60 €

5. Canchas de pádel:

Cubierta

Descubierta

No abonados

11,00 €

7,70 €

Abonados

6,60 €

4,40 €

Iluminación

1,10 €

Los precios básicos para los abonados establecidos en la tabla anterior se verán incrementados a razón de 1,10 €/hora por cada usuario que no cumpla con esta condición en el caso de la canchas cubiertas y de 0,80 € para las descubiertas.

6. Canchas de tenis:

No abonados

6,80 €

Abonados

3,30 €

Iluminación

1,10 €

Los precios básicos para los abonados establecidos en la tabla anterior se verán incrementados a razón de 1,10 €/hora por cada usuario que no cumpla con esta condición.

7. Galería de tiro con arco: 6,60 €

Las reservas efectuadas por los equipos senior de los clubes que disputen competiciones oficiales abonarán en sus entrenamientos una cuota equivalente al 50% de las tarifas anteriormente señaladas y los equipos integrados por jugadores menores de dieciocho años, del 20%, si bien, en este último caso, si todos los jugadores fueran abonados del PDM satisfarán una cuota equivalente al 5%. A estos efectos, tendrán la consideración de entrenamientos los partidos amistosos que los equipos con reserva de instalaciones disputen durante la pretemporada, con un límite máximo de cuatro a lo largo de la temporada.

Para acogerse a estas tarifas, los clubes habrán de acreditar que todos los jugadores que acuden a los entrenamientos sean titulares de licencias para participar en las respectivas competiciones oficiales aportando copia de aquellas o certificado federativo donde se relacionen los deportistas que conforman cada equipo. Los equipos de categorías inferiores aportarán una relación nominal detallada (nombre, apellidos, DNI y fecha de nacimiento) de todos los miembros que componen cada uno de los grupos de entrenamiento. La incorporación de nuevos deportistas a los equipos deberá comunicarse a la dirección en un plazo máximo de cinco días. Las cuotas se recalcularán cuando un equipo permita el uso de la instalación por parte de deportistas no relacionados en la documentación aportada por ellos mismos.

La utilización de las instalaciones para la disputa de competiciones oficiales no se halla sujeta a tasa”.

IV.—Se derogan las disposiciones transitorias primera y segunda.

La Pola Siero, 27 de diciembre de 2021.—El Alcalde en funciones.—Cód. 2021-11220.