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Boletín Nº 213 del viernes 05 de noviembre de 2021

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y COHESIÓN TERRITORIAL

Resolución de 28 de octubre de 2021, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se convocan exámenes para el año 2022 para la obtención del certificado de aptitud profesional necesario para la conducción por vías públicas de vehículos para los que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E, y se determinan el lugar y la fecha de las pruebas.

El Real Decreto 284/2021, de 20 de julio, regula las condiciones para la obtención del certificado de aptitud profesional, acreditativo de la correspondiente cualificación inicial y de la realización de los cursos de formación continua, necesario para la conducción por vías públicas españolas de vehículos de empresas establecidas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, para la que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E.

La norma citada prevé que, finalizado el curso de formación, los aspirantes a la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo en su formación inicial deberán superar, en un plazo no superior a seis meses contados desde dicha finalización, un examen que será organizado por los órganos competentes para la expedición de las autorizaciones de transporte público discrecional de viajeros y mercancías por carretera en el territorio de que se trate.

El Director General de Transportes y Movilidad es competente para la resolución de este asunto, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 284/2021, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carreteras, el artículo 32 del Decreto 39/2020, de 2 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial (BOPA 3 de julio de 2020), y el artículo 19.g.6) de la Resolución de 16 de julio de 2020, por la que se delegan competencias en los titulares de diversos órganos de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial (BOPA 21 de julio de 2020).

En su virtud,

RESUELVO

Primero.—Convocar exámenes para el año 2022, para la obtención del certificado de aptitud profesional necesario para la conducción por vías públicas españolas de vehículos para los que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E, con arreglo a las bases que figuran en el anexo.

Segundo.—El Tribunal de este examen se designará con una antelación mínima de 10 días al comienzo de las pruebas.

Tercero.—Determinar que los ejercicios se celebrarán en la Facultad de Geología, Universidad de Oviedo, sita en la calle Jesús Arias de Velasco de Oviedo (frente al Edificio de las Consejerías, EASMU), en las siguientes fechas:

• Exámenes para la obtención del certificado de aptitud profesional necesario para la conducción por vías públicas españolas de vehículos para los que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C o C+E: 19 de enero de 2022, 16 de marzo de 2022, 18 de mayo de 2022, 20 de julio de 2022, 28 de septiembre de 2022 y 23 de noviembre de 2022. Todos los exámenes comenzarán a las 15:00 horas.

• Exámenes para la obtención del certificado de aptitud profesional necesario para la conducción por vías públicas españolas de vehículos para los que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías D1, D1+E, D o D+E: 19 de enero de 2022, 16 de marzo de 2022, 18 de mayo de 2022, 20 de julio de 2022, 28 de septiembre de 2022 y 23 de noviembre de 2022. Todos los exámenes comenzarán a las 16:00 horas.

El llamamiento para los exámenes se realizará por el orden que se señale en el listado definitivo de aspirantes que se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 28 de octubre de 2021.—El Director General de Transportes y Movilidad.—Cód. 2021-09657.

Anexo

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera.—Ámbito de las pruebas.

Se convocan exámenes para la obtención del certificado de aptitud profesional necesario para la conducción por vías públicas españolas de vehículos de empresas establecidas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, para la que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E, definidas en el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo. El ámbito de las pruebas se extiende a todo el territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

Segunda.—Requisitos de los aspirantes.

• Podrán concurrir a las pruebas aquellos aspirantes que acrediten haber terminado los correspondientes cursos de formación en el plazo que determina el artículo 14.1 del Real Decreto 284/2021, de 20 de abril.

Tercera.—Documentación a presentar.

• Resguardo del pago de la tasa correspondiente, que deberá ingresarse en metálico en las entidades bancarias autorizadas a colaborar en la gestión recaudatoria del Principado de Asturias mediante impreso normalizado modelo 046 A1.

• Diploma acreditativo de superación del curso de cualificación inicial necesario para la obtención del certificado de aptitud profesional de los conductores.

Cuarta.—Lugar y plazo de presentación de solicitudes.

La anterior documentación se tramitará electrónicamente en la sede electrónica del Principado de Asturias código Auto0276T01

El plazo de presentación de instancias será el que se detalla a continuación para cada uno de los exámenes:

Fecha de examen

Tipo de permiso

Plazo de presentación de instancias

19 de enero de 2022

D1, D1+E, D o D+E (Viajeros)

C1, C1+E, C o C+E (Mercancías)

Del 26 de noviembre al 20 de diciembre 2021

16 de marzo de 2022

D1, D1+E, D o D+E (Viajeros)

C1, C1+E, C o C+E (Mercancías)

Del 27 de enero al 16 de febrero, ambos inclusive

18 de mayo de 2022

D1, D1+E, D o D+E (Viajeros)

C1, C1+E, C o C+E (Mercancías)

Del 31 de marzo al 22 de abril, ambos inclusive

20 de julio de 2022

D1, D1+E, D o D+E (Viajeros)

C1, C1+E, C o C+E (Mercancías)

Del 2 al 23 de junio, ambos inclusive

28 de septiembre de 2022

D1, D1+E, D o D+E (Viajeros)

C1, C1+E, C o C+E (Mercancías)

Del 8 de agosto al 29 de agosto, ambos inclusive

23 de noviembre de 2022

D1, D1+E, D o D+E (Viajeros)

C1, C1+E, C o C+E (Mercancías)

Del 3 de octubre al 25 de octubre, ambos inclusive

Quinta.—Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, se expondrá, en el tablón de anuncios del Servicio de Atención Ciudadana y Calidad (sito en la c/ Coronel Aranda, s/n, planta plaza, Oviedo) y en la página web www.asturias.es, la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación, en el último caso, de la causa que motiva su exclusión. Los aspirantes excluidos, así como aquellos que no figuren en las listas o aparezcan con datos erróneos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de las listas provisionales, para formular las oportunas reclamaciones y subsanar los defectos observados.

Resueltas las reclamaciones y subsanados los defectos alegados, se publicará, en los lugares indicados anteriormente, el listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos con indicación, en el último caso, de la causa que motiva su exclusión.

En el caso de que no se produjeran reclamaciones en dicho plazo o no se apreciaran errores de oficio, las listas provisionales se entenderán automáticamente elevadas a definitivas.

Los aspirantes excluidos podrán solicitar los derechos de examen siempre que formulen la reclamación correspondiente en el plazo de un mes a partir de la publicación de la lista definitiva de excluidos.

Sexta.—Presentación a examen.

Los aspirantes admitidos deberán concurrir a las pruebas provistos de rotulador o bolígrafo azul o negro y del Documento Nacional de Identidad o documento oficial acreditativo de su identidad, en vigor. La falta de este último requisito motivará la inadmisión del aspirante a las mismas.

Séptima.—Estructura de las pruebas.

1. El examen constará de 100 preguntas tipo «test» y cada una contará con cuatro respuestas alternativas, sobre el contenido de las materias incluidas en el anexo I, letra A), sección 1.ª y secciones 2.ª o 3.ª según la clase de conducción a que se refiera.

Veinticinco de tales preguntas estarán referidas a la formación obligatoria específica regulada en el anexo I, letra A), sección 2.ª o sección 3.ª, según la clase de permiso de conducción a que se refiera.

El examen incluirá , en todo caso, al menos una pregunta relativa a cada uno de los objetivos enumerados en el anexo I, letra A) sección 1.ª y secciones 2.ª y 3.ª, teniendo en cuenta la clase de permiso de conducción a la que se refiera.

2. El tiempo para la realización del examen no será inferior a 2 horas.

3. Las respuestas correctas se valorarán con 1 punto y las erróneamente contestadas se penalizarán con 0,5 puntos negativos. Las preguntas no contestadas o con más de una respuesta no puntuarán positiva ni negativamente.

4. Para aprobar será necesario obtener una puntuación no inferior a la mitad del total de puntos posibles.

Octava.—Tribunales.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, poniéndolo en conocimiento de la Secretaría General Técnica de esta Consejería.

Se faculta al Tribunal para resolver cuantas dudas o incidencias se planteen durante el desarrollo de los ejercicios.

A efectos de comunicaciones el Tribunal tendrá su sede en la Dirección General de Transportes y Movilidad.

Novena.—Lista de aspirantes declarados aptos y plazo de reclamaciones.

Terminada la calificación de los ejercicios, el Tribunal publicará la relación provisional de aprobados en el tablón de anuncios del Servicio de Atención Ciudadana y Calidad (sito en la c/ Coronel Aranda, s/n, planta plaza, Oviedo) y en la página web www.asturias.es

Los aspirantes no incluidos en dicha relación dispondrán de un plazo de diez días hábiles para presentar las reclamaciones que estimen convenientes.

Una vez resueltas estas reclamaciones, el Tribunal publicará, en los lugares indicados anteriormente, la relación definitiva de aspirantes que hayan resultado aptos.

Contra el acto que aprueba la relación de aspirantes que han superado las pruebas podrá interponerse, además de cualquier otro que estime conveniente, recurso de alzada ante el titular de la Agencia Asturiana de Transportes y Movilidad, dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con el artículo 27 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.