OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO
Resolución de 23 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueba la bolsa de trabajo temporal de personal temporal de Responsables Digitales (Cuerpo Superior de Administradores-Especialistas en materia de Tecnologías de la Información y Gestión de Servicios Públicos Digitales), resultante del procedimiento extraordinario convocado por resolución de 4 de junio de 2021.
Por Resolución de 4 de junio de 2021, de da Dirección General de Función Pública, se convoca procedimiento extraordinario para la formación de una bolsa de trabajo de personal temporal de Responsables Digitales (Cuerpo Superior de Administradores-Especialistas en materia de Tecnologías de la Información y Gestión de Servicios Públicos Digitales), que se desarrolló con arreglo a las bases y anexo de baremación de méritos por la misma establecidos.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se reunió la comisión de valoración con fecha 10 de septiembre, levantando acta, donde se procede a verificar si los aspirantes han presentado su solicitud dentro del plazo establecido por la base cuarta de la convocatoria y a través del formulario electrónico específico. A tal efecto se coteja el listado que se ha extraído del Registro electrónico del Principado de Asturias. Dentro de ese listado existen varias solicitudes que, o bien no se han presentado por el Registro Electrónico del Principado de Asturias, o bien se han prestado en soporte papel. Se relacionan a continuación las solicitudes que no se han presentado usando el formulario web obligatorio:
Número anotación | Fecha anotación | Remitente |
---|
ENT20210517636 | 15/06/2021 11:38 | BERNARDO, ORTIZ, RUBEN |
ENT20210534012 | 21/06/2021 19:13 | FERNANDEZ ALVAREZ, DIEGO |
ENT20210535263 | 22/06/2021 11:17 | BELTRAN FERNANDEZ, JOSE |
Sobre la justificación de la exclusión, el artículo 16.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que “no se tendrán por presentados en el registro aquellos documentos e información cuyo régimen especial establezca otra forma de presentación” Igualmente, el artículo 37.4 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, establece que no se tendrán por presentados en el registro aquellos documentos e información cuyo régimen especial establezca otra forma de presentación. En estos supuestos, el órgano administrativo competente para la tramitación del procedimiento comunicará esta circunstancia al interesado e informará de los requisitos exigidos por la legislación específica aplicable.
La convocatoria decía expresamente lo siguiente:
De conformidad con lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario electrónico específico (con el código de solicitud: RRHH0076T01) disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias a la que se accede a través de la siguiente dirección https://sede.asturias.es/
El artículo 66 de la Ley 39/2015 refiere la facultad de la Administración para determinar en un procedimiento concreto modelos específicos de presentación de solicitudes y que están sean de uso obligatorio por los interesados. Ese modelo era electrónico y especialmente diseñado para este caso.
Por tanto, la convocatoria establecía un régimen especial de presentación a través de un formulario web que tiene la virtualidad de facilitar la gestión y recabar los datos de forma electrónica. Las bases del proceso son plenamente vinculantes para las aspirantes.
A mayor abundamiento, las solicitudes indicadas se han presentado a través del Registro Electrónico del Estado (REC) señalando el art. 38 del citado Real Decreto 203/2021 que el Registro Electrónico General de la Administración General del Estado se configura como el conjunto agregado de anotaciones que se practiquen por medio del servicio electrónico para la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones que no dispongan de modelos normalizados de presentación, independientemente de las Administraciones Públicas u organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes a las que vayan dirigidos. En este caso, existía un modelo normalizado de presentación en la sede electrónica del Principado de Asturias que no ha sido utilizado por los aspirantes afectados, porque lo que dichas solicitudes no pueden ser consideradas, ya que estamos ante un procedimiento de concurrencia competitiva.
Por tanto, se acuerda excluir las solicitudes siguientes:
Número anotación | Fecha anotación | Remitente |
---|
ENT20210517636 | 15/06/2021 11:38 | BERNARDO, ORTIZ, RUBEN |
ENT20210534012 | 21/06/2021 19:13 | FERNANDEZ ALVAREZ, DIEGO |
ENT20210535263 | 22/06/2021 11:17 | BELTRAN FERNANDEZ, JOSE |
Acto seguido, se procedió a verificar si el resto de los aspirantes cumplen los requisitos de participación establecidos en la base tercera de la convocatoria. Se señalan a continuación los candidatos que no cumplen requisitos de la titulación exigida en la convocatoria:
Nombre | Apellido 1 | Apellido 2 |
---|
Rubén | Bernardo | Ortiz |
Jhon Stiven | Ortega | Ramírez |
Angel | Purón | Celorio |
José | Ramos | González |
En el caso de Rubén Bernardo Ortiz, adicionalmente, no se ha presentado la solicitud de la forma establecida en la convocatoria.
Comprobados ambos extremos, se fijaron por la comisión de valoración los criterios de interpretación del baremo establecido en el anexo I de la convocatoria:
1. Experiencia profesional (hasta un máximo 60 puntos)
Las reglas establecidas en este apartado son los siguientes:
1. Se tendrá en cuenta los roles de director, consultor, responsable o nivel similar. Dentro del rol de nivel similar, se tendrá en cuenta la experiencia como jefe de proyecto.
2. No se tendrá en cuenta roles como analista, ingeniero software o similar.
3. La experiencia profesional que será objeto de valoración puede darse en cualquiera de los supuestos enumerados a continuación de acuerdo a la convocatoria:
a) Participación en procesos de transformación digital de organizaciones públicas y/o privadas, incluyendo las tecnologías en las que se han desarrollado ese proyecto y el rol participante.
b) Participación en procesos de innovación pública, social o corporativa, incluyendo las tecnologías en las que se han desarrollado ese proyecto y el rol participante.
c) Participación en el diseño e implementación en los servicios o plataformas digitales tanto dentro del sector público como del privado incluyendo las tecnologías en las que se han desarrollado ese proyecto y rol participante.
d) Gestión de proyectos y/o de equipos en materia TIC.
4. En el caso de que no se indique en los tres primeros supuestos anteriores la tecnología en la que se ha desarrollado el proyecto, se tendrá en cuenta si esa experiencia laboral encaja en el apartado de gestión de proyectos y/o de equipos en materia TIC en función de la descripción de la misma y de las tareas desempeñadas. Si no encaja en ese apartado, no se valorará.
5. En el caso de que el candidato alcance la máxima puntuación por alguna de las experiencias requeridas y disponga de otras experiencias valorables, no se valorarán salvo que por alguna duda planteada, sea necesario volver a revisar el CV.
2. Conocimientos (hasta un máximo 40 puntos)
Los criterios establecidos en este apartado son los siguientes:
1. Sobre los conocimientos en algunas de las siguientes tecnologías: JavaEE, .net, OracleDB, MySql, SqlServer, Linux o certificaciones relacionadas con esas tecnologías o funciones del puesto, se valoran cómo establece la convocatoria hasta un máximo de 20 puntos a razón de 0,01 por cada hora de formación impartida o recibida. Sobre ello, se acuerdan las siguientes reglas
— Se valorarán los cursos de formación impartidos o recibidos de las tecnologías indicadas en la convocatoria (JavaEE,.Net, OracleDB, MySql, SqlServer, Linux)
— No se valoraran cursos de ofimática, ni relacionados con la informática de usuarios dada la singularidad del puesto.
— Se valorarán las certificaciones de las tecnologías indicadas, siempre y cuando figuren las horas certificadas. Si no, no se valorarán.
— Se valorarán las certificaciones de tecnologías relacionadas con las funciones del puesto que incluyan las horas; las funciones del puesto son, de acuerdo a la convocatoria, las siguientes:
a) Diseñar y gestionar proyectos técnicos de analítica de datos, Big Data, IoT, IA, digitalización documental y, en general, de materia TIC.
b) Elaborar los pliegos de condiciones necesarios para desarrollar los servicios, responsabilizándose de los contratos correspondientes y llevar a cabo el seguimiento de la implantación.
c) Ser responsable de hacer la planificación y definir las tareas y áreas responsables que compongan al alcance total, así como aprobar el cierre de los proyectos y el paso a soporte. Se deberá reportar en las herramientas destinadas a tal efecto la evolución de los trabajos y buscar las fórmulas necesarias para superar las dificultades que puedan surgir.
2. Conocimiento de las metodologías de desarrollo ágiles y de entrega continúa (Scrum, PMP o metodologías ágiles): Hasta un máximo de 10 puntos según el grado de conocimiento que se demuestre.
— Se valorarán los cursos en materia de metodologías de desarrollo ágiles y de entrega continúa con la misma puntuación de los cursos de formación (0,01 por hora de formación impartida o recibida).
— Se valoraran los cursos en materia PMP con la misma puntuación de los cursos de formación (0,01 por hora de formación impartida o recibida).
— Se valoraran las certificaciones presentadas de metodologías ágiles con dos puntos por cada certificación oficial.
— Si la certificación es PMP, se valorará en el apartado específico correspondiente (apartado de certificaciones de proyecto).
3. Conocimientos en materia de Administración digital (realización o docencia de cursos sobre administración electrónica, administración digital o servicios públicos digitales) Hasta un máximo de 5 puntos (0,01 por cada hora de formación impartida o recibida).
— Se valorarán los cursos relacionados con Administración digital tales como cursos sobre el procedimiento electrónico, construcción de servicios electrónicos, formularios electrónicos, plataformas electrónicas de la Administración, documento electrónico, firma digital, certificados digitales, Protección de datos, Seguridad TIC, Esquema Nacional de Interoperabilidad, Esquema Nacional de Seguridad…
4. Certificaciones en materia de gestión de proyectos. Hasta un máximo de 5 puntos según el grado de conocimiento que se demuestre.
— Se valoraran cada certificación en materia de gestión de proyectos con cuatro puntos dada la dificultad y complejidad de disponer de este tipo de certificación.
— Se valora específicamente el master de gestión de proyectos o similar con tres puntos.
— En relación a las certificaciones de ITIL, se agruparan en tres niveles con sus correspondientes puntuaciones:
i. ITIL Foundation: un punto
ii. ITIL intermedios: dos puntos
iii. ITIL Master: tres puntos
— Certificaciones de ISO se valoran con dos puntos
En la distribución de los puntos, se tiene en cuenta la dificultad de la obtención de la certificación teniendo en cuenta el general conocimiento de los expertos que trabajan en la materia (discrecionalidad técnica)
3. Titulación académica (hasta un máximo de 10 puntos):
En materia de titulaciones, la convocatoria establece lo siguiente:
a) Ingeniería Superior Informática, Industrial o Telecomunicaciones (3 puntos por cada titulación).
b) Licenciatura en matemáticas o físicas (2 puntos por cada titulación).
c) Grado en Ingeniería de Tecnologías y Servicios de Telecomunicación, Grado en Ingeniería Informática, Grado en Física, Grado en Ingeniería Industrial, Grado en Ciencia de Datos e Inteligencia Artificial, Grado en Ingeniería y Sistemas de Datos, Grado en Sistemas de Información, Grado en Matemáticas e Informática (3 puntos por cada titulación).
d) Máster Universitario en Gestión de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Máster Universitario en Ingeniería Informática, Máster Universitario en Seguridad de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (2,5 puntos por cada uno de ellos).
El problema planteado fundamentalmente en este caso está con las equivalencias entre ingenierías técnicas informáticas con grado. A este respecto, el apartado 1 del artículo 27 del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado establece que: “la posesión del nivel MECES correspondiente por un titulado o titulada quedará acreditada con la mera referencia de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, presentada de forma conjunta con el título der que se trate”.
A este respecto, se han localizado los acuerdos del Consejo de Ministerios de homologación de las ingenierías técnicas informáticas y que son las siguientes:
A. Resolución de 4 de mayo de 2015, de la Dirección General de Política Universitaria, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de abril de 2015, por el que se determina el nivel de correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas.
B. Resolución de 4 de mayo de 2015, de la Dirección General de Política Universitaria, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de abril de 2015, por el que se determina el nivel de correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión.
En sendas Resoluciones se hace la equiparación tanto de los ingenieros técnicos informáticos de sistemas o de gestión al nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior. En consecuencia, todos los ingenieros técnicos informáticos de sistemas o de gestión, por aplicación del artículo anterior y en consonancia con los acuerdos del Consejo de Ministros indicados, van a ser considerados grado sin perjuicio de la comprobación del título a los seleccionados por parte de la Dirección General de Función Pública. Para otras titulaciones, habrá que ver si disponen del mismo acuerdo del Consejo de Ministros. Y respecto al nivel 3 MECES, la puntuación de 3 puntos para las ingenierías superiores indicadas en la convocatoria ya reconocen su valor por encima de las demás.
Por lo demás se valoraran los grados indicados en la convocatoria con la puntuación correspondiente (2 puntos) y los master indicados con las puntuaciones señaladas y que pueden ser acumulativas (2,5 puntos cada master). Los aspirantes que no tengan ni esos grados, ni esos masters cumplen los requisitos para participar en el proceso pero su titulación no obtiene puntuación adicional en este apartado.
A continuación, se procedió a baremar, de conformidad con lo establecido en la base Sexta de la convocatoria, los méritos de los siguientes aspirantes admitidos al referido proceso selectivo:
Nombre | Apellidos |
---|
Laura | Alonso | Álvarez |
Óscar Jesús | Álvarez | Cano |
Javier | Álvarez | Fuente de la |
Javier | Álvarez | Hernández |
Paulino | Álvarez | Ondina |
Jesús | Álvarez | Rodríguez |
M. Antonia | Álvarez | Rodríguez |
Maria Susana | Álvarez | Suárez |
Abraham | Álvarez | Varela |
Guillermo | Arce | Poyal |
David | Arenzana | Rámila |
Noemí | Ares | Blanco |
David | Arias | Franco |
Manuel | Aybar | García-Arango |
José Carlos | Bermejo | Sagrado |
Carlos | Blanco | Estévanez |
Luis Antonio | Cancio | Lastra |
Gabriel Damián | Car | Giles |
Sergio Alejandro | Deustua | Jochamowitz |
Eduardo | Díaz | Álvarez |
Hugo | Díaz | García |
Cristina | Díaz | Molina |
Alberto | Díez | Cotillo del |
Diego | Fernández | Álvarez |
Amelia | Fernández | Braña |
David | Fernández | Gayo |
Maria Cristina | Fernández | López |
Pablo | Fernández | Ordiz |
Jaime | Fernández | Suárez |
Marco Antonio | Fernández | Valledor |
Jose Antonio | Fuente de la | Alonso |
Oliva | García | Braña |
Christian | García | Fernández |
Vanesa | García | Fernández |
Maria Teresa | García | García |
Dolores | García | García |
Ana | García | Giadas |
Oliver | García | González |
Gloria Alexia | García | Gutiérrez |
Manuel José | García | Rodríguez |
Jose Antonio | García | Suárez |
Arabela | García | Costales |
Maria Paz | Garrido | Andrés |
David | Garrido | Hernández |
Carlos Tristan | González | Álvarez |
Maria | González | Arias |
Maria Jose | González | Bobes |
Ricardo | González | Campuzano |
Carlos | González | Díaz |
Felipe | González | Garcia |
M.ª Teresa | González | González |
José Manuel | González | Rodríguez |
Raquel | Gracia | Fernández |
Magally Violeta | Guarnizo | Poma |
Andrea | Gutiérrez | Mato |
Alberto Jose | Hevia | López |
Lucía | Huergo | Estrada |
Daniel | Iglesias | Gonsalvez |
Julio Fernando | León De | Suárez |
Maria Belen | López | Fernández |
Abel | López | Mira |
M Begoña | López | Natural |
Lorena | López | Suárez |
Iyán | López | Vega |
Rubén | Luque | Lodeiro |
Jesus | Maroto | Fernández |
Maria Montserrat | Martín | Escribano |
Darío | Martín | Iglesias |
Cristina | Martín | Rey |
Jaime | Martínez | Fernández |
Pablo | Martínez | Frutos |
Susana | Martínez | López |
Ana Belén | Martínez | Riestra |
Luis M. | Martínez | Rodríguez |
Ángel Adrián | Medina | Fernández |
Alejandro | Méndez | Reiriz |
Eduardo Tomás | Menéndez | Fernández |
Gonzalo | Menéndez | González |
Ignacio | Menéndez | Novella |
Luis Javier | Menéndez | Tascón |
Rubén | Menes | Hevia |
Fernando | Milla | Fernández |
David | Miranda | Mora |
Celia | Montes | Schumann |
Cristina | Monteserín | González |
Francisco | Moris | Martín |
Inmaculada | Moro | Abando |
Carmen | Moya | Rubiera |
Agustín | Orviz | Camblor |
David | Otero | Álvarez |
Marcos | Pajón | Ferreiro |
Pamela | Panda | Llano |
Eduardo | Peinado | Abarrio |
M.ª Luisa | Pereira | Díaz |
Rocío | Pérez | Alonso |
Miguel Florencio | Pérez | Pérez |
Joel | Pevida | Menéndez |
Verónica | Poo | Belandia |
Diego Francisco | Pozo | Ayuso |
Santiago | Prendes | Martínez |
Clotilde | Reguera | Pousibet |
Gabriel | Reguero Del | García |
Juana M.ª | Robles | Rivadulla |
Mar | Rodríguez | Medina |
Benigno | Rodríguez | Payo |
Gema | Sacristán | García |
Roberto | Saiz | Fernández |
René | Sánchez | Corredoiras |
Aida | Sariego | Fueyo |
Maria Esther | Secades | Álvarez |
Rodrigo | Serrán | Vives |
José Javier | Siguenza | Samartino |
Paul | Sordo | Corrales |
Pelayo | Suárez | Do Santos |
Guillermo | Suárez | Monjardín |
Estefania | Suárez | Santamaría |
Fernando | Testón | González |
Silvia | Ugarteburu | Gimeno |
Santiago | Vázquez | Caldevilla |
Maria Esperanza | Vega | Dacosta |
David | Vega | Llera |
Cynthia | Vidal | Aguirre |
La Comisión de Valoración valida el documento de enumeración de méritos de cada participante elaborado por la DGSED conforme al currículum aportado por los aspirantes, sobre el que se aplican los criterios de valoración de méritos acordado conforme al baremo de la convocatoria, y las consultas a través de las plataformas de intermediación de datos de los documentos necesarios conforme a la base cuarta de la convocatoria.
De conformidad con la base sexta, el orden de los candidatos en la Bolsa de Trabajo, que se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, se determinará por la puntuación máxima total obtenida por la aplicación del mencionado baremo. En caso de empate, la prioridad se determinará por aplicación de los criterios fijados en el apartado 3 del artículo 4 del Decreto 206/2019, de 27 de diciembre, por el que se regula el acceso con carácter temporal al empleo público de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos, que son los siguientes:
a) Mayor experiencia en el correspondiente cuerpo o escala de personal funcionario, o sistema de clasificación profesional correspondiente para personal laboral en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos, a la fecha de publicación de la relación final de aprobados en el correspondiente proceso selectivo.
b) Si persistiese el empate, la prioridad se determinará por el aspirante de mayor edad.
Por ello, la Comisión de Valoración ha propuesto elevar al Director General de Función Pública, el siguiente orden de valoración de candidatos:
Nombre | Primer apellido | Segundo apellido |
---|
Hugo | Díaz | García |
José Carlos | Bermejo | Sagrado |
Fernando | Milla | Fernández |
Jaime | Martínez | Fernández |
Cristina | Díaz | Molina |
David | Otero | Álvarez |
Maria Susana | Álvarez | Suárez |
Raquel | Gracia | Fernández |
Oliver | García | González |
Paul | Sordo | Corrales |
M.ª Teresa | González | González |
M.ª Carmen | Viejo | Vigil |
Dario | Martín | Iglesias |
Eduardo | Díaz | Álvarez |
Paulino | Álvarez | Ondina |
Lucia | Huergo | Estrada |
Clotilde | Reguera | Pousibet |
Jesus | Maroto | Fernández |
Juana M.ª | Robles | Rivadulla |
Jose Antonio | Fuente de la | Alonso |
Cristina | Monteserín | González |
Celia | Montes | Schumann |
Julio Fernando | León de | Suárez |
Maria Montserrat | Martín | Escribano |
Abraham | Álvarez | Varela |
Santiago | Prendes | Martínez |
Óscar Jesús | Álvarez | Cano |
Roberto | Saiz | Fernández |
Carmen | Moya | Rubiera |
Pablo | Fernández | Ordiz |
Jose Antonio | García | Suárez |
René | Sánchez | Corredoiras |
Oliva | García | Braña |
David | Arias | Franco |
Ana Belen | Martínez | Riestra |
Alberto | Díez | Cotillo del |
Gloria Alexia | García | Gutiérrez |
Maria Jose | González | Bobes |
Alberto Jose | Hevia | López |
Daniel | Iglesias | Gonsalvez |
Amelia | Fernández | Braña |
David | Garrido | Hernández |
Arabela | García | Costales |
Magally Violeta | Guarnizo | Poma |
Luis M | Martínez | Rodríguez |
Abel | López | Mira |
Francisco | Moris | Martín |
Gabriel Damian | Car | Giles |
Agustín | Orviz | Camblor |
Eduardo Tomás | Menéndez | Fernández |
Ainhoa | Villate | Robles |
Manuel | Aybar | García-Arango |
Diego | Fernández | Álvarez |
Vanesa | García | Fernández |
Gema | Sacristán | García |
Manuel José | García | Rodríguez |
Maria Teresa | García | García |
Diego Francisco | Pozo | Ayuso |
Verónica | Poo | Belandia |
Javier | Álvarez | Hernández |
Lorena | López | Suárez |
Alejandro | Méndez | Reiriz |
Rodrigo | Serrán | Vives |
José Javier | Siguenza | Samartino |
David | Fernández | Gayo |
Benjamin | Villaverde | Terrón |
M Antonia | Álvarez | Rodríguez |
Javier | Álvarez | Fuente de la |
José Manuel | González | Rodríguez |
Noemí | Ares | Blanco |
Carlos | Blanco | Estévanez |
Maria Esther | Secades | Álvarez |
Pamela | Panda | Llano |
Marcos | Pajón | Ferreiro |
Diego | Zapico | Ferreiro |
M Begoña | López | Natural |
David | Vega | Llera |
Pablo | Martínez | Frutos |
Carlos Tristan | González | Álvarez |
Maria Belen | López | Fernández |
Susana | Martínez | López |
Luis Javier | Menéndez | Tascón |
Laura | Alonso | Álvarez |
Rubén | Menes | Hevia |
Gonzalo | Menéndez | González |
Ángel Adrián | Medina | Fernández |
Jaime | Fernández | Suárez |
Christian | García | Fernández |
M.ª Luisa | Pereira | Díaz |
Carlos | González | Díaz |
Marco Antonio | Fernández | Valledor |
Ruben | Luque | Lodeiro |
Santiago | Vázquez | Caldevilla |
Gabriel | Reguero del | García |
Cynthia | Vidal | Aguirre |
Ricardo | González | Campuzano |
David | Miranda | Mora |
David | Arenzana | Rámila |
Inmaculada | Moro | Abando |
Ignacio | Menéndez | Novella |
Cristina | Martín | Rey |
Eduardo | Peinado | Abarrio |
Maria (2) | González | Arias |
Mar | Rodríguez | Medina |
Jesus | Álvarez | Rodríguez |
Guillermo | Suárez | Monjardín |
Luis Antonio | Cancio | Lastra |
Felipe | González | Garcia |
Maria Esperanza | Vega | Dacosta |
Benigno | Rodríguez | Payo |
Fernando | Testón | González |
Rocio | Pérez | Alonso |
Ana | García | Giadas |
Aida | Sariego | Fueyo |
Iyan | López | Vega |
Joel | Pevida | Menéndez |
Guillermo | Arce | Poyal |
Silvia | Ugarteburu | Gimeno |
Dolores | García | García |
Andrea | Gutiérrez | Mato |
Pelayo | Suárez | Do Santos |
Miguel Florencio | Pérez | Pérez |
Estefania | Suárez | Santamaría |
Sergio Alejandro | Deustua | Jochamowitz |
Maria Paz | Garrido | Andrés |
José | Ramos | González |
Maria Cristina | Fernández | López |
En consecuencia, de conformidad con lo anterior,
RESUELVO
Primero.—La aprobación de la bolsa de trabajo temporal de personal temporal de Responsables Digitales (Cuerpo Superior de Administradores- especialistas en materia de Tecnologías de la Información y Gestión de Servicios Públicos Digitales)que se adjunta como anexo a la presente resolución.
Segundo.—La publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el Portal de Transparencia.
Tercero.—La declaración de que este acto no pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo cabe la interposición de un recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático en el plazo de un mes desde la publicación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 27 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otra acción que estimen oportuna.
En Oviedo, a 23 de septiembre de 2021.—El Director General de Función Pública.—Cód. 2021-08669.
Anexo
Puntuación total y orden de bolsa
Ver boletin en PDF para consultar la tabla