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Boletín Nº 166 del viernes 27 de agosto de 2021

AYUNTAMIENTOS

DE ALLER

Anuncio. Extracto de las bases reguladoras y de la convocatoria de subvenciones en régimen de concesión directa del Ayuntamiento de Aller al sector económico local afectado por la crisis sanitaria de la COVID-19.

BDNS (Identif.): 580217.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/580217).

Primero.—Beneficiarios/as.

Podrán solicitar la concesión de subvenciones todas aquellas personas trabajadores/as autónomos/as, comunidades de bienes y microempresas, que ejerzan su actividad en establecimiento comercial permanente, ubicado el concejo de Aller, o que sin contar con establecimiento comercial permanente desarrollen actividades de las comprendidas en los Epígrafes 501.3, 504.1, 504.3, 505.5, 505.6, 939.9 y 967.2 del Impuesto sobre Actividades Económicas, según el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, o que resulten titulares de licencia de auto taxi otorgada por el Ayuntamiento de Aller.

Segundo.—Objeto y finalidad.

Es objeto de estas bases aprobar las normas reguladoras de la concesión directa de ayudas urgentes destinadas a trabajadores/as autónomos/as, comunidades de bienes y microempresas, bien personas físicas o jurídicas, que ejerzan su actividad en establecimiento comercial permanente, ubicado el concejo de Aller, o que sin contar con establecimiento comercial permanente desarrollen actividades de las comprendidas en los epígrafes 501.3, 504.1, 504.3, 505.5, 505.6, 939.9 y 967.2 del impuesto sobre actividades económicas, según el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, o que resulten titulares de licencia de auto taxi otorgada por el Ayuntamiento de Aller, y cuyas actividades económicas hayan quedado suspendidas o se hayan visto afectadas como consecuencia de la aplicación de las medidas generales y especiales adoptadas para la contención de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19.

Tercero.—Bases.

A la vista de las razones de interés público, social y económico expuestas y conforme a lo previsto en los artículos 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 67 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la misma, se aprueben las bases y convocatoria reguladoras para la concesión directa de ayudas destinadas a las personas trabajadoras autónomas, autónomas colaboradores o comunidades de bienes y microempresas que se hayan visto afectadas como consecuencia de la aplicación de las medidas generales y especiales adoptadas para la contención de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19.

Cuarto.—Cuantía de la subvención.

El importe de cada ayuda se distribuirá según los siguientes criterios:

— Línea I): Beneficiarios que ejerzan su actividad en establecimiento comercial permanente.

Cuota única de 750 €, por beneficiario.

— Línea II) Beneficiarios, que figurando en el censo IAE, en los epígrafes indicados en el artículo 2 de estas bases, no cuenten con local afecto a la actividad y titulares de licencia de auto taxi.

Cuota única de 600 €, por beneficiario.

Quinto.—Lugar y plazo de presentación.

El procedimiento se iniciará mediante la presentación de la solicitud y demás documentos exigidos en esta convocatoria en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA).

La presentación de la solicitud de ayuda fuera de plazo será causa de inadmisión.

Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Aller, presencialmente el Registro General o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo LPACAP).

Cabañaquinta, a 18 de agosto de 2021.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2021-08002.