AYUNTAMIENTOS
DE RIOSA
Anuncio. Delegación de funciones de Alcaldía en el Primer Teniente de Alcalde durante los días 9 de agosto a 19 de agosto de 2021.
La Sra. Alcaldesa-Presidenta, con fecha 6 de agosto de 2021,
Ha dictado la siguiente
Resolución
Estableciendo en el artículo 42 y siguientes del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/86 de 28 de noviembre, que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto a tales, sustituir en la totalidad de las funciones y por el orden de su nombramiento. Las funciones de Alcalde/sa no podrán ser asumidas por el Teniente de Alcalde a quien corresponda sin expresa delegación, que reunirá los requisitos de los número 1 y del artículo 44.
El artículo 43.5 establece que las delegaciones especiales pueden ser de tres tipos, las relativas a un proyecto o asunto determinado. En este caso la eficacia de la delegación, que podrá contener todas las facultades delegables del Alcalde/sa, incluida la de emitir actos que afectan a terceros, se limitará al tiempo de gestión o ejecución del proyecto.
Teniendo previsto ausentarse la titular de esta Presidencia del día 9 de agosto al día 19 de agosto de 2021, ambos inclusive, por disfrute de período vacacional, en ejercicio de las facultades a mi reconocidas en el artículo 44 del ROF y la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO
Primero.—Delegar en el primer Teniente de Alcalde don Oliverio Alonso Álvarez, la totalidad de las funciones de la Alcaldía en los términos del artículo 23.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, desde el día 9 de agosto al día 19 de agosto de 2021.
Segundo.—La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.—El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía de la citada gestión tal y como se prevé en el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Cuarto.—La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación.
Quinto.—La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, dándose cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que esta celebre.
Sexto.—En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
En La Vega, sede del Ayuntamiento de Riosa.—La Alcaldesa.—Cód. 2021-07834.