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Boletín Nº 126 del jueves 01 de julio de 2021

AYUNTAMIENTOS

DE GIJÓN

Anuncio. Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno de 22 de junio de 2021, del Ayuntamiento de Gijón, por el que se aprueba la convocatoria y las bases específicas reguladoras de incentivos para las áreas empresariales públicas del municipio de Gijón 2021.

BDNS (Identif.): 571737.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/571737).

Primero.—Entidades beneficiarias.

A efecto de la presente convocatoria y bases específicas reguladoras, podrán ser beneficiarias de estas ayudas:

Las asociaciones empresariales y entidades de gestión de las áreas empresariales e industriales de titularidad pública del municipio de Gijón:

— Con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro.

— Con domicilio social y centro de trabajo en Gijón.

— Cuyo objeto social, entre otros, sea la realización de actividades destinadas a solventar las carencias en las infraestructuras empresariales o su mantenimiento, así como centralizar y dar cauce al conjunto de las demandas y necesidades de todas las empresas situadas en su área de actuación.

Segundo.—Finalidad.

La finalidad de esta convocatoria y bases específicas de ayudas es el impulso de las entidades de gestión colectiva y la realización de actuaciones dirigidas a mantener y mejorar las condiciones de servicio en las áreas empresariales e industriales de titularidad pública del municipio de Gijón, relativas al mantenimiento y conservación, limpieza e iniciativas que redunden en la calidad de los servicios que se prestan a las empresas instaladas en dichos espacios.

Se persigue específicamente:

— Mantener un canal permanente de comunicación entre la administración y las asociaciones empresariales.

— Favorecer el conocimiento del estado de conservación de cada polígono con el detalle de las mejoras a abordar.

— Permitir el diseño de un plan de mejoras en los polígonos industriales en materia de alumbrado, limpieza, seguridad, viales, ajardinamiento, señalización, etc.

En todo caso, las actuaciones serán de interés para el conjunto del área industrial o empresarial, que beneficie a la colectividad, quedando expresamente excluidas las solicitudes que carezcan de este carácter global, aun cuando pudieran ser susceptibles de beneficiar a empresas individualmente.

Tercero.—Convocatoria y bases específicas reguladoras.

Convocatoria y bases específicas reguladoras de subvenciones Incentivos para las Áreas Empresariales Públicas del municipio de Gijón 2021.

Cuarto.—Crédito presupuestario e importe.

El crédito presupuestario para el ejercicio 2021 es de 85.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria D10.43300.480.30 Promoción Económica, Empleo, Turismo y Comercio Local. Desarrollo Empresarial. A familias e Instituciones sin fines de lucro. Ayudas Promoción y Desarrollo Empresarial del Centro Municipal de Empresas de Gijón, S. A.

Para estimar la cuantía de la ayuda de los proyectos seleccionados, se tendrán en cuenta dos variables:

— Superficie del polígono o área empresarial.

— Número de asociados de cada una de las entidades beneficiarias.

En función de estas dos variables se otorga una puntuación, conforme la tabla 1 que aparece a continuación:

Tabla 1

Superficie en m²

Puntos

N.º de asociados

Puntos

≤250.000 m²

2

≤25

2

>250.000-≤500.000 m²

4

>25-≤50

4

>500.000-≤ 1.000.000 m²

6

>50-≤75

8

>1.000.000 m²- ≤ 1.250.000 m²

8

>75-≤100

16

Más de 1.250.000 m²

16

Más de 100

32

La suma de los puntos obtenidos será la que determine la cuantía máxima de la subvención, según la tabla 2 que aparece a continuación:

Tabla 2

Puntuación obtenida según tabla 1

Cuantía de la ayuda

Hasta 5 puntos

2.500 euros

De 6 a 10 puntos

5.000 euros

De 11 a 20 puntos

10.000 euros

De 21 a 30 puntos

20.000 euros

De 31 a 40 puntos

40.000 euros

Más de 40 puntos

60.000 euros

El importe máximo de la ayuda supondrá el 85% del coste total del proyecto. El 15% restante será por cuenta de la entidad beneficiaria.

No se considerarán proyectos con gastos elegibles superiores a 70.588,24 €.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán en el plazo máximo de 15 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria y bases específicas en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Sexto.—Solicitud y documentación a aportar.

Solicitud:

La solicitud de ayuda se formulará conforme a modelo oficial de solicitud y se acompañará de los documentos especificados en el mismo.

Los modelos y anexos están disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento de Gijón/Xixón en el siguiente enlace:

https://www.gijon.es/es/listado_ayudas?field_organismo_ayudas=Centro%20Municipal%20de%20Empresas

Documentación:

1. Las solicitudes deberán presentarse acompañadas por los siguientes Anexos:

Anexo I. Datos del proyecto. En el mismo se contendrá la Memoria explicativa del proyecto a desarrollar, y deberá acompañarse de toda la documentación complementaria que se indica.

La Memoria deberá desarrollarse según el índice que se indica, con una extensión máxima de 10 páginas y tamaño de letra no inferior a 10 puntos. En caso de sobrepasar ese límite, únicamente se tendrán en cuenta las 10 primeras páginas.

Anexo II. Presupuesto. En el mismo se incluirá el detalle económico del proyecto a desarrollar.

Lugar de presentación.

La presentación de la solicitud, así como la documentación complementaria, se realizará en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En este sentido, dicha norma establece la obligación de las personas jurídicas de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de los trámites administrativos.

La solicitud, junto a la documentación requerida, así como la documentación relativa a la justificación podrá presentarse:

— A través de la Oficina Virtual de la página web del Ayuntamiento de Gijón/Xixón en el siguiente enlace https://www.gijon.es/es/listado_ayudas?field_organismo_ayudas=Centro%20Municipal%20de%20Empresas

— El/la interesado/a deberá acreditar su identidad mediante la tarjeta ciudadana o mediante los certificados electrónicos admitidos en la sede electrónica municipal, entre los que se encuentra el DNI electrónico.

— Asimismo se podrá presentar a través de los Registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

— Por cualquiera de los medios regulados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 anteriormente referida.

En caso de presentación presencial, será requerido por el órgano instructor para que subsane mediante la presentación electrónica. A estos efectos, se considera como fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la subsanación, por lo que la subsanación realizada fuera del plazo específico concedido al efecto en la convocatoria, supondrá la exclusión de la solicitud por extemporaneidad.

En Gijón, a 24 de junio de 2021.—La Concejalía Secretaria Delegada de la Junta de Gobierno Local.—Cód. 2021-06497.