OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE HACIENDA
Resolución de 31 de julio de 2020, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2021.
La elaboración de los Presupuestos Generales para 2021 se enmarca en un escenario de gran incertidumbre derivada de la crisis sanitaria generada en 2020 por la pandemia del COVID-19. Las consecuencias económicas derivadas de la paralización de la actividad en la mayor parte de los sectores económicos y el aumento de las necesidades derivadas de la pandemia en la prestación de los servicios públicos fundamentales, tendrán su efecto, previsiblemente, en el ejercicio 2021 y siguientes, mediante una reducción de los recursos percibidos del sistema de financiación autonómica y del resto de transferencias procedentes del Estado y mediante un aumento del gasto público en aquellas políticas dirigidas a minimizar el impacto de la crisis sanitaria tanto a nivel social como económico.
El marco normativo que regula la elaboración de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias lo configuran el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio, y la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
El proceso de elaboración de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2021 se inicia mediante la resolución que aprueba las normas en las que se fija su ámbito de aplicación, la estructura del presupuesto de la Administración General y del resto del sector público, los criterios generales a los que se debe ajustar la elaboración del anteproyecto, sus procedimientos y plazos.
La presente resolución prevé su entrada en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, con el fin de que se inicie a la mayor brevedad posible el procedimiento para la aprobación del próximo presupuesto.
En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, el artículo 21 del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias, aprobado por Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, el artículo 21 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración, el Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma y el Decreto 80/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Hacienda, modificado por Decreto 36/2020, de 2 de julio,
DISPONGO
Artículo único.—Aprobación de las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2021.
Se aprueban las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2021, que se incorporan como anexo a la presente resolución.
Disposición adicional única.—Autorización a la Dirección General competente en materia de presupuestos.
Se autoriza a la Dirección General competente en materia de presupuestos, durante el proceso de elaboración del presupuesto para:
a) Desarrollar e interpretar las presentes normas, a cuyos efectos podrá dictar las aclaraciones que resulten necesarias para su aplicación.
b) Adecuar las clasificaciones funcionales, orgánicas y económicas de ingresos y de gastos a la estructura puesta de manifiesto en el proceso de elaboración de los Presupuestos.
c) Modificar, de acuerdo con la Intervención General del Principado, los criterios de imputación del gasto cuando se considere necesario.
d) Recabar de los centros gestores incluidos en el ámbito de aplicación de las presentes normas, los informes y estados justificativos necesarios para determinar con exactitud su realidad económico-financiera.
Disposición final única.—Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
En Oviedo, a 31 de julio de 2020.—La Consejera de Hacienda, Ana Cárcaba García.—Cód. 2020-06301.
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