Boletín Nº 233 del sábado 07 de octubre de 2017
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
DE PRAVIA NÚMERO 1
Edicto. Divorcio contencioso 385/2016.
Cédula de notificación
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la representación de don César López Pérez contra doña Roberta Alves Da Silva y, en su consecuencia, decreto la disolución, por causa de divorcio, del matrimonio por ellos formado con todos los efectos legales a ello inherentes.
Cada parte habrá de asumir las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella podrán interponer recurso de apelación, el cual habrá de ser preparado, en su caso, mediante escrito presentado, ante este Juzgado, en el plazo de los 20 días siguientes al en que se notifique esta resolución.
Firme la presente, expídase testimonio para su anotación marginal en la inscripción del matrimonio en el Registro Civil de Pravia (Asturias).
Así, por esta mi sentencia, juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Roberta Alves Da Silva, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Pravia, a 1 de septiembre de 2017.—El/La Letrado de la Administración de Justicia.—Cód. 2017-10606.