AYUNTAMIENTOS
DE CANGAS DEL NARCEA
Anuncio. Padrón de basura rural correspondiente al ejercicio 2017.
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El Alcalde, por Resolución de fecha 20 de septiembre de 2017 aprobó el Padrón de basura rural correspondiente al ejercicio 2017.
El padrón se expone al público para su examen en las oficinas de Tesorería de este Ayuntamiento desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, hasta el último día del plazo de ingreso en período voluntario de cobranza.
Se fija como plazo de ingreso en período voluntario de cobranza el comprendido entre los días 21 de septiembre de 2017 y el 21 de noviembre de 2017.
El presente anuncio tiene los efectos de notificación colectiva (art. 124.3 de la Ley General tributaria).
Contra las liquidaciones del presente padrón y conforme disponen los artículos 108 de la Ley 7/85 de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 14.2 de la Ley 39/88 de 28 de diciembre reguladora de las Haciendas Locales, en concordancia con la Disposición Adicional 5 de la Ley 30/92 y el Rea l Decreto 803/1993 los interesados podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación expresa o al del período de finalización del período de exposición pública del padrón.
Contra la denegación expresa o tácita del recurso de reposición podrá interponerse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo recurso contencioso-administrativo en los siguientes plazos:
— Dos meses contados desde el día siguiente a la notificación o publicación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición.
— Seis meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto art.46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el caso de que el recurso de reposición no se resolviera de forma expresa.
La interposición del recurso de reposición no detiene, en ningún caso la acción administrativa para la cobranza a menos que el interesado solicite dentro del plazo para interponer recurso la suspensión de la ejecución del acto impugnado conforme a lo dispuesto en el art. 14 de la Ley 39/1998 de 28 de diciembre reguladora de las Haciendas locales.
Con independencia de lo anterior, el interesado podrá también solicitar de la Administración Pública la revocación de los actos, la rectificación de errores materiales y de hecho o aritméticos e interponer cualquier otro recurso que estime pertinente (arts. 89 y 105 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre).
Cangas del Narcea, a 20 de septiembre de 2017.—El Alcalde.—Cód. 2017-10498.