AYUNTAMIENTOS
DE LAVIANA
Anuncio relativo a la aprobación definitiva del estudio de detalle de la zona de desarrollo condicionado a E.D. del PERI ND-4 en Pola de Laviana
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 25 de septiembre de 2008, tras la correspondiente tramitación y en atención a lo dispuesto en la normativa aplicable, en concreto los arts. 70, 92, 96 y 97 del Decreto Legislativo 1/2004 de 22 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, adoptó acuerdo en cuya parte dispositiva se dice:
“Primero.—Aprobar definitivamente el estudio de detalle de la zona de desarrollo condicionado a E.D. del PERI ND-4 en Pola de Laviana, redactado por el Sr. Arquitecto don Julio Valle Alonso presentado en fecha 17 de marzo de 2008 (Registro de entrada n.º 1633) por la empresa Construcciones Díaz Norte, S.A., con las modificaciones de los planos 2, 3, 4, 5, 6 y 7 y Cuadro General de aprovechamientos computables, presentados en fecha 16 de mayo de 2008 (Registro de entrada n.º 2812), en los términos de su aprobación inicial por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 4 de junio de 2008.
Segundo.—Reiterar al interesado, respecto del documento denominado Texto Refundido del Plan Especial, que el mismo únicamente incluye una memoria y el articulado de las Ordenanzas urbanísticas. No se puede considerar por ello un texto refundido, el cual debe incluir toda la documentación del Plan desde su aprobación inicial, incluyendo todos los apartados y anexos así como los planos correspondientes, integrando la nueva ordenación derivada del estudio de detalle aprobado.
Tercero.—Proceder a cumplimentar el trámite de publicación del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias, comunicándolo a los interesados. Igualmente se dispone su remisión a la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, acompañando dos ejemplares del estudio de detalle aprobado, debidamente diligenciados junto con los planos que lo componen.”
Lo que se hace público a los efectos oportunos (art. 97 del Decreto Legislativo 1/2004 de 22 de abril), haciendo saber que contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano administrativo que lo hubiere dictado en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Oviedo que por turno corresponda (o si se trata de la impugnación de cualquier clase de instrumentos de planeamiento urbanístico, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias), en el plazo de dos meses; en ambos casos, el plazo que se dice se contará a partir del día siguiente al de la fecha de recepción de la notificación y/o de la publicación de este acuerdo (artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; y artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Si opta por la interposición del recurso de reposición se le advierte:
Que no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Que transcurrido el plazo de un mes, desde su presentación, sin que se hubiera notificado la resolución se entenderá desestimado, a los efectos de interponer el recurso contencioso-administrativo.
Que contra la resolución del recurso de reposición podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, ante el órgano de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa antes citado, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, si fuera expresa y, si no lo fuera, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a aquél en que se produzca la desestimación presunta.
Todo ello sin perjuicio del derecho a interponer, cualquier otro recurso que se estime procedente.
Se deja constancia asimismo de que la presente publicación cumple los efectos de notificación personal, para aquellos supuestos en los que ésta no pudiera practicarse personalmente a los interesados (conforme a lo dispuesto por el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Pola de Laviana, a 2 de octubre de 2008.—El Alcalde-Presidente.—19.331.