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Boletín Nº 271 del sábado 22 de noviembre de 2003

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERIA DE CULTURA, COMUNICACION SOCIAL Y TURISMO

En recurso contencioso-administrativo número procedimiento abreviado 3/2002, interpuesto ante la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias por don Segundo Alonso Ramos, representado por el Procurador don Ignacio Sal del Río Ruíz y dirigido por la Letrada doña Guiomar García Llano, contra la Consejería de Educación y Cultura del Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Tineo y don Francisco Alvarez López, versando el recurso sobre inactividad de las administraciones ante denuncia de obras en un hórreo sito en Eiros (Tineo), ha recaído sentencia número 534, de 24 de junio de 2003, la cual ha adquirido firmeza, habiendo por ello de observarse, en orden a su ejecución, los trámites previstos en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias; en consecuencia,

RESUELVO

Primero.— Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

“En atención a todo lo expuesto, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ha decidido: Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto en nombre de don Segundo Alonso Ramos, contra la inactividad de la administración a que el mismo se concreta. Sin hacer especial pronunciamiento sobre costas”.

Segundo.— Ordenar la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 8 de octubre de 2003.—La Consejera de Cultura, Comunicación Social y Turismo.—16.685.