OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDAD
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad, por la que se resuelve la convocatoria pública de subvenciones para el desarrollo de actuaciones de promoción de la I+D+i en el Principado de Asturias en el año 2023.
Examinado el correspondiente expediente, tramitado por la Dirección General de Innovación, Investigación y Transformación Digital de la convocatoria pública de subvenciones para el desarrollo de actuaciones de promoción de la I+D+i en el Principado de Asturias en el año 2023, resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.—Por Resolución de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad de 20 de mayo de 2021 se aprobaron las bases reguladoras de las convocatorias públicas de subvenciones para el desarrollo de actuaciones de promoción de la I+D+i en el Principado de Asturias (BOPA de 7 de junio).
Segundo.—Por Resolución de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad de 15 de febrero de 2023 (extracto BOPA de 27 de febrero), se aprobó la convocatoria de dichas ayudas para la anualidad 2023 en régimen de concurrencia competitiva y se autorizó un gasto por un importe global de 400.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 19.03.541A.479.001.
Tercero.—A la vista de las solicitudes presentadas, la Comisión de Valoración, constituida de conformidad con lo establecido en el apartado 12.4 de las bases reguladoras, en las sesiones celebradas los días 25 de abril y 17 de mayo de 2023 procedió al examen y valoración de todas ellas emitiendo los informes técnicos y económicos correspondientes.
Seguidamente la Comisión dio traslado de la valoración a la Dirección General de Innovación, Investigación y Transformación Digital, la cual formuló propuesta provisional de adjudicación de ayudas y la notificó a las entidades solicitantes propuestas como beneficiarias, para su aceptación expresa o presentación de alegaciones.
Cuarto.—Todas las entidades propuestas como beneficiarias de ayuda han aceptado el presupuesto de adjudicación provisional remitido excepto Ontier España, S. L. (AYUD/2023/8936). Asimismo, tal y como exige el artículo 14.1.e) de la Ley 38/2003, se ha acreditado que las referidas entidades están al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Quinto.—Conforme a lo dispuesto en la Resolución de 16 de mayo de 2005, de la Consejería de Economía y Administración Pública, por la que se aprueban las normas sobre los procedimientos de gestión, tramitación y régimen de contabilidad en la ejecución del presupuesto de gastos, la Intervención Delegada, con fecha 12 de junio de 2023, ha emitido el correspondiente informe de fiscalización favorable.
Fundamentos de derecho
Primero.—El Consejero de Ciencia, Innovación y Universidad es competente para la resolución del presente expediente al amparo de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, el artículo 3 Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se establece el régimen general de concesión de subvenciones en el ámbito del Principado de Asturias, el Decreto 13/2019, de 24 de julio, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y el Decreto 87/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad.
Segundo.—El régimen de concesión de subvenciones del Principado de Asturias se regula en el capítulo VI del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias, aprobado por Decreto 2/1998, de 25 de junio y el Decreto 71/92, de 29 de octubre (modificado por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero).
Tercero.—Son de aplicación los artículos declarados básicos por la Disposición adicional segunda de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre, y la Disposición final primera del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Cuarto.—Al amparo de lo establecido en los artículos 8 y 41.1 del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias, aprobado por Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, corresponde al Consejero de Ciencia, Innovación y Universidad la disposición del presente gasto.
Haciendo uso de las competencias que me han sido atribuidas por la normativa citada y demás de disposiciones de general aplicación, por la presente,
RESUELVO
Primero.—Conceder las subvenciones para el desarrollo de actuaciones de promoción de la I+D+i en el Principado de Asturias en el año 2023 a las entidades que se relacionan en el anexo I y por los importes señalados.
Desestimar las solicitudes que se relacionan en el anexo II por los motivos que en el mismo se especifican.
Segundo.—Disponer un gasto por importe de cuatrocientos mil euros (400.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 19.03.541A.479.001, a las entidades y por los importes que se relacionan en el anexo I.
Tercero.—Ordenar la publicación de la resolución de concesión de las ayudas en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Cuarto.—La resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
En Oviedo, a 12 de junio de 2023.—El Consejero de Ciencia, Innovación y Universidad, Borja Sánchez García.—Cód. 2023-05305.
Anexo I
SOLICITUDES DE AYUDAS CONCEDIDAS
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Anexo II
SOLICITUDES DE AYUDA DESESTIMADAS
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