AYUNTAMIENTOS
DE SAN MARTÍN DEL REY AURELIO
Anuncio. Extracto de la convocatoria para ayudas a la garantía energética para colectivos específicos en situación o riesgo de exclusión social.
BDNS (Identif.): 790129.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/790129).
Primero.—Beneficiarios.
1. Las personas físicas que sean titulares de un contrato de suministro energético (electricidad y/o gas) en vigor a la fecha de presentación de la solicitud o justifiquen el uso y/o consumo de las otras energías anteriormente mencionadas, y que cumplan los requisitos fijados en la presente convocatoria.
2. Las personas arrendatarias, que no siendo titulares de un contrato de suministro energético (electricidad y/o gas), están obligadas al pago de dichos gastos según clausulado del contrato de arrendamiento en vigor a fecha de apertura plazo solicitud y/o bien aporten declaración jurada de la parte arrendadora donde se recoja el abono de dichos suministros y la presentación de los recibos originales.
3. Las personas incluidas en los dos apartados anteriores que no tienen un contrato de suministro energético (electricidad y/o gas) en vigor y tienen cortado el suministro por impago de facturas.
Con respecto a las ayudas a la garantía energética se exceptúan:
a) Los inmuebles que no tengan cédula de habitabilidad como vivienda (locales comerciales, bajos, negocios, trasteros, etc.), así como los locales usados como vivienda.
b) Los individuos/familias que habiendo sido propuestos para ser destinatarios de intervención por cualquiera de los Programas desarrollados en estos SS.SS (PPIS, EITAF) hayan rechazados los mismos o no colaboren.
Segundo.—Objeto y Finalidad.
La presente convocatoria tiene por objeto regular las subvenciones destinadas al programa “Ayudas de garantía energética para colectivos específicos en situación o riesgo de exclusión social año 2024”.
La finalidad de esta convocatoria es el de facilitar el pago de los suministros básicos de una vivienda (electricidad, gas y otras energías, carbón, leña, gasóleo y alta de suministros energéticos tras corte de energía) a aquellos colectivos con especiales dificultades (familias monoparentales, mujeres víctimas de violencia de género, personas desempleadas, pensionistas y personas con bajos ingresos, etc.) para poder hacer frente al pago de los mismos y con ello dar respuesta inmediata a una situación de riesgo de exclusión social.
Tercero.—Bases reguladoras.
Bases reguladoras para la concesión de subvenciones relativas al programa “Ayudas a la garantía energética para colectivos específicos en situación o riesgo de exclusión social” del Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio (BOPA número 171, de 2-IX-2024).
Cuarto.—Cuantía.
La cuantía total es de 91.294,67 euros.
Quinto.—Lugar y plazo de presentación de solicitudes.
La solicitud cumplimentada en todos sus apartados según modelo que se establece en el anexo I de las bases y debidamente firmada por todas las personas mayores de 16 años que figuren empadronadas en la vivienda, se formalizarán acompañadas de la documentación exigida, y se presentarán en la Unidad de Trabajo Social correspondiente a la localidad de residencia, o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 octubre, de Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas (art. 16.4 LPAC).
La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa y formal por parte del solicitante de las bases y convocatoria.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Sexto.—Otros datos.
Tabla para el cálculo de los ingresos de la unidad familiar:
Tabla I. Límite ingresos unidad de convivencia |
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N.º miembros | Índice IPREM 14 pagas ponderado | Máximo ingresos netos mensuales |
1 | 1,3 | 910,00 € |
2 | 1,4 | 980,00 € |
3 | 1,5 | 1.050,00 € |
4 | 1,6 | 1.120,00 € |
5 | 1,7 | 1.190,00 € |
6 o más | 1,8 | 1.260,00 € |
Documentos a presentar:
Solicitud firmada por el solicitante en el modelo normalizado que será facilitado por el centro de servicios sociales, acompañada de los documentos siguientes:
Nacionalidad y residencia.
a) DNI del solicitante y de todos los empadronados en la vivienda, así como del libro de familia o actas de nacimiento para los menores de 16 años que no tengan DNI.
b) En caso de ser extranjero, pasaporte y/o permiso de residencia del solicitante y de los miembros que habiten en la vivienda. Autorización residencia/permanencia, y de los miembros que habiten en la vivienda.
c) Certificado de estancia emitido por casa de acogida de mujeres maltratadas, centros terapéuticos o penitenciarios, centro de menores. Certificado de convivencia de todos los miembros que forman la unidad familiar (se solicitará de oficio).
4. Ingresos económicos. Documentación a aportar del solicitante y de todas las personas empadronadas en la vivienda:
a. Certificado del INSS en caso de percibir algún tipo de pensión o beneficiarios de ingreso mínimo vital, en su caso negativa de no percibirla, e Informe de Vida Laboral en todo caso.
b. Movimientos bancarios de todas las personas empadronadas de los 3 meses anteriores al mes de apertura de plazo solicitud.
c. IRPF-declaración de hacienda o en su caso, negativa.
d. Trabajadores por cuenta propia. Justificante de las declaraciones a cuenta del IRPF correspondiente al último trimestre.
e. Trabajadores por cuenta ajena. Justificante de los ingresos líquidos percibidos en los 3 meses anteriores al mes de apertura de plazo solicitud, incluidas pagas extras y liquidaciones por fin de contrato, si procede.
f. En caso de separación o divorcio. Sentencia de separación o divorcio y convenio regulador. Extracto de la cuenta bancaria o nóminas, de los últimos 3 meses anteriores a la fecha de apertura plazo solicitud, en donde figuren los ingresos percibidos o abonados en concepto de pensión alimenticia y pensión compensatoria. En caso de no percibirla, justificante de haber iniciado trámites de demanda al respecto o copia de la solicitud de ejecución de sentencia presentada ante el juzgado.
g. Desempleados. Certificación positiva o negativa del Servicio Público de Empleo de las prestaciones percibidas durante los 3 meses anteriores al mes de apertura plazo solicitud.
h. Beneficiarios de salario social/ingreso mínimo vital, extracto bancario que acredite la percepción de las tres últimas nóminas de la prestación.
5. Facturas y justificantes de pago, o presupuesto de reenganche (preferiblemente originales) de las empresas suministradoras sobre las que se solicita la ayuda. Las copias deben estar sin tachaduras ni enmiendas.
6. En caso de ser arrendatario o tener un contrato de arrendamiento de habitación y los suministros no estén a nombre de la persona solicitante debe presentarse:
a. Contrato de arrendamiento en vigor de la vivienda. La copia debe estar sin tachaduras ni enmiendas.
b. Declaración jurada de la parte arrendadora en la que se indique claramente que los suministros energéticos y de agua están a su nombre y el obligado al pago de los mismos la parte arrendataria.
7. Contrato de alquiler o hipoteca y tres últimos recibos de abono anteriores al mes de apertura de plazo de la solicitud. En su caso, justificante de ingresos derivados de alquiler de inmueble.
8. Ficha de acreedor debidamente cumplimentada a nombre del solicitante y titular de los recibos presentados.
9. Declaración responsable sobre: situación socio-económica y cumplimiento de requisitos (conforme modelo anexo II).
10. En caso de otros ingresos de particulares siempre que tengan carácter periódico, y/o la venta de bienes inmuebles, en el año anterior al mes de apertura de plazo de las solicitudes: Justificante de los mismos.
11. En caso de poseer bienes muebles o inmuebles, distintos a la vivienda habitual, sobre los que se posea un derecho de propiedad, posesión, usufructo o cualquier otro: Documentación sobre valor.
12. En caso Justificante de haber percibido otras subvenciones, ayuda económica estatal/autonómica/municipal en concepto de ayuda de suministro energético: Justificante e importe de las mismas.
13. Resolución grado dependencia y/o discapacidad (en su caso).
14. Auto judicial de orden de protección a justificante de estancia en casa de acogida (en su caso).
En San Martín del Rey Aurelio, a 4 de octubre de 2024.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2024-08855.