AUTORIDADES Y PERSONAL
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 2 de julio de 2024, de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, por la que se convoca para su provisión, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo de Director/a de la Oficina de Proyectos Europeos en la Dirección General de Asuntos Europeos.
Analizada la documentación que obra en el expediente de referencia, tramitado al amparo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
Único.—Vacante el puesto de trabajo de Director/a de la Oficina de Proyectos Europeos en la Dirección General de Asuntos Europeos (CG 18392), y siendo necesario proceder a su inmediata provisión, dado el volumen e importancia de los proyectos cuya competencia le resulta atribuida.
Fundamentos de derecho
Único.—De conformidad con lo previsto en el artículo 16.d) de la Ley 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público y en los artículos 3 y 21 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, Promoción Profesional y Promoción Interna de los funcionarios de la Administración del Principado de Asturias.
En atención a lo anteriormente expuesto,
RESUELVO
Primero.—Convocar el procedimiento de libre designación para la provisión del puesto de trabajo de Director/a de la Oficina de Proyectos Europeos en la Dirección General de Asuntos Europeos (CG 18392), cuya configuración y funciones se describen en el anexo de la presente Resolución, de acuerdo con lo previsto en la vigente relación de puestos de trabajo.
Segundo.—Aprobar las siguientes reglas que han de regir la convocatoria, complementarias de lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público y en el Decreto 22/1993, de 29 de abril, anteriormente mencionados:
1. Solicitudes.
Podrán formular solicitudes quienes se hallen vinculados a la Administración del Principado de Asturias por una relación de empleo funcionarial de carácter permanente y pertenezcan al Subgrupo A1.
2. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de la instancia junto con los documentos, en original o copia auténtica, que la deban acompañar será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) y se efectuará en la oficina de asistencia en materia de registros de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, sito en la planta baja del edificio ubicado en la C/Hermanos Menéndez Pidal, 7-9, Oviedo o en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según modelo que se adjunta como anexo II. En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de correos antes de ser certificada.
3. Acreditación del cumplimiento de los requisitos y los criterios de idoneidad exigidos.
a. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos y los criterios de idoneidad exigidos será la de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y deberán mantenerse hasta la resolución del procedimiento de provisión. Los datos declarados en la instancia así como los referidos a la pertenencia a un cuerpo o escala y demás requisitos de acceso al puesto convocado, serán objeto de comprobación con carácter previo a que se eleve la propuesta de nombramiento al titular del órgano competente para resolver.
b. La experiencia y los méritos alegados deberán ser justificados documentalmente para su toma en consideración.
c. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados precedentes, el órgano competente se reserva la facultad de solicitar cuanta documentación y aclaraciones estime necesarias, incluida la celebración de entrevistas personales con los aspirantes, para constatar la certidumbre de los méritos alegados en el historial académico y profesional.
4. Requisitos de participación y criterios de idoneidad.
Para la adjudicación del puesto se valorarán las experiencias, conocimientos profesionales, competencias y habilidades adecuadas a las funciones que corresponden al puesto de trabajo, de acuerdo con lo establecido en el anexo I.
5. Resolución y publicación.
a. Es competente para resolver el procedimiento de libre designación el Consejero de Hacienda y Fondos Europeos, según el artículo 16 d) de la Ley del Principado de Asturias 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público. La resolución que ponga fin al procedimiento se publicará en el BOPA.
b. El plazo máximo para la terminación del procedimiento será de dos meses.
c. La publicación servirá de notificación a los interesados, y, a partir de la misma, empezarán a contarse los plazos establecidos para que los órganos afectados realicen las actuaciones administrativas procedentes.
d. La publicación en el BOPA conllevará el cese automático en el anterior puesto de trabajo.
6. Toma de posesión.
a. El plazo para la toma de posesión en el nuevo puesto será de tres días hábiles si radica en la misma localidad donde anteriormente se hallaba destinado el funcionario/a o si reingresa al servicio activo, y de siete días hábiles si radica en localidad distinta. No se considerará que hay cambio de localidad cuando el puesto adjudicado se encuentre en la misma localidad que el puesto que viniese ocupando en comisión de servicios o en adscripción provisional a puesto reservado. Si el último día hábil coincidiera en sábado (o domingo) el plazo se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. A todos los efectos el plazo posesorio se considerará como de servicio activo en el nuevo puesto salvo en el caso de los reingresos.
b. Los plazos de cese y toma de posesión podrán ampliarse en la forma y con los efectos previstos en el artículo 18 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, Promoción Profesional y Promoción Interna de los funcionarios de la Administración del Principado de Asturias, aprobado por Decreto 22/1993, de 29 de abril.
Tercero.—En lo no previsto por la presente convocatoria se estará a lo dispuesto en la Ley2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público, en el Decreto 22/1993, de 29 de abril, y demás normas de aplicación.
Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en los términos que prevé el artículo 8.2.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno
Oviedo, a 2 de julio de 2024.—El Consejero de Hacienda y Fondos Europeos, Guillermo Peláez Álvarez.—Cód. 2024-06014.
Anexo I
Denominación del puesto: Director/a de la Oficina de Proyectos Europeos (CG 18392).
— Dotación: 1.
— Clase de complemento de destino: 30.
— Clase de complemento específico: C.
— Tipo de Puesto: Singularizado.
— Forma de Provisión: Libre Designación.
— Sector: 2.
— Subsector: 8.
— Concejo: Oviedo.
Requisitos de participación:
— Adscripción a Administraciones Públicas: AP (Administración del Principado de Asturias).
— Grupo: A1.
— Cuerpo: G001.
— Formación Específica: 7035.
Funciones:
— Planificar, controlar, dirigir y coordinar la actividad, en el ámbito funcional descrito en los artículos 2, y 3.2. del Decreto 78/2020, de 29 de octubre, de regulación de la Oficina de Proyectos Europeos y del Comité Asesor de Fondos Europeos.
Criterios de idoneidad con arreglo a los cuales se realizará la valoración:
1. Experiencia profesional.
1.1. Análisis económico y estadístico.
Se valorará la experiencia en la elaboración de estudios e informes de análisis económicos, proyecciones, estadística, análisis y evaluación de orientaciones económicas, coordinación de actividades de planificación y programación económica.
1.2. Experiencia y/o conocimientos en Asuntos Europeos.
Se incluirá en este apartado la experiencia vinculada al asesoramiento, gestión y coordinación en materia de Asuntos Europeos. Particularmente, se valora la experiencia en la gestión de procedimientos, coordinación y seguimiento de proyectos financiados por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia así como conocimiento sobre normativa vinculada.
1.3. Gestión y análisis de proyectos.
Se valorará en este apartado la experiencia en el análisis, gestión y coordinación de proyectos. De este criterio de infiere una competencia en el candidato para hacer análisis transversales y comprehensivos de los proyectos así como para identificar fuentes de financiación y sinergias entre iniciativas.
2. Formación y conocimientos.
2.1. Inglés.
Se requiere competencia profesional en lengua inglesa.
La concurrencia de los criterios de idoneidad enumerados podrá acreditarse por cualquier medio de prueba admitido en derecho.
Anexo II
APELLIDOS Y NOMBRE:
DNI:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO DE CONTACTO:
EMAIL:
PLAZA TITULAR:
DESTINO ACTUAL:
Solicita
Su admisión en la convocatoria del puesto de Director/a de la Oficina de Fondos Europeos (CG 18392) de la Dirección General de Asuntos Europeos de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, a cuyo efecto acompaña la siguiente documentación:
— Currículum personal.
— Otros:
En Oviedo, a_____de____________de______
Fdo.:_____________________
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS