AUTORIDADES Y PERSONAL
CONSEJERÍA DE SALUD
SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)
Resolución de 2 de abril de 2024, de la Gerencia del Área Sanitaria VII del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se resuelve el proceso selectivo para la cobertura de un puesto de Coordinador/a de Enfermería del EAP de Figaredo del Área Sanitaria VII.
Por Resolución de 6 de junio de 2023, de la Gerencia del Área Sanitaria VII, del Servicio de Salud del Principado de Asturias, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias el 16 de junio de 2023, al amparo de lo previsto en el Decreto 87/2014, de 8 de octubre, por el que se regulan los sistemas de provisión de puestos de trabajo singularizados y mandos intermedios en el ámbito del Servicio de Salud del Principado de Asturias, modificado por el Decreto 49/2019, de 21 de junio, se convocó proceso selectivo para la cobertura de un puesto de Coordinador/a de Enfermería del EAP de Figaredo del Área Sanitaria VII.
Finalizadas las dos fases de que constaba el citado proceso selectivo, a la vista de la propuesta realizada por la Comisión de Valoración, de conformidad con lo previsto en los artículos noveno y décimo del mencionado Decreto 87/2014, de 8 de octubre, y en las bases octava a décima de la convocatoria, y en virtud de la competencia establecida por delegación del Director Gerente del SESPA (BOPA de 9-12-2014), esta Gerencia,
Resuelve
Primero.—Adjudicar el puesto de Coordinador/a de Enfermería del EAP de Figaredo del Área Sanitaria VII, a D.ª Ana Cao Fernández.
Segundo.—La candidata designada deberá tomar posesión del puesto el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, conforme al Decreto 49/2019, de primera modificación del Decreto 87/2014, de 8 de octubre, por el que se regulan los sistemas de provisión de puestos de trabajo singularizados y mandos intermedios en el ámbito del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
Tercero.—La recién nombrada para el puesto deberá superar la evaluación que se llevará a cabo al final de cada período de cinco años de desempeño efectivo del puesto, pudiendo acordarse su continuidad, por períodos similares, siempre que la interesada supere las evaluaciones realizadas conforme al procedimiento establecido en los artículos 11 y 12 del citado Decreto 87/2014, de 8 de octubre, y de lo establecido en el artículo 13 del precitado Decreto.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Salud, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la utilización de cualquier otro recurso que se estime procedente.
En Mieres a 2 de abril de 2024.—El Gerente del Área Sanitaria VII, por delegación del Director Gerente del SESPA; BOPA de 9-12-2014.—Cód. 2024-02929.