AYUNTAMIENTOS
DE AVILÉS
Anuncio. Extracto de la convocatoria de subvenciones de cooperación al desarrollo, año 2024.
BDNS (Identif.): 752389.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/752389).
Primero.—Beneficiarios:
Podrán solicitar estas ayudas las organizaciones no gubernamentales constituidas conforme a la normativa vigente e inscritas formalmente en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales para la Cooperación al Desarrollo del Principado de Asturias, sin ánimo de lucro, y que entre sus fines institucionales expresos, tengan la realización de actividades relacionadas con la cooperación al desarrollo, la ayuda humanitaria y el fomento de la solidaridad entre los pueblos.
Segundo.—Objeto y finalidad:
La finalidad de la presente convocatoria es subvencionar, mediante procedimiento de concurrencia competitiva, aquellos proyectos que colaboran en el desarrollo de los países más desfavorecidos mediante la solidaridad de la cooperación descentralizada, fomentando la defensa y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales y que contribuyan, en la medida de lo posible, a la eliminación de las desigualdades y la erradicación de la pobreza en el mundo.
Tercero.—Bases reguladoras:
Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Avilés (BOPA 4 de junio de 2019).
Cuarto.—Cuantía:
El importe total de la convocatoria de subvenciones asciende a la cantidad de 200.000,00 euros.
La determinación de la cuantía individualizada de cada subvención resultará de la aplicación de los criterios señalados en la convocatoria, atendiendo a los límites presupuestarios que se establecen en la misma, siendo el importe máximo subvencionable por proyecto de 20.000,00 euros.
Quinto.—Plazo y lugar de presentación de solicitudes:
Las solicitudes, junto con la documentación exigida, deberán presentarse en el registro electrónico del Ayuntamiento de Avilés (https://sedeelectronica.aviles.es/) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Avilés, a 21 de marzo de 2024.—El Concejal delegado de Servicios Sociales y Cooperación.—Cód. 2024-02927.