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Boletín Nº 248 del viernes 29 de diciembre de 2023

AUTORIDADES Y PERSONAL

UNIVERSIDAD DE OVIEDO

Acuerdo de 1 de diciembre de 2023, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2023 de la Universidad de Oviedo en los términos autorizados por la Consejería de Ciencia, Empresa, Formación y Empleo del Principado de Asturias.

I.—La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 24 de diciembre de 2022, recoge en el artículo 20 la regulación de la Oferta de Empleo Público en los siguientes términos:

“Uno. 1. La incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno.e) del artículo anterior, se llevará a cabo a través de la Oferta de Empleo Público, como plasmación del ejercicio de la planificación en un marco plurianual.

Uno. 3. La configuración concreta de la Oferta de Empleo Público se llevará a cabo a través de la tasa de reposición de efectivos, instrumento con el que se concreta la planificación y se le otorga dimensión en términos de efectivos con respecto de la plantilla actual, así como a través del resto de medidas contenidas en este artículo.

Dos. 1. La Oferta de Empleo Público se articulará a través de las siguientes tasas de reposición de efectivos:

a) En los sectores prioritarios la tasa será del 120 por cien y en los demás sectores del 110 por cien.

Dos. 3. Se consideran sectores prioritarios a efectos de la tasa de reposición:

A) Administraciones Públicas con competencias educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes.

I) Plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, de profesores contratados doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y a las plazas de personal de administración y servicios de las Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias”.

Y prosigue señalando que:

“(…) Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los profesores contratados doctores previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación, en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad deberá aportar un certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los programas ofertados reúnen los requisitos establecidos en este apartado”.

II.—El Gerente de la Universidad de Oviedo remite a la Dirección General de Costes de Personal, según lo previsto en el apartado Siete del artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, certificación, con el número de bajas y altas tenidas en cuenta en el cálculo de la tasa de reposición, incluidas las producidas por concursos de traslado como consecuencia de los procedimientos de movilidad voluntaria entre distintas Administraciones Públicas en el año inmediato anterior, resultando para el personal docente e investigador (PDI) un total de 75 y para el personal técnico, de gestión, de administración y servicios (PTGAS) un total de 33.

De ello se deriva que:

— la tasa de reposición correspondiente al PDI de esa Universidad (Oviedo) para 2023 sería hasta un máximo de 90 plazas (120% de 75), de las que 14 plazas se deben destinar a la incorporación de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del Programa Ramón y Cajal;

— la tasa de reposición correspondiente al personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS) de esa Universidad (Oviedo) para 2023 sería hasta un máximo de 40 plazas.

III.—El Convenio de colaboración entre la Administración del Principado de Asturias, a través de la Consejería de Ciencia, Empresa, Formación y Empleo del Principado, y la Universidad de Oviedo establece que entre las obligaciones de la Universidad de Oviedo está el “someter a la previa autorización de la Administración del Principado de Asturias la aprobación de la oferta de empleo público de la Universidad de Oviedo, así como la convocatoria individualizada de plazas tanto de PDI como de PAS”.

IV.—La tramitación requiere la previa solicitud de petición de autorización por la Universidad de Oviedo ante la Consejería de Ciencia, Empresa, Formación y Empleo del Principado, para que se puedan evacuar los correspondientes Informes, tanto de la Dirección General de Presupuestos, como de la Dirección General de la Función Pública, y de la Dirección General competente en materia de Servicios Sociales.

V.—La propuesta que se somete a la consideración de la Consejería de Ciencia, Empresa, Formación y Empleo se realiza en base a las previsiones legales citadas, así como a las incluidas en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, de acuerdo con los datos que obran en los servicios universitarios, tras el proceso de negociación con la parte social de la Universidad de Oviedo en la Mesa Sectorial del Personal Docente e Investigador y en la Mesa Conjunta del Personal de Administración y Servicios.

VI.—Asimismo, de conformidad con el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la propuesta de oferta de empleo público contiene la reserva de un cupo no inferior al siete por ciento sobre el total de las plazas para ser cubiertas entre personas con discapacidad. La asignación de las plazas concretas se realiza atendiendo a las previsiones de los artículos 5, 6 y 11 del Decreto 6/2012, de 16 de febrero, por el que se regula el acceso a la función pública de la Administración del Principado de Asturias y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

Las personas con discapacidad que superen el proceso selectivo deberán contar con el oportuno informe de compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones correspondientes a la actividad del puesto de trabajo. En cualquier caso, la compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en el mismo.

VII.—Una vez evacuados los citados Informes, y en base a sus consideraciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, el Consejero de Ciencia, Empresa, Formación y Empleo dictó Resolución por la que se autoriza la oferta de Empleo Público de la Universidad de Oviedo para el año 2023 en el sentido siguiente:

Primero.—Autorizar la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2023, en los siguientes términos:

Personal docente e investigador

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Personal técnico, de gestión y de administración y servicios funcionario

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Personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral

Turno libre: Se autorizan 13 plazas de personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral sujeto al Convenio Colectivo vigente.

Estas plazas se distribuirán entre las vacantes existentes en función de las resultantes del orden de prelación de convocatorias previsto en el artículo 14 de la Resolución de 4 de febrero de 2013, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se ordena la inscripción del Primer Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Universidad de Oviedo en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo dependiente de la Dirección General de Trabajo. De acuerdo con lo establecido en el mismo, el número de plazas que resulten convocadas pueden suponer como máximo: 13 plazas por concurso oposición restringido y 13 plazas por concurso oposición libre, de las que se reservarán 2 para personas con discapacidad (1 general y 1 intelectual).

En virtud de lo expuesto anteriormente, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo adopta el siguiente,

ACUERDO

Primero.—Aprobar la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2023 de la Universidad de Oviedo en los términos autorizados por el Consejero de Ciencia, Empresa, Formación y Empleo del Principado de Asturias.

Segundo.—El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

El presente Acuerdo ha sido aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, en sesión de fecha 1 de diciembre de 2023, lo que hago constar como Gerente de la Universidad de Oviedo.

En Oviedo, a 27 de diciembre de 2023.—El Gerente.—Cód. 2023-11728.