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Boletín Nº 154 del jueves 10 de agosto de 2023

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y COHESIÓN TERRITORIAL (XI LEGISLATURA)

Extracto de la Resolución de 28 de julio de 2023, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, que aprueba convocatoria plurianual 2023 de subvenciones a las entidades asociativas agrarias para la mejora de explotaciones agrícolas en el ámbito del Principado de Asturias.

BDNS (Identif.): 711177.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/711177).

Primero.—Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias las entidades asociativas agrarias (Cooperativas agrarias y Sociedades Agrarias de Transformación), legalmente constituidas, radicadas y con domicilio fiscal en el Principado de Asturias que ejerzan una actividad económica, sobre las que recaiga la carga financiera de las actuaciones o inversiones subvencionables.

Segundo.—Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a las entidades asociativas agrarias para la mejora de las explotaciones agrícolas en el ámbito territorial del Principado de Asturias, incluidas en la submedida 4.1.1. del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022 cofinanciado por el FEADER:

1. Adquisición de maquinaria y equipamiento incluyendo equipos informáticos, programas informáticos y licencias para el uso de programas informáticos. En este caso, el equipamiento y los programas informáticos deberán estar destinados al uso común en la gestión entre la entidad asociativa agraria y sus explotaciones agrarias asociadas y se limitará al 20% de la inversión subvencionable total. Todos los bienes de inversión serán subvencionados a precios de mercado.

En el caso de solicitar subvención para inversiones realizadas por las entidades asociativas agrarias para el uso privativo de sus socios en sus explotaciones agrarias, deberá presentar una relación detallada del destino de las inversiones por las que solicita subvención, en la que deberá incluir: Explotación agraria a la que va a ir dirigida la inversión; en el caso de que sea una sustitución de equipos existentes deberá proceder a su justificación en la forma que exige la letra g) del apartado 3.3 de la Base reguladora sexta.

2. Costes generales vinculados al apartado anterior, como honorarios de profesionales, proyectos y estudios de viabilidad, con un límite del 12% de la inversión subvencionable total.

Tercero.—Bases reguladoras.

Texto consolidado de las bases reguladoras que regirán la concesión de subvenciones a las entidades asociativas agrarias para la mejora de explotaciones agrícolas (BOPA n.º 55 de 20 de marzo de 2019).

Cuarto.—Importe:

Cuantía total: 322.627,49 euros, distribuidos de la siguiente manera:

— Año 2023: 272.627,49 euros.

— Año 2024: 50.000,00 euros.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes, 15 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Sexto.—Otros datos.

En la sede electrónica del Principado de Asturias https://sede.asturias.es está publicada la ficha de Información pública de la subvención que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0099T01 en el buscador de cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará información complementaria de la subvención, los modelos normalizados de la solicitud de subvención y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.

Oviedo, a 28 de julio de 2023.—El Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial.—Cód. 2023-07241.