OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO Y PROMOCIÓN ECONÓMICA
Resolución de 26 de junio de 2023, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se modifica la Resolución de 20 de septiembre de 2019, por la que se procede a la apertura del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de subvenciones correspondientes al Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial en el Principado de Asturias.
Antecedentes de hecho
Primero.—El Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial (BOE 13/04/2019) fija las bases reguladoras que han de regir la concesión de ayudas para realizar actuaciones en pyme y gran empresa del sector industrial que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética.
En desarrollo del citado R. D. 263/2019, de 12 de abril, mediante Resolución de esta Consejería de 20 de septiembre de 2019, se procede a la apertura del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de subvenciones correspondientes al Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial en el Principado de Asturias. Extracto publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) el 27 de septiembre de 2019.
Segundo.—El Real Decreto 1186/2020, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial, modifica el apartado 1 del artículo 12.
En consecuencia por Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, se modificó el resuelvo primero de la citada Resolución de 20 de septiembre, para adaptarla a la modificación operada en el R. D. 263/2019, de 12 de abril.
Tercero.—Posteriormente el Real Decreto 440/2021, de 22 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial, modifica el apartado 1 del artículo 12 y el anexo I del citado R. D. 263/2019, de 12 de abril, para eliminar las específicas referencias que se realizan a determinadas comunidades autónomas y adaptarlo a las modificaciones de los mapas de ayudas regionales de España que resulten aprobados por la Comisión Europea.
En consecuencia por Resolución de 29 de junio de 2021, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, se modificó el resuelvo primero y octavo de la citada Resolución de 20 de septiembre, para adaptarla a la modificación operada en el R. D. 263/2019, de 12 de abril.
Cuarto.—En el reciente Real Decreto 406/2023, de 29 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo; el Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial por el que se modifica el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial (BOE 31/05/2023) se modifica el apartado 1 del artículo 12, que queda redactado como sigue:
“Este programa de ayudas estará en vigor desde el día siguiente al de la publicación de este real decreto en el Boletín Oficial del Estado. Las solicitudes de ayuda podrán cursarse a partir del momento en que las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla lo indiquen en las respectivas convocatorias, en la forma que en ellas se establezca, hasta: la conclusión de su vigencia prevista hasta el 30 de junio de 2024, lo cual sucederá cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que, conforme a las solicitudes recibidas, se agote el presupuesto disponible.
b) Que se llegue al 30 de junio de 2024 sin haberse cursado solicitudes suficientes para agotar el presupuesto disponible.”
Fundamentos de derecho
Primero.—El Consejero de Industria, Empleo y Promoción Económica es el órgano competente de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se establece el régimen general de concesión de subvenciones en el ámbito del Principado de Asturias, el Decreto 13/2019 de 24 de julio del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, modificado por Decreto 26/2019, de 24 de agosto, del Presidente del Principado de Asturias y el Decreto 81/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica.
Segundo.—Esta materia se encuentra regulada en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la referida Ley, el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, de régimen general de concesión de subvenciones en el Principado de Asturias y el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial que establece las bases reguladoras para concesión de las ayudas que nos ocupan.
Tercero.—El artículo tercero del Real Decreto 406/2023, de 29 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo; el Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial por el que se modifica el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial (BOE 31/05/2023), modifica el apartado 1 del artículo 12.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho de aplicación, por la presente,
RESUELVO
Primero.—Modificar el resuelvo primero de la Resolución de 20 de septiembre de 2019 de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se procede a la apertura del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de subvenciones correspondientes al Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial en el Principado de Asturias, BOPA del 27/09/2019 (modificada por Resolución de 30 de diciembre de 2020 — BOPA de 19/01/2021, y por Resolución de junio de 2021 — BOPA de 06/07/2021), con el fin de adaptarla a la modificación operada en el R. D. 406/2023, de 29 de mayo, que quedan redactados de la siguiente manera:
“Primero.—Aprobar la apertura de plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria para la concesión de subvenciones correspondientes al Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial en el Principado de Asturias, el cual comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de la presente Resolución en el BOPA y finalizará cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que, conforme a las solicitudes recibidas, se agote el presupuesto disponible.
b) Que se llegue a 30 de junio de 2024”.
Segundo.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOPA.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de su extracto en el BOPA, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la referida publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Oviedo, a 26 de junio de 2023.—El Consejero de Industria, Empleo y Promoción Económica en funciones.—Cód. 2023-05727.