OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Extracto de la Resolución de 8 de junio de 2023, de la Consejería de Educación, por la que se convocan subvenciones a las entidades locales del Principado de Asturias titulares de escuelas de música y/o danza en el año 2023.
BDNS (Identif.): 704359.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/704359).
Primero.—Beneficiarios.
Podrán participar en esta convocatoria los ayuntamientos y mancomunidades del Principado de Asturias que sean titulares de escuelas de música y/o danza y escuelas de música tradicional asturiana (enseñanzas no regladas), siempre que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.
Segundo.—Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con destino a ayuntamientos y mancomunidades del Principado de Asturias que sean titulares de escuelas de música y/o danza y escuelas de música tradicional asturiana (enseñanzas no regladas), con la finalidad de mejorar el acceso de la ciudadanía asturiana a la formación musical, incrementando la igualdad de oportunidades de acceso a dicha formación, independientemente del lugar de residencia.
Tercero.—Bases reguladoras.
Resolución de 24 de julio de 2017, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Consejería de Educación y Cultura a las entidades locales del Principado de Asturias (BOPA de 29 de julio). Dicha resolución ha sido modificada en dos ocasiones: mediante Resolución de 7 de agosto de 2018 (BOPA de 16 de agosto) y mediante Resolución de 5 de octubre de 2018 (BOPA de 11 de octubre). A efectos informativos, mediante Resolución de 19 de noviembre de 2018 se aprobó el texto consolidado de las citadas bases reguladoras (BOPA de 19 de diciembre de 2018).
Cuarto.—Cuantía.
El importe total destinado a esta subvención es de sesenta y ocho mil cuatrocientos euros (68.400,00 euros), que se repartirán entre los ayuntamientos y mancomunidades que lo soliciten, siempre que cumplan los requisitos establecidos y en la cuantía que resulte de la baremación de cada solicitud de acuerdo con los criterios fijados.
El importe máximo de la subvención que puede recibir un ayuntamiento o mancomunidad, será de doce mil euros (12.000,00 euros).
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será del 1 al 30 de septiembre de 2023.
Sexto.—Otros datos.
En la sede electrónica del Principado de Asturias (http://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0197T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.
Oviedo, 8 de junio de 2023.—La Consejera de Educación, Lydia Espina López.—Cód. 2023-05556.