MANCOMUNIDADES
MANCOMUNIDAD COMARCA DE LA SIDRA (MANCOSI)
Anuncio. Nombramiento de Archivera Mancomunada de la Mancomunidad Comarca de la Sidra, tras celebración del proceso selectivo en el marco de la estabilización de empleo temporal, conforme lo establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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Anuncio. Nombramiento Archivera Mancomunada de la Mancomunidad Comarca de la Sidra, tras celebración del proceso selectivo en el marco de la Estabilización de empleo temporal, conforme lo establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Habiendo concluido el procedimiento selectivo para cubrir una plaza de Archivero/a Mancomunado/a de la Mancomunidad Comarca de la Sidra, como personal laboral fijo de esta Entidad, en el marco del proceso de Estabilización de empleo temporal, mediante Resolución de la Presidencia núm. 271/2023 de 15 de mayo de 2023 se acordó nombrar a Dña. Ascensión de la Horra Márquez (DNI ***0059**) para ocupar dicha plaza.
Conforme a lo establecido en la cláusula décima de las Bases Generales y de las Específicas reguladoras de este proceso, se requiere a Dña. Ascensión de la Horra Márquez para firmar el contrato laboral correspondiente dentro del plazo de un mes desde la presente publicación.
Asimismo, en Base a lo establecido en la cláusula undécima de las Bases Generales y de las Específicas de este proceso selectivo en la misma Resolución de la Presidencia citada se procedió a constituir una Bolsa de empleo temporal de Archivero/a mancomunado/a de la Mancomunidad Comarca de la Sidra con los/as aspirantes admitidos/as no propuestos como personal laboral fijo, con el siguiente orden conforme a la puntuación obtenida:
1. González González, José (DNI ***8631**).
2. Monteserín González, Bárbara (DNI ***2815**).
3. Bango Fernández, Silvia María (DNI ***3647**).
4. Llano Caelles, Xilberto (DNI ***4524**).
Régimen de recursos: Contra la Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 e) de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de dicha publicación, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.
En Paraes (Nava), a 16 de mayo de 2023.—El Presidente.—Cód. 2023-04327.