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Boletín Nº 96 del lunes 22 de mayo de 2023

AYUNTAMIENTOS

DE OVIEDO

Edicto. Estudio de Detalle de la parcela 20 del Plan Parcial de Montecerrao. Expte. 1193-220001.

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada 27 de abril de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar inicialmente el Estudio de Detalle de la parcela 20 del Plan Parcial de Montecerrao presentado el 4 de abril de 2023, con las siguientes condiciones:

— La disposición de usos en el volumen ordenado, en particular la ubicación de viviendas en planta baja indicada en el documento, no es contenido del Estudio de Detalle, correspondiendo al momento de la licencia la comprobación del cumplimiento por los proyectos de las condiciones de aplicación a los distintos usos a implantar.

— Los proyectos de las edificaciones habrán de definir, para las plantas bajas porticadas que puedan resultar, los elementos de protección y límite de éstas frente al suelo público colindante, con condiciones estéticas acordes al resto del edificio, como parte integrante del mismo conformando la fachada al espacio urbano.

— En defensa de la imagen urbana, de conformidad con lo establecido en el art. 4.1.76 de las Normas del PG, las fachadas que se sitúan en las alineaciones exteriores al viario, particularmente las del bloque de 6 plantas, deberán proyectarse con un tratamiento y composición acorde a su posición, configurando el espacio urbano.

— Las cotas de los patios de parcela libre de edificación, que son orientativas, no podrán superar, sobre la rasante del viario, la altura máxima de los cerramientos ciegos (1,10 metros) del art. 4.1.95. 4.a) de las Normas Urbanísticas del Plan General, conforme a lo dispuesto en el apartado 4.d) de dicho artículo.

— En el apartado “Normativa Aplicable”: respecto al segundo párrafo de la página 15 del documento, aclarar que los vuelos no pueden ocupar la distancia de separación entre bloques, apartado A del art. 3.3.4 de la normativa del Plan Parcial; el volumen a modo de portalón que, en su caso, se proyecte uniendo ambos bloques, así como la cubierta del espacio intermedio entre bloques, habrán de respetar las condiciones de edificación del Título 4 de las Normas Urbanísticas del Plan General.

— Respecto al Documento Ambiental Estratégico, la referencia contenida en el mismo a vivienda unifamiliar debe entenderse como un tipo de vivienda del proyecto, correspondiendo a vivienda colectiva de acuerdo a la normativa del Plan General.

Segundo.—Previamente a la aprobación definitiva:

— La documentación integrante del Estudio de Detalle deberá adecuarse a las normas técnicas que se establecen en la Instrucción para la Normalización de los instrumentos de Planeamiento y Gestión Urbanística.

— El contenido del Estudio de Detalle referido al Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado se ajustará a los textos legales vigentes (Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, del Principado de Asturias y Reglamento que lo desarrolla aprobado por Decreto 63/2022, de 21 de octubre).

Tercero.—Someter el presente acuerdo a información pública por plazo de un mes mediante edictos que se publicarán en el BOPA, en uno de los diarios de mayor circulación de la Comunidad Autónoma y en la sede electrónica municipal

Cuarto.—Remitir al Registro de Planeamiento y Gestión Urbanística del Principado de Asturias un ejemplar del Estudio de Detalle debidamente diligenciado.

Quinto.—Remitir a la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático la solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica simplificada acompañada del Estudio de Detalle y del documento ambiental estratégico.”

Lo que de conformidad con lo dispuesto en el art. 70 y 92 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias, 134 y 135 de su Reglamento, se somete a información pública por plazo de 1 mes, contado a partir del siguiente a la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, a efectos de presentación de posibles alegaciones o reclamaciones. Durante dicho plazo el expediente estará de manifiesto en la Sección de Medio Ambiente y Planeamiento Urbanístico, calle Peso 2-5.º planta.

Oviedo, a 27 de abril de 2023.—El Concejal de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente, Infraestructuras y Distritos.—Cód. 2023-04119.